Juzgado de Letras de Parral

CEA/BANCO SANTANDER -CHILE

Rol

O-19-2023

Fecha

10 de junio de 2024

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Señala que el 01 de marzo del año 1991, fue contratado por el Banco Santander Chile S.A., desarrollando una larga carrera funcionaria, desempeñándose desde esa fecha en distintos cargos y, por último, se le contrató para cumplir las labores de AGENTE II, función que realizaba en las dependencias de la demandada, ubicadas en la ciudad de Parral, las cuales ejerció y desarrollo con un alto grado de profesionalismo hasta el último día que presto servicios para el Banco. Por los servicios contratados percibía una remuneración de carácter variable, compuesta por diversos haberes, los cuales se devengaban mensualmente, siendo el promedio de ésta, la suma de $7.074.914, y no la suma de $6.097.941 que erróneamente se le ofreció en la carta de despido de fecha 27 de abril y finiquito suscrito con fecha 15 de mayo del año 2023. Refiere que el 27 de abril de 2023, se le comunicó que había sido despedido, ello, aduciendo para tal efecto la causal prevista en el artículo 161 inciso 2º del Código del Trabajo, esto es, desahucio escrito del empleador y que la carta de despido entregada carecía de hechos fundantes, no se explica en ella los

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don VALENTÍN RAFAEL REYES BERTOLONE, Abogado, cédula nacional de identidad número 16.998.556-1, en representación, de don CARLOS PATRICIO CEA ROJAS, chileno, administrador de empresas, cédula nacional de identidad número 9.061.699-4, con domicilio en Pacheco Altamirano Nº844, Alto Quilamapu, comuna y ciudad de Chillan, e interpone demanda de en procedimiento ordinario laboral de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra del ex empleador BANCO SANTANDER CHILE S.A., representado legalmente por don Jorge Peña Collao, cédula nacional de identidad Nº8.190.497-9, ambos con domicilio en Bandera 140, de la comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana, solicitando que el despido del cual fue objeto el día 27 de abril de 2023 sea declarado injustificado y se condene a la demandada a las prestaciones que se señalaran. Funda su demanda en los siguientes hechos: Señala que el 01 de marzo del año 1991, fue contratado por el Banco Santander Chile S.A., desarrollando una larga carrera funcionaria, desempeñándose desde esa fecha en distintos cargos y, por último, se le contrató para cumplir las labores de AGENTE II, función que realizaba en las dependencias de la demandada, ubicadas en la ciudad de Parral, las cuales ejerció y desarrollo con un alto grado de profesionalismo hasta el último día que presto servicios para el Banco. Por los servicios contratados percibía una remuneración de carácter variable, compuesta por diversos haberes, los cuales se devengaban mensualmente, siendo el promedio de ésta, la suma de $7.074.914, y no la suma de $6.097.941 que erróneamente se le ofreció en la carta de despido de fecha 27 de abril y finiquito suscrito con fecha 15 de mayo del año 2023. Refiere que el 27 de abril de 2023, se le comunicó que había sido despedido, ello, aduciendo para tal efecto la causal prevista en el artículo 161 inciso 2º del Código del Trabajo, esto es, desahucio escrito del empleador y que la carta de despido entregada carecía de hechos fundantes, no se explica en ella los motivos por los cuales se le aplicaría la mencionada causal ni en cuál de las hipótesis señaladas por la norma supuestamente se encontraría. Afirma que La carta de despido y su causal, le causó sorpresa, ya que en la práctica nunca había sido una persona que tenga las características que señala dicha norma legal ya que nunca ocupo el cargo de gerente, subgerente, o administrador, no desempeño un cargo de confianza o bien que tenga otra calidad análoga, no posee facultades de administración y disposición, de manera tal que dicha hipótesis de despido no concurre ni le es aplicable. Describe que, si bien en su contrato se señala nominalmente que desempeñaba el cargo de Agente II, en la realidad esto nunca fue así, toda vez que, debía informar asistencia, cumplir horarios, reportarse constantemente con sus superiores, informar y pedir vacaciones, días libres, tenía reuniones a diario con sus jefaturas, cump

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se RECHAZA, en todas sus partes, la demanda interpuesta por don VALENTÍN RAFAEL REYES BERTOLONE, en representación de don CARLOS PATRICIO CEA ROJAS en contra de BANCO SANTANDER CHILE S.A., representado legalmente por don Jorge Peña Collao. II.- Que, no se condena en costas al demandante por haber litigado con fundamento plausible. Regístrese y en su oportunidad, archívese. RIT O-19-2023 RUC Nº 23-4-0487209-5 Dictada por don PABLO DIONISIO RAMOS ABARZÚA, Juez Titular del Juzgado de Letras y del Trabajo de Parral.

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Parral Procedimiento: Aplicación General Materia: Despido injustificado RIT O-19-2023 RUC Nº 23-4-0487209-5 Demandante: CARLOS PATRICIO CEA ROJAS Demandada: BANCO SANTANDER -CHILE Juez Titular: Pablo Dionisio Ramos Abarzúa Fecha de ingreso: 31 de mayo de 2023 Fecha de sentencia: 10 de junio de 2024 Parral, a diez de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y C

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