ACRUX LABS S.A./CORPORACION MUNICIPAL DE EDUCACION Y SALUD DE SAN BERNARDO
Rol
C-3136-2023
Fecha
16 de abril de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 03 de octubre de 2023, comparece Jorge González Anguita, abogado, mandatario judicial, en representación convencional de ACRUX LABS SPA, Sociedad del giro de su denominación representada legalmente por Carlos Valdés Ulloa, y por Rodrigo Andrés del Canto Hurtado, todos domiciliados para estos efectos en Miraflores N°130 Piso 27, Santiago. Indica que, deduce demanda ejecutiva por cobro de factura, por la suma de $ 9.218.895.-, en contra de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, representada legalmente por don Cristian Ulloa Zúñiga, ambos domiciliados para estos efectos en Calle O'higgins N°840, comuna de San Bernardo, que se individualiza de la siguiente forma: Factura número 66405, fecha de emisión 18-08-2022, monto $ 59.976; Factura número 66437, fecha de emisión 18-08-2022, monto $39.627; Factura número 66447, fecha de emisión 18-08-2022, monto $222.093; factura número 66459, fecha de emisión 18-08-2022, monto$ 50.337; factura número 67306, fecha de emisión 01-09-2022, monto $ 79.254; factura número 67318, fecha de emisión 01-09- 2022, monto $317.412; factura número 67339, fecha de emisión 01-09-2022, monto $28.596; factura número 67354, fecha de emisión 01-09-2022, monto$50.337; factura número 72011, fecha de emisión 04-10-2022, monto $31.178; factura número 72139, fecha de emisión 05-10-2022, monto $79.254; factura número 72155; fecha número 05- 10-2022, monto $317.412; factura número 72179, fecha de emisión 05-10-2022, monto $50.337; factura número 72349; fecha número 06-10-2022 , monto $ 85.680; factura número 72361, fecha de emisión 06-10-2022, monto $98.532; factura 73483, fecha de emisión 20-10-2022, monto $99.960; factura 74558, fecha de emisión 08-11-2022, monto $98.532; factura 74567, fecha de emisión 08-11-2022, monto $79.254; factura 74589, fecha de emisión 08-11-2022, $ 50.337; factura 74623, fecha de emisión 08-11-2022, monto $79.968; factura 74636, fecha de emisión 08-11-2022; monto $317.412; factura 74644, f
Fundamentos
CONSIDERANDOS: PRIMERO: Que, Jorge González Anguita, abogado, mandatario judicial, en representación convencional de ACRUX LABS SPA, demanda ejecutivamente a la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, representada legalmente por don Cristian Ulloa Zúñiga, solicitando, se acoja a tramitación y se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma $9.218.895.-, más reajustes e intereses y costas. SEGUNDO: Que, Jorge Zúñiga Alvarado, abogado, por la demandada Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, opuso las siguientes excepciones: I) La excepción del artículo 464 N° 11, esto es la concesión de esperas o la prórroga del plazo y II) La excepción del Nº 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; o sea, “La prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva”, solicitando se declaren admisibles y se acojan negando lugar a la ejecución con costas. TERCERO: Que, a folio 7 la parte ejecutante evacuo el traslado conferido solicitando su rechazo, por los argumentos de hecho y derecho que se indican latamente en la parte expositiva de este
Fallo
se declaran admisibles las excepciones, y se recibe la causa a prueba, fijándose los hechos sustanciales pertinentes y controvertidos. Con fecha 26 de febrero de 2024, se citó a las partes a oír sentencia. Código: LNDNXMHWPFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3136-2023 Foja: 1 CONSIDERANDOS: PRIMERO: Que, Jorge González Anguita, abogado, mandatario judicial, en representación convencional de ACRUX LABS SPA, demanda ejecutivamente a la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, representada legalmente por don Cristian Ulloa Zúñiga, solicitando, se acoja a tramitación y se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma $9.218.895.-, más reajustes e intereses y costas. SEGUNDO: Que, Jorge Zúñiga Alvarado, abogado, por la demandada Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, opuso las siguientes excepciones: I) La excepción del artículo 464 N° 11, esto es la concesión de esperas o la prórroga del plazo y II) La excepción del Nº 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; o sea, “La prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva”, solicitando se declaren admisibles y se acojan negando lugar a la ejecución con costas. TERCERO: Que, a folio 7 la parte ejecutante evacuo el traslado conferido solicitando su rechazo, por los argumentos de hecho y derecho que se indican latamente en la parte expositiva de este fallo y los cuales se dan por r
Texto Completo (Preview)
C-3136-2023 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : C-3136-2023 CARATULADO : ACRUX LABS S.A./CORPORACION MUNICIPAL DE EDUCACION Y SALUD DE SAN BERNARDO San Bernardo, diecis is de Abril de dos mil veinticuatroé VISTOS Con fecha 03 de octubre de 2023, comparece Jorge González Anguita, abogado, mandatario judicial, en represent
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica