1º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/ESTAY

Rol

C-16556-2023

Fecha

15 de abril de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparecen CAMILA HINOJOSA LEPE, CAROLINA BEATRIZ CISTERNAS ELTIT, GASPAR CORTÉS MOYA y MACARENA FLORES JARA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, en calidad de representante convencional de BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria, representada por su gerente general Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados para estos efectos en calle Teatinos N° 449, Santiago, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de IVAN OCTAVIO ESTAY ACOSTA, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida México N° 2227, 113, comuna de La Florida, por el cobro de $ 20.379.114, más reajustes e intereses pactados, que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Fundan la demanda señalando que su representado es dueño y legítimo tenedor del pagaré suscrito en representación del ejecutado, por la cantidad de $ Código: CZBDXMSPDJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16556-2023 Foja: 1 27.643.505, pagadera en 72 cuotas mensuales, desde el 31 de mayo de 2021. Indica que sólo se pagó hasta la cuota 24, encontrándose en mora el pago de la cuota vencida el 31 de mayo de 2023, y todas las restantes. Señalan que se pactó cláusula de aceleración y se liberó al tenedor de la obligación de protesto. Finalmente, sostiene que la firma del suscriptor fue autorizada por notario público, por lo que el pagaré tiene mérito ejecutivo, la deuda es líquida, actualmente exigible, y la acción no se encuentra prescrita. A folio 12, consta la notificación al ejecutado, con fecha 31 de octubre de 2023, conforme al artículo 44 del C.P.C. A folio 3 del apremio, consta el requerimiento de pago, efectuado el día 02 de noviembre de 2023. A folio 13, el ejecutado opuso a la acción dirigida en su contra las excepciones contenidas en el artícul

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, comparecen CAMILA HINOJOSA LEPE, CAROLINA BEATRIZ CISTERNAS ELTIT, GASPAR CORTÉS MOYA y MACARENA FLORES JARA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., en calidad de representante convencional de BANCO DE CHILE, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de IVAN OCTAVIO ESTAY ACOSTA, por el cobro de $ 20.379.114, más reajustes e intereses pactados, que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Código: CZBDXMSPDJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16556-2023 Foja: 1 Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibiéndose a prueba aquellas contenidas en los N°s 11 y 7 del artículo 464 del C.P.C., omitiéndose dicho trámite respecto de la del N° 2. A folio 27, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, comparecen CAMILA HINOJOSA LEPE, CAROLINA BEATRIZ CISTERNAS ELTIT, GASPAR CORTÉS MOYA y MACARENA FLORES JARA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., en calidad de representante convencional de BANCO DE CHILE, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de IVAN OCTAVIO ESTAY ACOSTA, por el cobro de $ 20.379.114, más reajustes e intereses pactados, que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Código: CZBDXMSPDJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16556-2023 Foja: 1 Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la demanda ejecutiva de autos las excepciones contempladas en los N°s 2, 11 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecut

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C-16556-2023 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16556-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ESTAY Santiago, quince de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, comparecen CAMILA HINOJOSA LEPE, CAROLINA BEATRIZ CISTERNAS ELTIT, GASPAR CORTÉS MOYA y MACARENA FLORES JARA, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., perso

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