INMOBILIARIA MARBELLA LIMITADA/INVERSIONES CUATTROCCHI LIMITADA
Rol
C-21328-2023
Fecha
3 de abril de 2024
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 21 de diciembre de 2023 comparece don Jos Antonioé Y ez Di guez, factor de comercio, en representaci n de Inmobiliariaáñ é ó Marbella Limitada, empresa del giro de su denominaci n, ambosó domiciliados en calle Hu rfanos N 1373, oficina 1105, comuna de Santiago,é ° quien viene en deducir demanda en juicio de arrendamiento por no pago de rentas y otros en contra de Inversiones Cuattrocchi Limitada, del giro de su denominaci n, representada por don Luis Salvador Cuatrocchi Ivanovich,ó desconoce profesi n u oficio, domiciliado en calle Tobalaba N 15223, localó ° 6, comuna de Pe alol n, en calidad de arrendatario.ñ é Funda su demanda en que se celebr con el demandado contrato deó arrendamiento con fecha 13 de abril de 2018 mediante instrumento privado, respecto del local 6 del inmueble ubicado en calle Tobalaba N 15.223, comuna de Pe alol n, el cual tendr a una duraci n de un a o° ñ é í ó ñ renovable por periodos iguales salvo oposici n de alguna de las partes,ó siendo la renta mensual de $1.300.000. Expone que el arrendatario dej de pagar la renta de arrendamientoó desde el mes de marzo de 2020 a marzo de 2021, ambos incluidos, adeudando la suma de $5.400.000, Sin embargo, el arrendador le otorgó plazo a la arrendataria para el pago de la referida deuda, concedi ndole 36é cuotas mensuales a contar de julio de 2021 en adelante, las que se cancelar an junto con la renta. Es del caso que a la presentaci n de laí ó Código: KXHLXMDWQGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21328-2023 Foja: 1 demanda, el arrendatario lleva pagado de la citada deuda, la cantidad de $2.400.000. En la actualidad la renta mensual de arrendamiento asciende a $1.465.000, la que se paga junto con las referidas cuotas. No obstante, el demandado no ha pagado las rentas de los meses de mayo y junio de 2023, ni las cuotas correspondientes a dichos meses, efectu ndome solo un abonoá de $800.000 el pasado 14 de junio de 2
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1 ) Que, con fecha 21 de diciembre de 2023 comparece don Jos° é Antonio Y ez Di guez, factor de comercio, en representaci n deáñ é ó Inmobiliaria Marbella Limitada, empresa del giro de su denominaci n,ó ambos domiciliados en calle Hu rfanos N 1373, oficina 1105, comuna deé ° Santiago, quien viene en deducir demanda en juicio de arrendamiento por no pago de rentas y otros en contra de Inversiones Cuattrocchi Limitada, del giro de su denominaci n, representada por don Luis Salvadoró Cuatrocchi Ivanovich, desconoce profesi n u oficio, domiciliado en calleó Tobalaba N 15223, local 6, comuna de Pe alol n, en calidad de° ñ é arrendatario, conforme los fundamentos de hecho y derecho rese ados en lañ expositiva, solicitando en definitiva se declare el t rmino inmediato delé contrato de arriendo, se ordene al demandado pagar las rentas que ascienden a la suma de $5.130.000 y las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio hasta que se efect e la restituci n o el pago, m s eló ú ó á reajuste indicado en el art culo 21 de la Ley N 18.101 e intereses, adem sí º á de las multa de 1% diario de lo adeudado hasta hacer pago efectivo de lo adeudado, las cuentas de gastos domiciliarios al d a y que debe restituir laí propiedad arrendada dentro de tercero d a totalmente desocupada deí moradores y bienes, todo ello con costas. Al primer otros de la presentaci ní ó y en subsidio de la demanda principal, solicita el desahucio del contrato. 2 ) Que la demandada no compareci durante la secuela del juicio,° ó pese a encontrarse legalmente emplazada, raz n por la que proceder aó á analizar nicamente las probanzas rendidas por el actorú Código: KXHLXMDWQGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21328-2023 Foja: 1 3 ) Que, a objeto de acreditar la existencia entre las partes litigantes° de un contrato de arrendamiento en relaci n al inmueble sublite, el actoró acompa contrato de arriendo de fecha 13 de abril de 2018, bajoñó apercibimiento legal, el que no fue objetado por la contraria, por lo que se le tiene por reconocido para todos los efectos legales y del que aparece: a) Que con fecha 13 de abril de 2018, se celebr entre las partes unó contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en Avenida Tobalaba N 15.223, local 6, comuna de Pe alol n, por una renta mensual° ñ é de $1.300.000. y en caso de atraso en el pago a partir del sexto d a seí cobrar una recarga del 1% diario acumulativo hasta el d a del pagoá í b) Que el contrato tendr a una duraci n de un a o a contar del 13í ó ñ de abril de 2018, renovable por periodos de un a o, debiendo las partes darñ aviso por escrito de t rmino con a lo menos 60 d as de anticipaci n.é í ó c) Que la arrendataria se obliga a pagar los gastos comunes o servicios especiales que puedan corresponder al bien ra z objeto del contratoí pago que debe realizar dentro de los primeros 5 d as de cada mes. í 4 ) Que el contrato aludido en la motivaci n t
Fallo
SE DECLARA: I. Que se acoge, con costas, la demanda de lo principal de fecha 21 de diciembre de 2023 y por consiguiente se declara terminado el contrato de arrendamiento respecto del inmueble sub-lite, fij ndose para laá restituci n el quinto d a h bil siguiente a la notificaci n del fallo, la que seó í á ó deber efectuar con el pago de consumos domiciliarios a que se oblig elá ó arrendatario al d a.í II. Que se acoge la acci n de cobro de rentas insolutas impetradas enó la demanda, as como las que se devenguen durante el juicio, ení consecuencia, se condena al demandado al pago de las rentas por el monto, per odos y los reajustes aludidos en el considerando octavo del fallo; í Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vense.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular.ñ Autoriza don Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subroganteá é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de Abril de dos mil veinticuatro Código: KXHLXMDWQGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21328-2023 Foja: 1 Código: KXHLXMDWQGS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-03T10:27:48-0300
Texto Completo (Preview)
C-21328-2023 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-21328-2023 CARATULADO : INMOBILIARIA MARBELLA LIMITADA/INVERSIONES CUATTROCCHI LIMITADA Santiago, tres de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 21 de diciembre de 2023 comparece don Jos Antonioé Y ez Di guez, factor de comercio, en representaci n de Inmobiliariaáñ é ó
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