Juzgado de Letras y Gar.de Curacautin

VIELMA/EMPRESA ELÉCTRICA DE LA FRONTERA S.A.

Rol

C-124-2018

Fecha

4 de abril de 2024

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1, comparece ABEL ALONSO ORTEGA HERMOSILLA, abogado, con oficio en calle O Higgins N 1610 en la ciudad de’ º Lonquimay, en virtud de la representaci n que invisto, seg n acreditar , deó ú é do a ñ ROSA DEL CARMEN PAILLA ANCOÑ , R.U.N. N 7.750.565-2;º do a ñ MAGALY DEL CARMEN VIELMA PAILLA, R.U.N Nº 14.441.386-5; y don GAMALIEL VIELMA PAILLA, R.U.N Nº 12.738.003-1, todos con domicilio en Parcela 133, sector Mall n del Treileí s/n en la comuna de Lonquimay, a U.S., respetuosamente digo: Que, vengo en entablar demanda de reivindicaci n e indemnizaci n deó ó perjuicios en nombre de mis representados y en contra de EMPRESA EL CTRICA DE LA FRONTERA S.A. É R.U.T N 76.073.164-1, nombreº de fantas a í FRONTEL S.A, con domicilio en calle Bulnes 441, Osorno, representada por su Gerente General don FRANCISCO ALLIENDE ARRIAGADA o por quien sus derechos represente, del mismo domicilio, para hacer efectiva su responsabilidad por da os y perjuicios inferidos en lañ persona y bienes de mis representados, en su calidad de propietarios en comunidad hereditaria del inmueble ind gena denominado hijuela n meroí ú 133, ubicada en el sector Naranjo-Mall n Del Treile en la comuna deí Lonquimay, de acuerdo a los antecedentes de hecho y el derecho que a continuaci n expongo: ó LOS HECHOS Los demandantes son due os, en la proporci n que en derecho a cadañ ó uno de ellos corresponde y, entre todos, del cien por ciento de acciones y Código: SYHLXMESXDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 derechos del inmueble ind gena denominado hijuela n mero Ciento Treintaí ú y Tres de una superficie aproximada de 106,90 hect reas, ubicado en elá sector Naranjo actualmente denominado sector Mall n del Treile- en la– í comuna de Lonquimay, proveniente de la divisi n de la comunidadó ind gena Bernardo anco del lugar Naranjo en la comuna de Lonquimay,í Ñ que deslinda al NORTE, en l nea recta y causes actuales de d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 06 de junio de 2018, don ABEL ALONSO ORTEGA HERMOSILLA, abogado, en representaci n de do a ó ñ ROSA DEL CARMEN PAILLA ANCOÑ , R.U.N. N 7.750.565-2; do aº ñ MAGALY DEL CARMEN VIELMA PAILLA, R.U.N N 14.441.386-5; yº don GAMALIEL VIELMA PAILLA, R.U.N N 12.738.003-1, interponeº demanda de indemnizaci n de perjuicios en contra de la ó EMPRESA Código: SYHLXMESXDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 EL CTRICA DE LA FRONTERA S.A. É R.U.T N 76.073.164-1, nombreº de fantas a í FRONTEL S.A, y solicita se declare: Que la demandada debe restituir a los actores la franja de terreno ocupada por los postes o estructura el ctricas, sin deterioro del inmueble eé incluyendo cualquier funcionario o morador que pertenezca a la empresa demandada y dentro de tercero d a desde que quede firme la sentencia;í Que la demandada debe pagar a los demandantes a t tulo de indemnizaci ní ó de perjuicios por todo el periodo ocupado el inmueble con sus estructuras el ctricas y respecto de los da os descritos en el cuerpo de esta demanda, laé ñ suma individual de $20.000.000 (veinte millones de pesos) para cada uno de los 3 demandantes o, la suma total para todos los demandantes de $60.000.000 (sesenta millones de pesos), seg n corresponda; con reajustes delú I.P.C. hasta el pago ntegro, m s intereses corrientes; y que la demandadaí á debe pagar las costas del juicio. SEGUNDO: Que, la parte demandada en el comparendo de estilo contesta la demanda, argumentando en extracto ...En este contexto, la“ m xima autorizad Regional, con motivo de un proyecto de electricidadá rural que lider a objeto de dotar de energ a el ctrica a comunidadesó í é rurales de escasos recursos, encomend a mi representada la construcci n deó ó instalaciones el ctricas, las que deb an seguir un trazado determinadoé í previamente por aquella, que beneficiar a a sectores de escasos recursos.í Fu as como mi representada, ejecutando un proyecto elaborado por elí Gobierno Regional mandatado mediante Convenio de electrificaci n Ruraló aprobado por Resoluci n N 036 de fecha 27-07-1998, a trav s de la cual seó ° é crean y modifican las asignaciones correspondientes al Item 69 del Presupuesto del FNDR 1998 dela IX Regi n, para ejecutar el proyecto enó comento. Hoy d a, los actores pretenden despu s de 20 a os reclamar porí é ñ instalaciones el ctricas que resultan imprescindibles para el sector, as comoé í el suministro del servicio electr nico para m s de 200 clientes y sus familiar.ó á Por lo que a juicio de esta parte y habi ndose ejecutado un Proyecto deé Electrificaci n Rural, bajo inversi n financiera del FNDR 1998, IX Regi n,ó ó ó a un sector rural cuyos beneficiarios son de escasos recursos, no procede el pago de indemnizaci n alguna en los t rminos y por los fundamentosó é invocados en la demanda .… ” Código: SYHLXMESXDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

Fallo

por tanto, condenarlos a restituir la superficie pertinente del inmueble y pagar las indemnizaciones pertinentes. POR TANTO, en virtud de lo ya se alado, normas expuestas y lo queñ adem s establecen los art culos 55 y siguientes de la Ley 19.253, art culosá í í 134 y siguientes del C digo Org nico de Tribunales en relaci n con eló á ó art culo 56 inciso primero de la Ley ind gena 19.253; art culo 254 delí í í C digo de Procedimiento Civil; art culo 1 y 2 Ley 18.120, en relaci n conó í º º ó art culos 6 y 7 del C digo de Procedimiento Civil; y dem s normasí º º ó á aplicables, Código: SYHLXMESXDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 RUEGO A US.: se sirva tener por interpuesta demanda de reivindicaci nó e indemnizaci n de perjuicios, ambas en procedimiento especial ind gena,ó í en contra de EMPRESA EL CTRICA DE LA FRONTERA S.A É , indistintamente FRONTEL S.A., ya individualizada, para hacer efectiva su responsabilidad respecto de los demandantes y, en definitiva, declarar que la demandada carece de t tulo v lido que la habilite a tener y mantener losí á postes o estructura el ctricas aludidas en el inmueble de los demandantesé , ordenando por tanto: A) Que la demandada debe restituir a los actores la franja de terreno ocupada por los postes o estructura el ctricas, sin deterioro del inmueble eé incluyendo cualquier funcionario o morador que pertenezca a la empresa demandada y dentro de tercero d a

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 109 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Curacautin CAUSA ROL : C-124-2018 CARATULADO : VIELMA/EMPRESA EL CTRICA DE LAÉ FRONTERA S.A. Curacautin, cuatro de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: En el folio 1, comparece ABEL ALONSO ORTEGA HERMOSILLA, abogado, con oficio en calle O Higgins N 1610 en la ciudad de’ º Lonquimay, en virtud de l

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