1º Juzgado Civil de Puente Alto

ORELLANA/

Rol

V-609-2023

Fecha

23 de abril de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 1 de noviembre de 2023 y rectificación del 15 de noviembre de 2023 y 7 de diciembre del mismo año, comparece el abogado don Eduardo Jorge Kramer González, cédula de identidad 7.629.935-8, domiciliado en Pasaje Esperanza N°1994, comuna de Renca, en representación de doña Marcela De Los Ángeles Orellana Vidal, cédula de identidad N° 10.661.985-9, garzona, domiciliada en calle Eyzaguirre N°2878 comuna de Puente Alto, solicitando la rectificación de la Resolución Exenta N°23714 de fecha 06/08/2013, fecha de la publicación 16/08/2013. Diario www.elmostrador.cl., la cual concedió la posesión efectiva intestada de la causante doña Maria Eugenia Vidal Herrera, en la cual aparece una heredera doña Marcela De Los Ángeles Orellana Vidal con doble identidad. Agrega que al solicitarse la rectificación administrativa ante el Servicio de Registro civil, previa obtención de sentencia emitida por el Juzgado de Familia de Puente Alto, RIT C-704-2022 que ordenaba cancelar la partida de nacimiento y las inscripciones de identidad de doña Marcela de Los Ángeles Alfaro Vidal, RUN N°11.409.422-6, fue rechazada mediante Resolución Exenta N°77581 de fecha 01 de agosto de 2023 emitida por el Director Regional metropolitano por cuanto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 inciso 4 de la Ley 19.903 y el artículo 22 de su Reglamento, se establece que una vez inscrita la resolución del Director Regional que concede de la posesión efectiva de la herencia la inscripción no podrá ser alterada ni modificada sino en virtud de sentencia judicial ejecutoriada. Acompaña a su solicitud, los siguientes documentos: FOLIO 1: 1.-Posesión Efectiva Intestada de la causante doña María Eugenia Vidal Herrera, 2.- Sentencia dictada por el Juzgado de Familia de Puente Alto, 3.- Certificación de ejecutoria de Sentencia de familia, 4.-Certificado de nacimiento de MARCELA DE LOS ANGELES ORELLANA VIDAL cedula de identidad N°10.661.985.6 FOLIO 4: 5.- Solicitud ingres

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1218, 1264 y demás atinente del Código Civil, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y artículo 8 inciso final y ss. de la Ley N°19.903, se declara: I.- Que, SE RECHAZA la solicitud planteada por don Eduardo Jorge Kramer González, en representación de doña Marcela De Los Ángeles Orellana Vidal, en presentación del 1 de noviembre de 2023 y rectificaciones posteriores. II.- Que, en consecuencia, la interesada deberá ocurrir por la vía que en Derecho corresponda, ejerciendo la acción pertinente mediante un proceso de lato conocimiento, y no a través de este procedimiento voluntario. Notifíquese y archívese en su oportunidad. DICTADA POR DON RODRIGO TÉLLEZ LÚGARO. JUEZ TRAMITADOR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, tres de mayo de dos mil veinticuatro Código: XHKTXNWCDKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-03T12:44:36-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : V-609-2023 CARATULADO : ORELLANA/ Puente Alto, tres de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el 1 de noviembre de 2023 y rectificación del 15 de noviembre de 2023 y 7 de diciembre del mismo año, comparece el abogado don Eduardo Jorge Kramer González, cédula de identi

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