4º Juzgado Civil de Valparaíso

BCO CHILE/PIZARRO

Rol

C-139-2023

Fecha

16 de abril de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que mediante presentaci n de folio 1 del cuaderno principal, conó fecha 23 de enero de 2023, comparecen Daniela Rubilar Urrutia, Javier Gomez Leiva, Carolina Calluil Villanueva e Ivan Martinez Araya abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza aí terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a suó ó vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial todos domiciliados para estos efectos en calle Blanco 1199, 4° Piso Of 41, comuna de Valpara so, quienes deducen demanda ejecutiva deí cobro de pagar en contra deé do añ NATALIA PIZARRO SANDOVAL, con domicilio en calle Quinta 710, departamento 203, comuna de Valpara so y/o en Calle Concon 165 Departamento 1412, comuna deí Estaci n Central.ó Que con fecha 6 de abril de 2023, a folio 11 del cuaderno principal, consta notificaci n personal de la demanda y su prove do, y a folio 2 deló í cuaderno de apremio consta que el 06 de abril de 2023 se practic eló requerimiento de pago al demandado. Código: JKMXXMKNJNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que a folio 12, mediante escrito de 18 de abril de 2023, la ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones 7 , 9 y 11 del art culo 464 deló ° ° ° í C digo de Procedimiento Civil.ó Que a folio 25, mediante resoluci n de 16 de noviembre de 2023, seó declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibieron a prueba. Que a folio 5 del cuaderno de acumulaci n, por resoluci n de 18 deó ó enero de 2024, se acumul a los autos la causa C-355-2023, tramitada enó este Tribunal. Que a folio 40, mediante resoluci n de 9 de abril de 2024, se cit aó ó las partes para o r sentencia.í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: De la demanda. Que a folio 1 del cuaderno principal, comparecen Daniela Rubilar Urrutia, Javier Gomez Leiva, Carolina Calluil Villanueva e Iv n Mart nez Araya, abogados, mandatarios judiciales deá í Socofin S.A., representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, representante convencional del BANCO DE CHILE, representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, quienes deducen demanda ejecutiva de cobro de pagar en contraé de do a ñ NATALIA PIZARRO SANDOVAL, todos ya individualizados. Fundamentan su demanda se alando que el Banco de Chile, es due oñ ñ y leg timo tenedor del pagar a la vista signado con el n meroí é ú 4966701300114839, suscrito con fecha 1 de diciembre de 2022, por la suma de $2.522.100, por Sociedad Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A.,é representada por MARCELO LINKER URRIA, factor de comercio, y este ltimo a su vez, en representaci n del deudor Natalia Pizarro Sandoval,ú ó seg n consta en el Contrato de Apertura de Cr dito, de Afiliaci n alú é ó Sistema y Uso de Tarjeta de Cr dito, que forma parte del Contratoé Código: JKMXXMKNJNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Unificado de Personas, versi n 19 que acompa a el que se encuentraó ñ firmado por el demandado. Estima que de acuerdo con lo pactado en el pagar , la cantidadé adeudada devengar a desde su suscripci n y hasta la fecha del pago efectivo,í ó el m ximo inter s que permite la ley estipular para operaciones de cr ditoá é é de dinero no reajustables. Presentado a cobro, el documento no fue pagado, adeud ndose ená consecuencia la cantidad de $2.522.100, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados, los penales y las costas de esta causa. Indica que el deudor liber al Banco de la obligaci n de protesto, yó ó que habiendo sido autorizada por Notario la firma del representante de la sociedad aceptante por mandato, dicho instrumento tiene m rito ejecutivo yé la obligaci n es l quida actualmente exigible y su acci n no se encuentraó í ó prescrita. Para todos los efectos las partes constituyeron domicilio en la comuna correspondiente a la oficina del acreedor se alada como lugar de pago, enñ este caso Valpara so, someti ndose a la jurisdicci n de sus Tribunalesí é ó Ordinarios de Justicia.

Fallo

Por tanto, y de conformidad a lo dispuesto en los art culos 434 yí siguientes del C digo de Procedimiento Civil, solicita tener por entabladaó demanda ejecutiva en contra de do a Natalia Pizarro Sandoval, yañ individualizada, en calidad de deudora principal, y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $2.522.100, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, todo ello con costas. Segundo: Oposici n a la ejecuci n.ó ó Que a lo principal de folio 12 con fecha 18 de abril de 2023, la ejecutada de autos opuso las excepciones: Código: JKMXXMKNJNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7 , 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil en virtud° ° ° í ó de los fundamentos que a continuaci n se exponen:ó 1. Falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente sea en relaci n con el demandado. Art culo 464 N 7ó í º del C digo de Procedimiento Civil.ó Indica que el t tulo ejecutivo invocado como fundamento de laí ejecuci n, no cumple con el requisito previsto en el art culo 437 del C digoó í ó de Procedimiento Civil, esto es, carece de la exigibilidad necesaria para exigir el cobro de lo adeudado a trav s del procedimiento ejecutivo, todaé vez que no indica o al menos es dif c

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara so ° í CAUSA ROL : C-139 -2023 CARATULADO : BANCO CHILE/PIZARRO Valpara so, diecis is de abril de dos mil veinticuatroí é VISTO: Que mediante presentaci n de folio 1 del cuaderno principal, conó fecha 23 de enero de 2023, comparecen Daniela Rubilar Urrutia, Javier Gomez Leiva, Carolina Calluil Villanueva e Ivan Martinez Araya ab

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