BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/HIDALGO
Rol
C-35-2024
Fecha
15 de abril de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció doña Barbara María Cristina Petersen Sánchez, Abogada, C.I. 6.830.862-3, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, R.U.T. 97.006.000-6, representado legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, cedula de identidad 6.926.510-3, ambos con domicilio en Avenida El Golf N°125, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don Christian Alejandro Hidalgo Ríos, chileno, cedula de identidad 15.016.375-7, Ingeniero, con domicilio en Avenida La Paz N°1661, Casa N° 73, del “Condominio Valleloa”, Calama. Funda su demanda en que por Escritura Pública de Contrato de Compraventa, Mutuo e Hipoteca, Mutuo Extra Tasa Fija en UF, otorgada con fecha 25 de Julio de 2014, Repertorio Nº 1.693, en la Notaría de Calama que lo fuera de doña Ana Del Rosario Bonet Cornejo, su representado otorgó al demandado un Mutuo Hipotecario Nº0178735, ascendente a la cantidad de 4.214 U.F., el cual se obligó a pagar en 302 meses, por medio de 300 dividendos mensuales, vencidos y sucesivos de 22,1743 U.F., con una Tasa de Interés anual del 3,95%, considerada en las respectivas cuotas y el monto de amortización del préstamo, según se encuentra establecido en Código: SECNXMKNNXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 el desarrollo de la deuda. Indica que los dividendos o cuotas se pagarán por mensualidades vencidas, dentro de los 5 días corridos del mes siguiente a aquel en que se hubieren devengados y el primer dividendo deberá pagarse dentro de los primeros 25 días del tercer mes, contado desde aquel en que el banco efectué el desembolso del crédito. Expone que para asegurar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones dispuestas en dicha escritura el demandado constituyó Hipoteca de Primer Grado de Garantía General y Prohibiciones de Gravar, Enajenar y de Celebrar Contratos de Arriendos por Escritura Pública a favor de su representado, sobre el Inmueble ubicado en esta ciudad en Avenida La Paz N°1661, Casa N°73, del “Condominio Valleloa”, inscrito a nombre del demandado a fojas 2915 Nº2225, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de El Loa-Calama, correspondiente al año 2014. Agrega que la referida Hipoteca fue inscrita a fojas 1842 Nº1243, en el Registro de Hipotecas, y las Prohibiciones fueron inscritas a fojas 2169 Nº 1530, en el Registro de Prohibiciones, ambas del referido Conservador. Expone que el demandado se encuentra en mora desde el dividendo con vencimiento el 05 de agosto del año 2023, por lo que hace exigible el saldo insoluto que asciende a la suma de 3.154,1364 U.F. equivalentes a la cantidad de $113.666.907.-, al día 5 de Agosto de 2023. Indica que según consta de la cláusula décimo cuarta de la Escritura Pública, el Banco se encuentra facultado para hacer exigible el
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y no existiendo hechos sustanciales, controvertidos y pertinentes, se citó a las partes a oír sentencia. QUINTO: Que la sociedad ejecutante allegó al proceso custodiado en la Secretaría de este Tribunal bajo el N°42- 2.024, Escritura Pública de Contrato de Compraventa, Mutuo e Hipoteca, Compraventa, Mutuo Extra Tasa Fija en U.F. Consorcio Inmobiliario Araneda SpA a Christian Alejandro Hidalgo Ríos y Banco de Crédito e Inversiones y Alzamiento Banco de Chile, Repertorio 1693, de fecha 25 de julio del año 2014 de la Notaria Publica de Calama de doña Ana Bonet Código: SECNXMKNNXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Cornejo; Documento desarrollo de deuda emitido por don Miguel Galaz Olivares, Jefe Administración Certera Bci; Documento Control de cobranza judicial créditos hipotecarios emitido por Banco de Crédito e inversiones Sistema Hipotecario; Copia de escritura pública denominada “Acta N°3.362 de la Reunión del Comité Ejecutivo del Banco de Crédito e Inversiones” de fecha 23 de noviembre del año 2018; y copia de escritura pública denominada “Acta N°675 de la sesión del Directorio del Banco de Crédito e Inversiones celebrada el día martes 22 de marzo del año 2022. SEXTO: Que en lo relativo a la primera de las excepciones opuestas, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza
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Foja: 1 NOMENCLATURA : SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE CALAMA. CAUSA ROL : C-35-2024. CARATULADO : BANCO DE CREDITO E INVERSIONES / HIDALGO. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. CÓDIGO : C-17A. DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO E INVERSIONES. R.U.T. : 97.006.000-6 DEMANDADO : CHRISTIAN ALEJANDRO HIDALGO RIOS. R.U.N. : 15.016.375-7 FECHA INICIO : 10.01.2024. Calama, a quince de abril
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