1º Juzgado de Letras de Linares

BRAVO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES

Rol

C-710-2023

Fecha

12 de abril de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Primero: Que en el folio 1, comparece do a ñ MAR A ADRIANA EMPERATRIZÍ BRAVO BASOALTO, empleada, casada con Alberto Manuel Su rez N ez,á úñ ambos con domicilio en El Pehu n 1251, Comuna de Linares, quiené respetuosamente, dice: Que por este acto y conforme lo establece el procedimiento previsto en los art culos 21 y siguientes del DL 3.063, sobre Rentas Municipales II,í viene en solicitar a VS., se sirva declarar la prescripci n de las acciones y derechosó municipales por derechos de aseo domiciliario que actualmente adeuda a la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su Alcalde don Mario Meza V squez, domiciliado en calle Kurt Moller N 391, Comuna de Linares, ená ° virtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que pasa a exponer: Antecedentes de Hecho: Consta de instrumento que se acompa a en un otros de la presentaci n, que, esñ í ó due a del inmueble vivienda que corresponde al Rol Serviu N 21, ubicada enñ ° Poblaci n Yerbas Buenas, hoy El Pehu n 1251, Comuna de Linares. Se encuentraó é Código: XXWHXMXJCMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inscrito a su nombre a fojas 637 vuelta N 945 del Registro de Propiedad del° Conservador de Bienes Ra ces de Linares correspondiente al a o 1991. Rol de aval oí ñ ú 93-21 de la Comuna de Linares. Consta de Informe de deuda de Derechos de Aseo domiciliario, emitida con fecha 23 Noviembre de 2022, que existe una deuda por este concepto desde el 30 de Abril de 2015 hasta el 30 de Noviembre de 2022. Sin embargo, si bien existe dicha deuda, es del caso que sta se encontrar a prescritaé í por ampliaci n de la prescripci n de corto tiempo regulada en la legislaci n, al menos enó ó ó lo que dice relaci n a tres a os atr s, esto es, hasta 30 de abril de 2020.ó ñ á Antecedentes de Derecho: Lo anterior, tiene su fundamento en el art culo 2521 del C digo Civil, que disponeí ó que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del fisco o“ ñ municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos .” En el caso sublite, todas las acciones derivadas de deuda por derechos de aseo domiciliario no pagados hasta el 30 del mes de Abril de 2020, se encuentran extinguidos por la prescripci n especial de corto tiempo.ó Solicita tener por presentada demanda de prescripci n de acciones y derechos deó aseo domiciliarios que adeuda desde el mes de Abril del a o 2015 hasta 30 de Abrilñ de 2020, o el periodo que Ssa., estime, con costas, teni ndola por interpuesta ené contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada legalmente por su Alcalde, don Mario Meza V squez, todo ello con costas.á Segundo: Allanamiento: Que en el folio 17, comparece don Gonzalo Rebolledo Gonz lez, Abogado, en representaci n de la Ilustre Municipalidad de Linares, quiená ó respetuosamente dice: Que los hechos expuestos en la demanda de autos son efectivos, en atenci n a que deó los antecedentes que obran en esa Corporaci n no consta que haya intervenidoó pagar u obligaci n escrita o concesi n de plazo por el acreedor, en este caso laé ó ó Ilustre Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de su representada con la finalidad de obtener el pago de los derechos de aseo domiciliarios, que adeuda, la propiedad ubicada en pasaje El Pehu n, N 1251,é ° Poblaci n Yerbas Buenas, Rol de Aval o N 93-21, de la comuna de Linares; a laó ú ° entidad edilicia que representa, por lo cual su parte se allana totalmente a la solicitud de la demandante para que se declare que ha operado la prescripci n extintiva deó Código: XXWHXMXJCMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corto tiempo

Fallo

se declara:ó ó I.- Que, SE ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 1, por do a ñ MAR A ADRIANA EMPERATRIZÍ BRAVO BASOALTO en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, y se declara la prescripci n extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseoó domiciliario que adeuda la propiedad ubicada en pasaje El Pehu n, N 1251,é ° Poblaci n Yerbas Buenas, Rol de Aval o N 93-21, de la comuna de Linares; desde eló ú ° primer semestre del a o 2015 (mes de abril), hasta el primer semestre del a o 2020ñ ñ (mes de abril), ambos inclusive. II.- Que se exime del pago de las costas a la parte demandada, por haberse allanado. Notif quese, reg strese, dese copia autorizada a la parte que lo solicite yí í arch vese en su oportunidad.í Dict ó don ALEJANDRO ANTONIO SUMONTE VERDEJO, Juez Titular. Código: XXWHXMXJCMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-12T10:08:49-0400

Texto Completo (Preview)

CAUSA ROL C-710-2023. Primer Juzgado de Letras de Linares. MATERIA PRESCRIPCI N.Ó C digo P18A.ó PROCEDIMIENT CONTENCIOSO. DEMANDANTE MAR A ADRIANAÍ EMPERATRIZ BRAVO BASOALTO. RUT: 6.956.809- 2. ABOGADO GISELA VALENZUELA ROBLEDO. RUT: 12.372.690-1. DEMANDADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES. RUT: 69.130.300-4. FECHA DE INGRESO 04/05/2023. FECHA CITACION OIR SENTENCIA 10/04/2024 Linares, doce

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