25º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER -CHILE/CONTRERAS

Rol

C-7740-2023

Fecha

4 de abril de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, compareció Cristian Patricio Obrador Luco, abogado, domiciliado en Ahumada Nº 312, oficina 926, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en representación del BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, cuyo Gerente General es Román Blanco Reinosa, español, ingeniero Pasaporte 752653, domiciliado en calle Bandera N°50, Comuna Santiago, Región Metropolitana, quien dedujo demanda ejecutiva en contra de ELENA SOLANGE CONTRERAS ARAOS, se ignora profesión u oficio domiciliada en avda. San pablo 5324 comuna de Lo Prado. Expuso que su representado es acreedor de la ejecutada en virtud de la acreencia que consta de los siguientes títulos. I.- Pagaré a plazo número 650037746295 suscrito a la orden de su mandante por Pilar Salazar Jerez, con fecha 22 de mayo de 2020, por la suma de $1.309.728 por concepto de capital, mediante 44 iguales y sucesivas de $49.858 venciendo la primera de ellas el 20-08-2020 con interés 2,340%, una última cuota por el monto de $49.823, para un total de 45 cuotas, actuando el deudor representado por el Banco Santander-Chile en virtud del Contrato De Plan De Servicios Financieros, que contiene el Mandato Clausula 11.2 Pagina 8, otorgado para suscribir esta especie de documentos, suscripción que se acometió a través de apoderado del Banco en que este último delegó la facultad en comento, según escritura pública que contiene Delegación de Facultades, instrumentos cuyas copias se acompañan en un otrosí de su demanda, devengando según lo establecido en el instrumento los intereses allí previstos. Alegó que el deudor no cumplió con la obligación, en la cuota N°27 constituyéndose en mora a partir del 20 de octubre de 2022, razón por la que viene en hacer exigible el total de 19 cuotas, por un capital insoluto que asciende a la suma de $755.410, correspondiente a cuotas impagas. II.- Pagaré a plazo número 650040659816 suscrito a la orden de su mandante por Carolina Moreno Quezada, con fecha 14 de mar

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, compareció BANCO SANTANDER-CHILE, quien dedujo demanda ejecutiva en contra de ELENA SOLANGE CONTRERAS ARAOS, y solicitó, en lo medular, se ordene seguir adelante con la ejecución en su contra por la suma de $ 12.231.880 más los intereses que por sobre dicha suma se devenguen conforme a derecho hasta la fecha de pago efectivo y se condene en costas a la ejecutada. Por su parte, la ejecutada opuso a la ejecución las excepciones del número 14 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Conferido el traslado, la parte ejecutante no contestó las excepciones opuestas, recibiéndose la causa a prueba. Todo lo anterior, conforme a lo reseñado en la parte expositiva de esta sentencia y que en este punto, se tiene por reproducido. SEGUNDO: Que, el ejecutante, para acreditar sus asertos, acompañó a su libelo los siguientes documentos: a) Pagaré a plazo número 650037746295. b) Pagaré a plazo número 650040659816. c) Pagaré a plazo número 650041084809. d) Pagaré a la vista número 650043494923. e) Contrato De Plan De Servicios Financieros suscrito por el deudor y donde autoriza al Banco, o a quien Éste delegue, Varinia Vásquez Pacheco para suscribir pagarés en su nombre y representación. f) Copia de escritura pública donde consta la facultad otorgada por el Banco Santander Chile a Varinia Vásquez Pacheco, y Pilar Salazar Jerez para suscribir pagare en nombre y representación del deudor repertorio Nº:2632- 2020 celebrada ante el Notario Público Luis Ignacio Manquehual Mery. g) Copia de escritura pública donde consta la facultad otorgada por el Banco Santander Chile a Carolina Moreno Quezada, para suscribir pagare en nombre y representación del deudor repertorio Nº: 4899-2022. h) Copia de escritura pública donde consta la facultad otorgada por el Banco Santander Chile a Roberto González Soto, para suscribir pagare en nombre y representación del deudor repertorio Nº: 2383-2020. i) Copia autorizada de escritura pública en que consta la personería para actuar en representación del Banco Santander-Chile, otorgado por este, a través Mandato Judicial, mediante escritura pública 19 de agosto del 2022, de repertorio Nº2673-2022, en la Notaría de Santiago de doña Nancy De La Fuente. Por su parte la ejecutada, para probar sus alegaciones, no aportó medios de convicción al proceso. TERCERO: Que, para una correcta resolución de la primera excepción de nulidad opuesta, lo primero que cabe tener presente es que del atento análisis de la inobjetada instrumental aportada por la ejecutante, reseñada en el motivo segundo precedente se establece que sin duda ha sido la propia deudora el que confirió mandato al acreedor para que en su nombre y representación, llenara los títulos que en estos autos se cobran, y asimismo efectuara la libración de la obligación de protesto, mandato que se encuentra contenido en la página 8 N° 11.2 denominado “Mandato” del instrumento pormenorizado bajo la letra e) del motivo segundo denomina

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil; Lo pertinente del Condigo Orgánico de Tribunales y artículos 144, 160, 170, 254, 464 N° 14, 7 y 465 y 471 del Código de Procedimiento Civil, se declara: -Que se rechazan todas y cada una de las excepciones opuestas por la ejecutada, y en todos sus fundamentos, debiendo en consecuencia seguirse adelante con la ejecución, hasta hacer entero y cumplido pago de todo lo adeudado al ejecutante, más intereses y costas. Rol N° 7.740-2023. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. Pronunciada por doña BEATRIZ CATRILEO OJEDA, Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Abril de dos mil veinticuatro Código: XXDFXMEFSZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXDFXMEFSZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-04T12:23:46-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7740-2023 CARATULADO : BANCO SANTANDER -CHILE/CONTRERAS Santiago, cuatro de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, compareció Cristian Patricio Obrador Luco, abogado, domiciliado en Ahumada Nº 312, oficina 926, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en representación del BANCO SANTANDER-CHILE, socied

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