1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ARANCIBIA/DIAGMED LTDA. (CENTRO DE DIAGNÓSTICO Y ESPECIALIDADES MÉDICAS LTDA.)

Rol

T-1398-2023

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Despido indirecto, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos controvertidos los siguientes: 1. Efectividad de la vulneración de garantías que se alegan 2. Cumplimiento de las formalidades del despido 3. Procedencia de las indemnizaciones que se alegan. CUARTO: Incorporación de medios probatorios. Que la parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Carta de Autodespido de fecha 07 de marzo de 2023, remitida a la empresa con copia a la Inspección del Trabajo, en conjunto de los comprobantes de su envió por correo. 2. Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 06 de abril de 2023. 3. Certificado de cotizaciones emitidos por AFC CHILE con fecha 08 de marzo de 2023. 4. Certificado de cotizaciones emitidos por AFP CAPITAL con fecha 25 de mayo de 2024. 5. Comprobante de transferencia de fecha 07 de marzo del año 2023. 6. Captura de pantalla de Conversación de WhatsApp entre la demandante y doña Teresa Barraza, mes de marzo del año 2023. Otros medios de prueba: 1. Audio 1: Registro de audio entre la trabajadora y doña Teresa Barraza, mes de marzo del año 2023, duración: 21 segundos, disponible en: https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1WEJNfpzYu-oolAojQPHDlXkLiYgNgVW 2. Audio 2: Registro de audio entre la trabajadora y doña Teresa Barraza, mes de marzo del año 2023, duración: 12 segundos, disponible en: https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1WEJNfpzYu-oolAojQPHDlXkLiYgNgVW 3. Audio 3: Registro de audio entre la trabajadora y doña Teresa Barraza, mes de marzo del año 2023, duración: 6 segundos, disponible en: https://drive.google.com/drive/u/1/folders/1WEJNfpzYu-oolAojQPHDlXkLiYgNgVW QUINTO: Que atendida la rebeldía de la demandada, que no comparece a esta audiencia de juicio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 453, número 1), inciso séptimo, del Código del Trabajo, se tendrán por tácitamente admitidos los hechos expuestos en la demanda. SEXTO: Que respecto de la vulneración de garantías que invoca la demandante, no consta de los hechos probados en juicio que haya existido

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 54, 177, 453, 454 y siguientes, del Código del Trabajo, artículo 2446 del Código Civil y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE. I.- Que se rechaza la demanda de tutela laboral interpuesta por Verónica Isabel Arancibia Álvarez, cédula de identidad Nº 16.264.822-5, en contra de la empresa Centros de Diagnóstico y Especialidades Médicas Ltda. (Diagmed Ltda.). II.- Que habiendo existido relación laboral entre las partes desde el 27 de octubre de 2022 al 7 de marzo de 2023, y constando su término por el despido indirecto que realizó el trabajador, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $300.000, por concepto de la indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $70.000, por concepto de remuneración correspondiente a los siete días del mes de marzo de 2023. c) $73.300, por concepto de Feriado Proporcional correspondiente a 7.33 días a $10.000 diarios, por el periodo que va desde el 27 de octubre de 2022 hasta el 07 de marzo de 2023. Todo lo anterior con intereses y reajustes que correspondan. III. No habiendo sido totalmente vencida la demandada, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña CAROLINA ISABEL GAJARDO BENITEZ, Juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. RIT : T-1398-2023 RUC : 23- 4-0491515-0 En Santiago a siete de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, once de junio de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se llevó a efecto la audiencia de juicio sobre Reconocimiento de relación laboral, denuncia por vulneración de derechos fundamentales ocurridos con ocasión del Despido, despido indirecto y cobro de prestaciones e indemnizaciones lab

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