BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ARREDONDO
Rol
C-7001-2023
Fecha
3 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 26 de abril de 2023 comparece el abogadoó Rodrigo Bast as, en representaci n judicial de Banco de Cr dito eí ó é Inversiones, sociedad an nima del giro de su denominaci n, representadaó ó por su gerente general Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados en avenida El Golf N 125, comuna de Las Condes,° demandando ejecutivamente de cobro de pagar a don Francisco Antonioé Arredondo D az, empleado particular, en calidad de deudor principal, y aí Ana Mar a Fredes Castro, artesana, en su calidad de fiadora y codeudoraí solidaria, ambos domiciliados en calle Angamos N 1.940, comuna de° Renca, por la suma de $13.076.716 de capital, m s intereses y costas. á Indica que su representado es due o del pagar a la orden y enñ é cuotas N 41533004049, suscrito por el ejecutado por la suma de° $16.345.896., por capital con un inter s de 0,9900% mensual, que se obligé ó a pagar en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $368.070., venciendo la primera el 10 de marzo de 2021 y las restantes, los d as 10 de cada mes.í Se estipul que en caso de mora o simple retardo en el pago deó cualquiera de las cuotas en que se divide el pago de la obligaci n, seó devengar a como inter s moratorio, el pactado en el pagar aumentado ení é é un 50% o el inter s m ximo convencional para operaciones de cr dito deé á é dinero no reajustables vigentes a la fecha de otorgamiento del pagar o a lasé pocas de la mora o el retardo; a elecci n del acreedor, el que correr desdeé ó á la mora o simple retardo, hasta la fecha del pago efectivo, sin perjuicio de otros derechos. Es del caso que el deudor no pag desde la cuota N 13 a la N 26,ó ° ° por lo que de acuerdo con lo pactado, su representada est facultada paraá demandar la totalidad de lo adeudado, que a la fecha de vencimiento se alada, solo por concepto de capital, asciende a la suma de $13.076.716.,ñ m s los intereses penales pactados a contar de la fecha de la mora. á La firma del suscriptor fue autori
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar a la ordení é y en cuotas N 41533004049, suscrito el 30 de diciembre de 2020 por los° ejecutados, en las calidades indicadas, por la suma de $16.345.896., pagadera en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por la suma de $368.070. Las cuotas vencer an los d as 10 de cada mes, venciendo laí í Código: MSXWXMDQBXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl primera el 10 de marzo de 2021 y la ltima el 10 de febrero de 2026. Elú capital adeudado devengar a una tasa de inter s de 0,9900% mensual.í é Las firmas de los suscriptores est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que respecto a la excepci n de prescripci n, cabeó ó indicar que el pagar de autos contiene una cl usula de aceleraci n queé á ó envuelve una facultad para el acreedor, de modo tal que la anticipaci n queó ella contiene ha de desplegarse desde la fecha en que aquel manifiesta inequ vocamente su voluntad de caducar en forma antelada el plazoí convenido para saldar las cuotas de la obligaci n que a n no se hanó ú devengado, intenci n que se materializa con la presentaci n de la demandaó ó a distribuci n.ó TERCERO: Que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que Laí ó “ prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamenteó cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones .” El art culo 98 de la Ley N 18.092, aplicable en la especie por loí ° previsto en el art culo 107, se ala que El plazo de prescripci n de lasí ñ “ ó acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un a o,ñ contado desde el d a del vencimiento del documento .í ” Por su parte, el art culo 100 de la citada ley indica que Laí “ prescripci n se interrumpe solo respecto del obligado a qui n se notifique laó é demanda judicial de cobro de la letra, o la gesti n judicial necesaria oó conducente para deducir dicha demanda o preparar la ejecuci n .ó ” CUARTO: Que en m rito de lo se alado, entre el 26 de abril deé ñ 2023, momento en que el acreedor manifest su intenci n de acelerar eló ó vencimiento de las cuotas no devengadas al presentar la demanda, y el 15 de mayo de 2023, fecha en que se notific a los ejecutados, el plazo de 1ó a o que establece el citado art culo 98 de la Ley N 18.092 no se encontrabañ í ° cumplido y,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba. ó Por resoluci n de 27 de marzo de 2024 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar a la ordení é y en cuotas N 41533004049, suscrito el 30 de diciembre de 2020 por los° ejecutados, en las calidades indicadas, por la suma de $16.345.896., pagadera en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por la suma de $368.070. Las cuotas vencer an los d as 10 de cada mes, venciendo laí í Código: MSXWXMDQBXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl primera el 10 de marzo de 2021 y la ltima el 10 de febrero de 2026. Elú capital adeudado devengar a una tasa de inter s de 0,9900% mensual.í é Las firmas de los suscriptores est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que respecto a la excepci n de prescripci n, cabeó ó indicar que el pagar de autos contiene una cl usula de aceleraci n queé á ó envuelve una facultad para el acreedor, de modo tal que la anticipaci n queó ella contiene ha de desplegarse desde la fecha en que aquel manifiesta inequ vocamente su voluntad de caducar en forma antelada el plazoí convenido para saldar las cuotas de la obligaci n que a n no se hanó ú devengado, intenci n que se materializa con la presentaci n de la demandaó ó a distribuci n.ó TERCERO: Que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que Laí ó “ prescripci n que extingue las acciones y derechos
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7001-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/ARREDONDO Santiago, tres de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: En presentaci n de 26 de abril de 2023 comparece el abogadoó Rodrigo Bast as, en representaci n judicial de Banco de Cr dito eí ó é Inversiones, sociedad an nima del giro de su denominaci n, r
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