1º Juzgado Civil de Concepción

MAWIDA SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ

Rol

C-7207-2023

Fecha

16 de abril de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1, comparece don HIP LITO ENRIQUE C CERESÓ Á BARLY, soci logo, en representaci n de ó ó MAWIDA SpA, Rol nico TributarioÚ n mero 76.069.392-8, ambos domiciliados para estos efectos en Millarapue N 29,ú ° comuna de San Pedro de la Paz, ciudad de Concepci n, e interpone demanda deó declaraci n de prescripci n de acciones en contra de la ó ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ, persona jur dica deí derecho p blico, Rol nico Tributario N 69.264.800-5, representada por suú Ú ° Alcalde, don Javier Enrique Gui ez Castro, empleado p blico, ambosñ ú domiciliados para estos efectos en Los Acacios 43, Villa San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz, ciudad de Concepci n, de acuerdo a los antecedentes deó hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone. Funda su demanda diciendo que con fecha 05 de agosto de 2009 MAWIDA SpA inici actividades ante el Servicio de Impuestos Internos comoó contribuyente del impuesto de primera categor a de la Ley sobre Impuesto a laí Renta. Indica que seg n documento emitido por el Servicio de Impuestosú Internos con fecha 10 de agosto de 2023, el domicilio de MAWIDA SpA se encuentra en Millarapue N 29, comuna de San Pedro de la Paz, ciudad de° Concepci n.ó Sostiene que actualmente MAWIDA SpA no cuenta con patente municipal, pero que se encuentra regularizando la situaci n mediante suó tramitaci n ante la Municipalidad de San Pedro de la Paz, quien con fecha 11 deó agosto de 2023 ha se alado que la deuda por este concepto corresponder a a losñ í per odos que van desde el segundo semestre del a o 2009 al primer semestre delí ñ a o 2023, ambos inclusive. Sin perjuicio de lo anterior, los periodos comprendidosñ entre el segundo semestre del a o 2009 al primer semestre del a o 2021, ambosñ ñ inclusive, se encuentran prescritos. Previa referencia a la normativa que cree aplicable, afirma que durante el plazo de 3 a os la referida Municipalidad no ha hecho valer de forma alguna susñ respectivos derechos. Afirmando que el ltimo d a del plazo legal para efectuar el pago es el d aú í í 31 de julio de cada a o y que la circunstancia de que el contribuyente se acoja añ la opci n legal de pagar en cuotas, constituye un beneficio que el propioó legislador otorga al sujeto pasivo (no ejercido en el presente caso) no obstante, en ning n caso constituye una modificaci n del plazo de vencimiento de laú ó contribuci n de patente municipal, que es de car cter anual.ó á Concluye diciendo que la patentes que van desde el segundo semestre del a o 2009 al primer semestre del a o 2021, ambos inclusive, ha transcurrido elñ ñ Código: GTQEXMXSWQZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7207-2023 plazo extintivo de tres a os que contemplan los art culos 2.515 y 2.521 delñ í C digo Civil.ó Refuerza lo anterior el hecho de encontrarse expresamente establecido que el pago de la segunda cuota de la patente municipal deba hacerse reajustado, puesto que ello dice relaci n con la actualizaci n de su monto que, seg n exponeó ó ú el art culo 24 de la Ley de Rentas Municipales, se computa de una sola vezí conforme a un porcentaje aplicado sobre el capital propio del contribuyente, informado por el Servicio de Impuestos Internos. En m rito de lo expuesto y normas legales que cita é pide tener por interpuesta demanda de declaraci n de prescripci n extintiva en contra de laó ó MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ, representada por don Javier Enrique Gui ez Castro, ambos ya individualizados, acogerla en todas susñ partes, y en definitiva, declarar que las acciones que a su favor tendr a laí demandada en contra de MAWIDA SpA, correspondiente al cobro de patente comercial, con sus reajustes, intereses y mul

Fallo

por tanto la exigibilidad de la obligaci nó tributaria del demandante por el primer per odo del a o 2020, oper a m sí ñ ó á tardar la medianoche del 31 de julio de 2020, de lo que resulta que a la fecha de notificaci n de la demanda, hecho ocurrido el 26 de diciembre de 2023, hab anó í transcurrido con creces los tres a os contados desde que dicha deuda se hizoñ exigible. De este modo, encontr ndose prescrita la obligaci n del actorá ó correspondiente al a o 2020, con mayor raz n est prescrita la acci n emanadañ ó á ó de las obligaciones por patentes municipales de los per odos anteriores, entre losí que se encuentran los de los a os 2009 al 2019 ambos inclusive, que la actorañ invoca en su libelo. En raz n, de lo anterior, se concluye que el plazo de prescripci n respectoó ó de la primera cuota del a o 2021, a n no hab a operado a la fecha de lañ ú í notificaci n de la demanda, por lo que se rechazar la demanda en este punto.ó á 9 .-° Que, justificada en autos la existencia de la obligaci n cuyaó prescripci n se solicita y el transcurso del plazo legal para que dicho institutoó opere, era a la demandada a quien correspond a acreditar, seg n las reglas delí ú onus probandi, que dicho plazo estuvo sujeto a suspensi n o interrupci n deó ó conformidad a la ley, como lo ha alegado, empero ello no ocurri en autos, puesó no alleg elementos probatorios en tal sentido.ó 10 .-° Que, como corolario de lo expuesto, habr de darse lugar a laá acci n de prescripci n extintiva promovida, e

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C-7207-2023 FOJA: 17 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-7207-2023 CARATULADO : MAWIDA SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ Concepci nó , diecis is de Abril de dos mil veinticuatroé VISTOS: Que, a folio 1, comparece don HIP LITO ENRIQUE C CERESÓ Á BARLY, soci logo, en representaci n de ó ó MAWIDA SpA, Rol nico TributarioÚ n mero 7

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