VERGARA/
Rol
V-125-2023
Fecha
9 de abril de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, con fecha 1 de diciembre de 2023, a folio 1, comparece doña Elizabeth Del Carmen Vergara Bustamante, casada, dueña de casa, domiciliada en calle en Michimalongo N°1, Población Sara Braun, Cerro Los Placeres, Valparaíso; quien a lo principal y primer otrosí de su presentación, solicita que se le confiera la administración extraordinaria de la sociedad conyugal que mantiene con su marido don Álvaro Alonso Gutiérrez Aguilera, y se le autorice para enajenar el departamento N°34, Piso 3, Block 30, ubicado en calle Cabritería Poniente N°787 del Conjunto Habitacional Las Palmas III, La Laguna, Valparaíso, inscrito a fojas 4.412, N°5.733 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2001, dentro del plazo de un año. Funda la solicitud señalando que contrajo matrimonio el día 12 de abril de 1990 con don Álvaro Alonso Gutiérrez Aguilera, bajo el régimen de sociedad conyugal. Agrega, que por sentencia definitiva de fecha 30 de junio de 2022 dictada por el Primer Juzgado Civil de Valparaíso en causa Rol V-148-2021, caratulada “Vergara”, se declaró la interdicción por demencia de su marido y se le designó como su curadora general y definitiva, cargo que aceptó el día 30 de agosto de 2022, inscribiéndose a fojas 3.186 vuelta, N°4.071 del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso del año 2022. Indica que la sociedad conyugal habida con su marido es dueña del departamento ya individualizado. Cita los artículos 136, 1758, 1759 y 1760 del Código Civil y menciona que se encuentra en las hipótesis que allí se contemplan, pues está casada bajo el régimen de sociedad conyugal, su marido fue declarado interdicto por demencia y fue nombrada su curadora general y definitiva, de modo que al no contar con el administrador de la sociedad conyugal para que disponga del bien raíz del matrimonio, solicita que se le confiera la administración extraordinaria de la sociedad
Fallo
en virtud de lo razonado y visto lo dispuesto en los artículos 138, 1.749, 1.758 y 1.759 y siguientes del Código Civil; los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales, se declara: I.- Que, HA LUGAR a la solicitud de lo principal de la presentación de fecha 1 de diciembre de 2023, a folio 1, en cuanto se autoriza a doña Elizabeth del Carmen Vergara Bustamante, cédula de identidad N°11.330.304-2, casada bajo el régimen de sociedad conyugal con don Álvaro Alonso Gutiérrez Aguilera, cédula de identidad N° 8.621.504-7, para administrar los bienes correspondientes a la sociedad conyugal de conformidad a los artículos 138, 1.758 y 1.759 del Código Civil. II.- Que, HA LUGAR a la solicitud del primer otrosí de la presentación de fecha 1 de diciembre de 2023, a folio 1, de doña Elizabeth del Carmen Vergara Bustamante, consistente en la autorización para enajenar el inmueble inscrito a fojas 4.412, N°5.733 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces Código: HTRKXMWTJHV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 de Valparaiso del año 2001, cuyo valor de venta no podrá ser inferior a $23.000.000.- (veintitrés millones de pesos). III.- Que, la referida autorización tendrá un plazo de 12 meses contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Regístrese, extraiga el solicitante las piezas pertinentes desde la
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Foja: 1 NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO: 3º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL: V-125-2023 CARATULADO: VERGARA/ Valparaíso, nueve de Abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, con fecha 1 de diciembre de 2023, a folio 1, comparece doña Elizabeth Del Carmen Vergara Bustamante, casada, dueña de casa, domiciliada en calle en Michimalongo N°1, Población Sara B
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