3º Juzgado Civil de Temuco

CATRILAF/HIGUERA

Rol

C-6536-2023

Fecha

10 de abril de 2024

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don Alvaro Abraham Ulloa Gajardo, abogado, c dula de identidad n mero 11.586.596-K, con domicilio en Calle Gabrielaé ú Mistral N 01615, Ciudad de Temuco, en calidad de mandatario judicial de° do a ñ ANA PATRICIA CATRILAF PINO, chilena, casada, T cnicoé param dico de nivel superior, c dula de identidad n mero 13.572.251-0,é é ú domiciliada para estos efectos en Calle Gabriela Mistral N 01615, de la° Ciudad de Temuco e indica que por este acto y en virtud de lo preceptuado en los art culos 253 y siguientes del C digo Procedimiento Civil, viene ení ó deducir demanda en juicio ordinario de menor cuant a, de acci n deí ó resoluci n de contrato de promesa y cobro de cl usula penal debido a losó á graves incumplimientos contractuales en contra de don FRANCISCO ANTONIO HIGUERA PEZO, c dula de identidad n mero 7.272.745-2,é ú agricultor, domiciliado en Sector Colico, Tres Esquinas Sin N mero,ú Cunco, con el objeto que se declare que don Francisco Antonio Higuera Pezo ha incumplido el contrato de promesa de compraventa suscrito el d aí 27 de octubre de 2022 ante la Notaria Esmirna Vidal Moraga de Temuco respecto de los derechos que le corresponden al demandado en la herencia quedada al fallecimiento de don Juan Segundo Higuera Guti rrez, inscritosé a fojas 1265 N mero 827 del Registro de Propiedad de la Notaria yú Conservador de Bienes Ra ces de Cunco del a o 2019, por lasí ñ consideraciones que pasa a exponer: I. HECHOS a. Contrato de promesa de compraventa El d a 27 de octubre de 2022 su representada, en calidadí de promitente comprador suscribi con don Francisco Antonio Higueraó Pezo, en calidad de promitente vendedor contrato de promesa de Código: XTXXXMFPJDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl compraventa, en la Notar a Esmirna Vidal Moraga de Temuco, respecto delí LOTE NUMERO DE DOS DE UNA COMA ONCE HECT REAS DEÁ SUPERFICIE, resultante de una subdivisi n de un predio de mayoró

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Alvaro Abraham Ulloa Gajardo, abogado, en calidad de mandatario judicial de do a ñ ANA PATRICIA CATRILAF PINO e indica que por este acto y en virtud de lo preceptuado en los art culos 253 y siguientes del C digo Procedimientoí ó Civil, viene en deducir demanda en juicio ordinario de menor cuant a, deí acci n de resoluci n de contrato de promesa y cobro de cl usula penaló ó á debido a los graves incumplimientos contractuales en contra de don FRANCISCO ANTONIO HIGUERA PEZO, c dula de identidadé n mero 7.272.745-2, agricultor, domiciliado en Sector Colico, Tresú Esquinas Sin N mero, Cunco, con el objeto que se declare que donú Código: XTXXXMFPJDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Francisco Antonio Higuera Pezo ha incumplido el contrato de promesa de compraventa suscrito el d a 27 de octubre de 2022 ante la Notaria Esmirnaí Vidal Moraga de Temuco respecto de los derechos que le corresponden al demandado en la herencia quedada al fallecimiento de don Juan Segundo Higuera Guti rrez, inscritos a fojas 1265 N mero 827 del Registro deé ú Propiedad de la Notaria y Conservador de Bienes Ra ces de Cunco del a oí ñ 2019, por las consideraciones que pasa a exponer: I. HECHOS a. Contrato de promesa de compraventa El d a 27 de octubre de 2022 su representada,í en calidad de promitente comprador suscribi con don Francisco Antonioó Higuera Pezo, en calidad de promitente vendedor contrato de promesa de compraventa, en la Notar a Esmirna Vidal Moraga de Temuco, respecto delí LOTE NUMERO DE DOS DE UNA COMA ONCE HECT REAS DEÁ SUPERFICIE, resultante de una subdivisi n de un predio de mayoró extensi n, ubicado en la comuna de Cunco. b. El bien objeto de la futuraó compraventa: Al momento de efectuar la suscripci n de la escritura p blicaó ú de promesa de compraventa el demandado, seg n consta en cl usulaú á primera, declar ser due o de un predio de una superficie de diecisieteó ñ hect reas, m s o menos, ubicado en la comuna de Cunco, de esteá á departamento, cuyos deslindes especiales son: NORTE: Sucesi n de B rbaraó á Orive viuda de Hernando; SUR: camino vecinal; ESTE: Sucesi n deó Barbara Orive viuda de Hernando; OESTE: resto de la propiedad y Emilio Barra. Adquiri el dominio por herencia intestada quedada al fallecimientoó de Juan Segundo Higuera Guti rrez, seg n posesi n efectiva inscrita a fojasé ú ó mil ochocientos ochenta y seis, bajo el n mero quinientos setenta y nueve,ú del Registro de Propiedad del Segundo Conservador de Bienes Ra ces deí Temuco, del a o dos mil siete. Rol de aval o de la propiedad es el n meroñ ú ú trescientos tres guion treinta y uno de la comuna de Cunco. Predio actualmente en proyecto de subdivisi n, resultante el LOTE NUMERO DEó DOS DE UNA COMA ONCE HECT REAS DE SUPERFICIE, cuyosÁ deslindes especiales son NORTE: l nea recta que lo separa de Lote n meroí ú tres; ESTE: l nea recta que lo separa de resto de Roble Huacho. SU

Fallo

por tanto, proceder a la celebraci n a m s” ó á tardar el d a 08 de noviembre de 2023. d. Obligaciones del contrato Suí representada do a ANA PATRICIA CATRILAF PINO, como promitenteñ comprador, efect a parte de su obligaci n al momento de la suscripci n delú ó ó Código: XTXXXMFPJDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contrato de promesa entreg ndole la suma de $25.000.000.- (veinticincoá millones de pesos) con anterioridad al mismo acto, y como se se ala en elñ contrato de promesa, pag ndose al contado y en dinero en efectivo,á declarando el promitente vendedor don FRANCISCO ANTONIO HIGUERA PEZO, haber recibido a su entera conformidad. Siendo la actitud de su representada la de un contratante diligente al punto de pagar por adelantado parte del precio de la compraventa. Que, previamente, a la llegada del plazo para la realizaci n del contrato definitivo, su representadaó se intent comunicar en innumerables ocasiones con el demandado Sr.ó Higuera Pezo, por v a telef nica, como tambi n con sus hijas Valeska yí ó é Francisca Higuera a fin de celebrar el contrato prometido. Sin embargo, le indicaron que el predio a n se encontraba en proceso de regularizaci n, porú ó lo que su representada actuando de buena fe, logr llegar a un nuevoó acuerdo aumentando el plazo en 9 meses, plazo que se encuentra vencido desde el d a 08 de noviembre de 2023, y que con el pasar de los d así í tratando de contactar en innumerables oc

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-6536-2023 CARATULADO : CATRILAF/HIGUERA Temuco, diez de abril de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece don Alvaro Abraham Ulloa Gajardo, abogado, c dula de identidad n mero 11.586.596-K, con domicilio en Calle Gabrielaé ú Mistral N 01615, Ciudad de Temuco, en calidad de mandatario judicial de° do a ñ ANA

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