NAVARRO/
Rol
V-131-2017
Fecha
5 de abril de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, con fecha 13 de septiembre de 2017, comparece doña Daniela Godoy Pinaud, abogada, cédula de identidad N° 15.339.990-5, domiciliada en calle Carrera N° 665, comuna de Pichilemu, en representación de doña Juana Zoemia Navarro Maldonado, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad N° 5.932.492-6, domiciliada en Manuel Rodríguez N° 345 casa 642, comuna de San Fernando y en su calidad de curadora de los bienes de su hija doña Claudia Cristina Navarro Navarro, solicitando se sirva autorizar la enajenación respecto de la propiedad que se detallará a continuación, para solventar los gastos médicos de su hija Claudia Cristina Navarro Navarro. Indicó que consta de la inscripción especial de herencia de fojas 639 N° 640 del Registro de Propiedad del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Litueche, que la hija de su representada doña Claudia Cristina Navarro Navarro es dueña de acciones y derechos en un retazo de terreno ubicado en Ranquilcó, comuna de Litueche, de dos cuadras de extensión más o menos, y que deslinda: Norte, el comprador; Sur, sucesión Mercedes Garrido; Oriente, el comprador y Quiterio Donoso; y Poniente, Leonor Abarca, estero de por medio. Adquirió estos derechos por herencia quedada al fallecimiento de don Luis Navarro, según consta de la posesión efectiva concedida por el Servicio de Registro Civil e Identificación de San Fernando, según resolución exenta N° 2639 de fecha 31 de marzo del año 2017, inscrita a fojas 638 N° 639 en el Registro de Propiedad del año 2017, del Conservador de Bienes Raíces de Litueche. La propiedad figura con el Rol de Avalúos de la comuna de Litueche bajo el N° 37-7 Señaló que es de gran utilidad para la hija de su representada que los derechos en la propiedad indicada se enajenen, toda vez que ella sufre de una discapacidad psíquica o mental profunda de un 95%, como asimismo presenta movilidad física reducida, diagnóstico que a la fecha se ha visto agravado, significando para su familia un sacrificio adicional para solventar los gastos médicos que requieren la condición de su hija. Expresó además que actualmente ella se encuentra postrada en cama, ya que ha presentado grandes dificultades para desplazarse, por lo que requiere mayor cuidado y medicación. Previa cita de normas legales, solicita que esta sea acogida. Código: YGFXXMFYRST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que con el objeto de acreditar los fundamentos de su petición las solicitantes acompañaron a la causa la siguiente prueba documental: 1) certificado de posesión efectiva quedado al fallecimiento de don Luis Fernando Navarro, concedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de San Fernando, mediante Resolución Exenta N° 2639 de fecha 31 de marzo de 2017, e inscrita a fojas 638 N° 639 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Litueche del año 2017; 2) Copia de Inscripción Especial de Herencia de fo
Fallo
se resuelve: I.- Que, se rechaza la autorización a la pupila doña CLAUDIA CRISTINA NAVARRO NAVARRO, cédula de identidad N° 11.530.798-3. para que actuando Código: YGFXXMFYRST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl debidamente representada, enajene en pública subasta los derechos que le corresponderían respecto de un retazo de terreno ubicado en Ranquilcó, comuna de Litueche, la cual se encuentran inscrita a fojas 638 N° 639 en el Registro de Propiedad del año 2017, del Conservador de Bienes Raíces de Litueche. Regístrese, anótese, notifíquese y oportunamente archívese ROL V-131-2017 Dictada por doña Daniela Pavez Correa, Jueza Suplente del Juzgado de Letras, Garantía, Familia y Laboral de Litueche. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Litueche, cinco de abril de dos mil veinticuatro Código: YGFXXMFYRST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VISTOS Y CONSIDERANDO 2024-04-05T14:30:07-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Litueche CAUSA ROL : V-131-2017 CARATULADO : NAVARRO/ Litueche, cinco de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, con fecha 13 de septiembre de 2017, comparece doña Daniela Godoy Pinaud, abogada, cédula de identidad N° 15.339.990-5, domiciliada en calle Carrera N° 665, comuna de Pichilemu, en representa
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