ORELLANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA
Rol
C-110-2024
Fecha
11 de abril de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 1, comparece Daniel Alberto Orellana Sanhueza, factor de comercio, con domicilio en calle Dardig ac N 110, Edificio 132, Departamento 44, comuna deñ ° Recoleta e interpone demanda en juicio ordinario en procedimiento de m nima cuant aí í de prescripci n extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de u oa, representadaó Ñ ñ legalmente por su alcaldesa Emilia R os Saavedra, ambas domiciliadas en Avenidaí Irarr zaval N 3550, comuna de u oa.á ° Ñ ñ Funda su presentaci n se alando que es due o del veh culo tipo MOTO, a oó ñ ñ í ñ 2012, marca HONDA, modelo CBF 125 STORM, de color ROJO, placa patente nicaú JN.0923-K, el que registra en sus antecedentes derechos impagos por permiso de circulaci n desde el a o 2015 hasta el a o 2023.ó ñ ñ Expresa que seg n se expondr entonces, los pagos de permiso de circulaci nú á ó devengada a favor del municipio demandado y a lo menos aquellas correspondientes a los a os 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y hasta el a o 2021 inclusive, señ ñ encuentran totalmente prescritas y extinguidas. En cuanto al derecho, cita los art culos 2492 y 2521 del C digo Civil, indica queí ó es del caso que las cuotas devengadas entre los a os 2015 y 2021, superan el plazo de 3ñ a os de prescripci n establecido, por lo que procede se declare respecto del arancel porñ ó concepto de permiso de circulaci n en el periodo se alado, lo que equivaleó ñ aproximadamente a un total de $454.424.- Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de prescripci n en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE U OAÑ Ñ , representada por su Alcaldesa ya individualizada, acogerla a tramitaci n y en definitiva,ó declarar la prescripci n de la acci n de cobro de Permiso de Circulaci n referentes aló ó ó Código: FEJXXMWDQBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 veh culo tipo MOTO, a o 2012, marca HONDA, modelo CBF 125 STORM, de colorí ñ ROJO, placa patente nica JN
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda referida se encuentran prescritas, y conforme dispone el art culo 1698 delí C digo Civil, el demandante acompa , sin ser objetado de contrario: ó ñó a) Copia del Certificado de Deuda emitido por la propia Municipalidad de U OA.Ñ Ñ b) Certificado de inscripci n (Padr n) del veh culo.ó ó í c) Certificado de inscripci n y anotaciones del veh culo de marras.ó í Que, los documentos acompa ados dan cuenta que el veh culo placa patenteñ í JN0923-K registra una deuda con la Municipalidad de u oa por concepto de permisoÑ ñ de circulaci n, por el periodo correspondiente entre los a os 2015 al 2023, ambosó ñ inclusive, por la suma total de $531.874. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades (anuales) de la obligaci n que invoca la demandante respecto del permisoó de circulaci n, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, 31 deó Código: FEJXXMWDQBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 marzo de cada a o, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso deñ á é inactividad del acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Que, en este contexto, y atendido que a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, 2 de abril de 2024, es dable establecer que ha transcurrido el plazo de prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil, respecto de los permisos deó í ó circulaci n correspondientes al veh culo placa patente JN0923-K, por los per odosó í í comprendidos entre el a o 2015 y el a o 2021, ambos inclusive, por lo que cabe acogerñ ñ la acci n incoada como se dir en lo resolutivo de este fallo.ó á
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los 2492,á 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, art culo 12,13 y siguientes del D.L.ó í 3063 y art culo 253 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara:í ó I. Que se acoge la demanda de folio 1, en cuanto se declara que las acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de permiso de circulaci n correspondiente al veh culo tipo moto, placa patente JN0923-K, adeudadosó í por la demandante a la Ilustre Municipalidad de u oa, por el per odo comprendidoÑ ñ í entre el a o 2015 y el a o 2021, ambos inclusive, se encuentran prescritos, incluyendoñ ñ adem s reajustes, intereses y multas respecto de dichos per odos. Elim nense dichasá í í cuotas del estado de deuda por concepto de permisos de circulaci n por parte de laó demandada de autos, ejecutoriada que sea la presente sentencia. II. Que, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado completamente vencida. An tese, reg strese y arch vese en su oportunidad.ó í í Rol N C-110-2024° DICTADA POR ROMMY M LLER UGARTE, JUEZ TITULAR DELÜ SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de Abril de dos mil veinticuatro Código: FEJXXMWDQBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.c
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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-110-2024 CARATULADO : ORELLANA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE U OAÑ Ñ Santiago, once de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Que a folio 1, comparece Daniel Alberto Orellana Sanhueza, factor de comercio, con domicilio en calle Dardig ac N 110, Edificio 132, Departamento 44, comuna deñ ° Recoleta
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