1º Juzgado de Letras de San Felipe

HUICHAMAN /

Rol

V-74-2016

Fecha

3 de abril de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 2, comparece doña Nelly del Carmen Huichaman Mariqueo, dueña de casa, cédula de identidad Nº7.346.808-6, domiciliada en los Alerces N° 540, Población Juan Pablo II, comuna de Catemu, Región de Valparaíso, quien solicita la rectificación de su partida de nacimiento. Sustenta legalmente su pretensión en lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley N°4.808. Fundamenta su solicitud en que en su cédula de identidad y partida de nacimiento N°490 de fecha 30 de septiembre de 1963, se consigna como fecha de nacimiento el 30 de agosto de 1963, en circunstancia que la fecha verdadera de su nacimiento es el 18 de junio de 1954. Expresa que su nacimiento fue inscrito bajo el N°3359 del año 1963 en la circunscripción del Registro Civil de Valdivia, con el nombre de Inés del Carmen San Martín Chañapi, consignándose como fecha de nacimiento la última referida precedentemente. En el año 1984 cambió su nombre al de Nelly del Carmen Huichaman Mariqueo, aconteciendo que al rectificarse la partida, se cambió la fecha de nacimiento, a la de 30 de agosto de 1963, que es el año en que fue inscrita en el registro. Que lo anterior, le ha causado múltiples perjuicios desde niña, en el colegio, trabajo y beneficios sociales como su jubilación. SEGUNDO: Que, se agregaron a la presente gestión los siguientes antecedentes: En su solicitud de folio 2: Certificado de nacimiento de Nelly del Carmen Huichaman Mariqueo, con nacimiento el 30 de agosto de 1963. Solicitó y obtuvo oficios al Registro Civil e Identificación, quien evacua informes respectivos agregados a folios 22 y 40, adjuntándose copia oficial de las inscripciones de nacimientos N°3359 de fecha 20 de diciembre de 1963, circunscripción de Valdivia, y N°490 de fecha 30 de septiembre de 1963, circunscripción de Lanco, y extracto de filiación y antecedentes de la solicitante, Nelly del Carmen Huichaman Mariqueo. Rindió Información sumaria de testigos, declarando según acta de folio 12, doña Mariana Isabel Carvajal Carvajal y don Jorge Guillermo Paz Magna, que les consta por los propios dichos de la solicitante que “La fecha de nacimiento que figura en su cédula de identidad no corresponde, y que se produjo un error de transcripción al momento que ella se cambió el nombre, contándole que ella nació el 18 de junio de 1954, lamentablemente le pusieron como fecha el 30 de agosto de 1963, fecha en la cual fue inscrita por Código: XWXSXMJCXHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la familia que la crio”; “que se le han presentado serios problemas, como el que no ha podido jubilar”. TERCERO: Que, consta de las partidas de nacimiento agregadas al proceso (dos), que la solicitante en el año 1963, y con una diferencia de tres meses, fue inscrita con nombres, apellidos y fecha de nacimiento distintos; que conforme a lo relatado por la solicitante y lo informado por el Servicio de Registro Civil, se desprende que al cambiar su no

Fallo

por lo expuesto y razonado precedentemente, a juicio de este Tribunal, resulta procedente dar lugar a la rectificación de partida solicitada, en relación con la fecha de nacimiento de la solicitante, debiendo rectificarse y fijarse el 18 de junio de 1954. Y visto además lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 4.808 y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que se hace lugar a la solicitud de rectificación de partida de nacimiento de folio 2, solo en cuanto se establece que la fecha de nacimiento de doña Nelly del Carmen Huichaman Mariqueo, cédula de identidad N°7.346.808-6, que da cuenta la partida de nacimiento N°490 de fecha 30 de septiembre de 1963, es 18 de junio de 1954, y no 30 de agosto de 1963, como actualmente aparece, manteniéndose la cédula de identidad ya referida. II.- Rectifíquese la partida de nacimiento inscripción N°490 del 30 de septiembre de 1963, de la circunscripción de Lanco, en los términos señalados precedentemente. Notifíquese legalmente. Rol V-74-2016. Dictado por don OMAR ANTONIO CIFUENTES MENA, Juez Titular. Autoriza don RICARDO ARAYA QUIROGA, Secretario Subrogante. Código: XWXSXMJCXHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En San Felipe, a tres de Abril de dos mil veinticuatro, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XWXSXMJCXHS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt

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FOJA: 58 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : V-74-2016 CARATULADO : HUICHAMAN / San Felipe, tres de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 2, comparece doña Nelly del Carmen Huichaman Mariqueo, dueña de casa, cédula de identidad Nº7.346.808-6, domiciliada en los Alerces N° 540, Población Juan Pablo II, c

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