INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS YALI SPA/
Rol
V-2-2022
Fecha
4 de abril de 2024
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Paulina Pompella Pizarro Garrido, chilena, soltera, abogado, cédula de identidad y rol único tributario número 11.993.909-7, domiciliada en calle Latadia N° 4310, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación de INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS YALI SpA, empresa del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones doce mil novecientos diecisiete guión seis, representada legalmente por don PEDRO ALFREDO VERGARA MEDINA, chileno, casado, Gerente General, cédula nacional de identidad y Rol único Tributario número ocho millones quinientos sesenta y siete mil setecientos cuarenta y cinco guión cuatro, ambos domiciliados en calle Sotomayor número dos mil doscientos noventa y siete, Comuna de Calama, Región de Antofagasta, presentó con fecha 03 de enero del 2022, la manifestación minera de un grupo de 50 pertenencias mineras de 6 hectáreas cada una, abarcando una superficie total de 300 hectáreas denominadas "SAN JORGE DEL 1 AL 30", el punto de interés de la concesión minera de explotación se encuentra ubicado en la Comuna de Pozo Almonte, Provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 5 bajo el Nº 3, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2022. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura de las referidas pertenencias mineras, se publicaron con fecha 24 enero de 2022 en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, con fecha 25 de septiembre de 2022, a folio 7, comparece SYLVANA AVESTRELLO GARCIA, Abogada, en representación de don JOSE IVAN ZABALETA ANDRADE, chileno, casado, empresario, cédula de identidad nacional número 7.274.095-5, titular de la concesión minera de exploración “CRIST I”, quien interpone demanda de oposición a la solicitud de mensura, por superposición parcial de dicho pedimento minero. QUINTO: Que, en causa C-398-2022, válidamente notificadas, comparecen las partes representadas por sus abogados, a audiencia de conciliación, Código: BXZGXMSWXCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl allanándose la demandada INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS YALI SpA a la pretensión del demandante JOSE IVAN ZABALETA ANDRADE, quien acepta el allanamiento, por lo que este Tribunal ACOGE la demanda de oposición a la solicitud de mensura, restringiendo su derecho a mensurar, excluyendo el área superpuesta, delimitada en autos. Lo anterior encontrándose resuelto mediante sentencia ejecutoriada. SEXTO: Que con fecha 16 de octubre de 2023 se publicó nueva solicitud de mensura de la manifestación de las referidas pertenencias mineras reducidas en el Boletín Oficial de Minería. SEPTIMO: Que, con fecha 05 de febrero de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, INFORMA APROBADA la operación de mensura de las pertenencias, consignando este último que “los aspectos técnicos
Fallo
SE DECLARA: Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 25 pertenencias denominadas "SAN JORGE, 1 AL 25”, con una superficie total de 50 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de “INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS YALI SpA” ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Código: BXZGXMSWXCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano y de una copia del acta de mensura a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. En su oportunidad certifíquese la ejecutoria de la sentencia. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a cuatro de abril del año dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado
Texto Completo (Preview)
FOJA: 26 .- veintis is .-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-2-2022 CARATULADO : INGENIER A, CONSTRUCCI N Y SERVICIOSÍ Ó YALI SPA/ POZO ALMONTE A CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTICUATRO VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Paulina Pompella Pizarro Garrido, chilena, soltera, abogado, cédula de identidad y rol único tributario número 1
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