1º Juzgado Civil de Temuco

FISCO DE CHILE-CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/

Rol

V-375-2021

Fecha

9 de abril de 2024

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, comparece ROXANA JIMENA FIGUEROA HUERTA, C.N.I N°10.940.582-5, debidamente representada y solicita se decrete el giro de cheque pertinente, correspondiente a la expropiación del lote de terreno Nº 1, con una superficie de 472 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra SISTEMA DE AGUA POTABLE RURAL LLAU LLAU, que se encuentra ubicado en la Comuna de Villarrica. Teniendo el inmueble el rol de avalúo 325-203 de la comuna de Villarrica, siendo de acuerdo a éste su aparente propietaria FIGUEROA HUERTA ROXANA JIMENA. La petición se funda en el hecho en que es dueño del lote expropiado.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 28 consta certificación de fecha 04/01/2024 que da cuenta de no haber comparecido terceros haciendo valer derechos sobre el monto de la indemnización o haciendo valer derechos reales que hayan sido constituidos con anterioridad al acto expropiatorio que puedan limitar el dominio del expropiado. Lo anterior en conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 del DL. 2186. A su vez, a folio 16 consta certificado que da cuenta de consignación por la suma de $ 16.796.442, según boleta de depósito N°5000799197 de fecha 13/01/2022. SEGUNDO: Que a folio 24, con fecha 29/12/2023 se agrega informe del Conservador y Archivero Judicial de Villarrica en el que se remite copia autorizada de inscripción de dominio vigente respecto del inmueble expropiado, propiedad inscrita a fojas 2204 f N° 1585 del Registro de Propiedad, del año 2016, dando de ese modo cumplimiento a lo dispuesto en el Acta 87- 2014 de la Excelentísima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque en procedimientos de expropiación. En mérito de lo precedentemente TERCERO: Que a folio 22, con fecha 28/12/2023 rola certificado de la Tesorería General de la República de Chile, el cual da cuenta que actualmente el inmueble no registra deuda. CUARTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago al peticionario y expropiado de la indemnización provisional consignada en esta causa, como se dirá. Código: CXXLXMCGGLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl

Fallo

En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 31, y en consecuencia EFECTÚESE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA a nombre de ROXANA JIMENA FIGUEROA HUERTA, RUT N°10.940.582-5, por la suma de $ 16.796.442.- (dieciséis millones setecientos noventa y seis mil cuatrocientos cuarenta y dos pesos), con cargo a la boleta de depósito N°5000799197 de fecha 13/01/2022. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en el Auto acordado n° 87-2014 de la Excelentísima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque en procedimientos de expropiación. Una vez firme y ejecutoriada la sentencia, efectúese petición de trasferencia a través de oficina judicial virtual indicando los datos bancarios del beneficiario. Anótese, regístrese y notifíquese. Pronunciada por Natalia Estefany Ferrada Retamal, Juez Suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, nueve de Abril de dos mil veinticuatro Código: CXXLXMCGGLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-09T11:28:57-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-375-2021 CARATULADO : FISCO DE CHILE-CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, nueve de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, comparece ROXANA JIMENA FIGUEROA HUERTA, C.N.I N°10.940.582-5, debidamente representada y solicita se decrete el giro de cheque pertinente, correspondiente a la expropiación del lote de ter

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