Juzgado de Letras de Colina

PIERRE/OVALLE

Rol

O-258-2023

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en las normas legales pertinentes, e tribunal resuelve: I. Que, la relación laboral se inició el 22 de abril de 2021 y terminó el 13 de febrero de 2023. II. Que la última remuneración devengada en favor del demandante ascendió a la suma de $859.271.- III. Que, SE ACOGE la demanda interpuesta por don SBELIOR PIERRE, cédula de identidad N°26.215.998-1, en contra de UNIFACHADA S.A., Rut. 99.557.330-K y en consecuencia se declara que el empleador incumplió gravemente las obligaciones que le impone el contrato del actor y siendo, además, nulo el despido indirecto del demandante se condena a la demandada a pagar las siguientes cantidades: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por la suma de $859.271.- b) Indemnización por años de servicios equivalente a dos años. por la suma de $1.718.542.- c) Recargo legal del 50% por la suma de $859.271.- d) Feriado legal por la suma de $601.489 y feriado proporcional por la suma de $472.599.- e) A la cantidad de $2.641.800.- por concepto de remuneraciones de los meses de noviembre y diciembre de 2022 y enero y febrero de 2023. f) Al pago de las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas, que se determinaran en la etapa de ejecución de la presente sentencia. g) A la sanción prevista en el inciso 5 y 7 del artículo 162, esto es, que se adeudan remuneraciones y cotizaciones previsionales desde la fecha del despido hasta su convalidación. h) Que las prestaciones debidas se pagarán con los reajustes e intereses legales correspondientes IV. Que se condena en costas a la demandada fijándose prudencialmente la suma de $500.000, por haber resultado totalmente vencida. Queda la parte demandante personalmente notificada de esta sentencia en este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 457 del Código del Trabajo, se entiende a la demandada notificada en esta audiencia, comenzando a correr los plazos de impugnación a contar del día hoy. Se deja constancia que el demandante, no registran inscripció

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en las normas legales pertinentes, e tribunal resuelve: I. Que, la relación laboral se inició el 22 de abril de 2021 y terminó el 13 de febrero de 2023. II. Que la última remuneración devengada en favor del demandante ascendió a la suma de $859.271.- III. Que, SE ACOGE la demanda interpuesta por don SBELIOR PIERRE, cédula de identidad N°26.215.998-1, en contra de UNIFACHADA S.A., Rut. 99.557.330-K y en consecuencia se declara que el empleador incumplió gravemente las obligaciones que le impone el contrato del actor y siendo, además, nulo el despido indirecto del demandante se condena a la demandada a pagar las siguientes cantidades: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por la suma de $859.271.- b) Indemnización por años de servicios equivalente a dos años. por la suma de $1.718.542.- c) Recargo legal del 50% por la suma de $859.271.- d) Feriado legal por la suma de $601.489 y feriado proporcional por la suma de $472.599.- e) A la cantidad de $2.641.800.- por concepto de remuneraciones de los meses de noviembre y diciembre de 2022 y enero y febrero de 2023. f) Al pago de las cotizaciones previsionales y de salud adeudadas, que se determinaran en la etapa de ejecución de la presente sentencia. g) A la sanción prevista en el inciso 5 y 7 del artículo 162, esto es, que se adeudan remuneraciones y cotizaciones previsionales desde la fecha del despido hasta su convalidación. h) Que las prestaciones debidas se pagar

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06/06/2024 RUC 23- 4-0487128-5 RIT O-258-2023 MAGISTRADO AMÉRICA ANTONIA ROJAS ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS PRISCILA SILVA SANTANDER SALA UNO (Z1) MODO DE AUDIENCIA PRESENCIAL HORA DE INICIO 09:15 HORAS HORA DE TERMINO 10:21 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340487128-5-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE NO COMPARECE ABOGA

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