Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

CUEVAS/ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HÍPER LTDA.

Rol

M-409-2024

Fecha

5 de junio de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos respecto de los cuales declararían las testigos, según lo informado por la apoderada. Se deja constancia que la parte demandante Margarita Castro Vega renuncia a la prueba testimonial. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Las partes formulan observaciones. Siendo las 09:24 se realiza un receso para dictar sentencia. Siendo las 11:48 se reanuda la audiencia. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a cuatro del junio de dos mil veinticuatro. Visto: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 159 y siguientes, 168 a 173, 420, 425 a 459 y 495 a 501 del Código del Trabajo, artículos 158 y 160 del Código de Procedimiento Civil, artículos 1545, 1546 y 1698 del Código Civil, se declara: I. Que HA LUGAR, a la demanda, con costas, deducida en causas acumuladas por EVELYN DEL ROSARIO CUEVAS ALARCÓN y MARGARITA ELENA CASTRO VEGA contra Administradora de Supermercados Hiper Ltda., Rut 76.134.941-4, _ en cuanto, estimándose improcedentes los despidos, se condena a la demandada a pagar a cada actora las siguientes sumas por los conceptos que se indican: A EVELYN DEL ROSARIO CUEVAS ALARCÓN a. $1.632.675, por aumento del 30% sobre la indemnización por años de servicios, conforme al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. b. $1.020.602 por devolución de la cantidad retenida por aporte a su Seguro de Cesantía. A MARGARITA ELENA CASTRO VEGA c. $3.000.468 por aumento del 30% sobre la indemnización por años de servicios, conforme al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. d. $1.393.376 por devolución de la cantidad retenida por aporte a su Seguro de Cesantía. II. Que las sumas antes señaladas se reajustarán y devengarán intereses conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III. Que se condena en costas a la demandada, fijándose las personales en la suma de $300.000 respecto de cada actora. Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella, dentro de quinto

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 159 y siguientes, 168 a 173, 420, 425 a 459 y 495 a 501 del Código del Trabajo, artículos 158 y 160 del Código de Procedimiento Civil, artículos 1545, 1546 y 1698 del Código Civil, se declara: I. Que HA LUGAR, a la demanda, con costas, deducida en causas acumuladas por EVELYN DEL ROSARIO CUEVAS ALARCÓN y MARGARITA ELENA CASTRO VEGA contra Administradora de Supermercados Hiper Ltda., Rut 76.134.941-4, _ en cuanto, estimándose improcedentes los despidos, se condena a la demandada a pagar a cada actora las siguientes sumas por los conceptos que se indican: A EVELYN DEL ROSARIO CUEVAS ALARCÓN a. $1.632.675, por aumento del 30% sobre la indemnización por años de servicios, conforme al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. b. $1.020.602 por devolución de la cantidad retenida por aporte a su Seguro de Cesantía. A MARGARITA ELENA CASTRO VEGA c. $3.000.468 por aumento del 30% sobre la indemnización por años de servicios, conforme al artículo 168 letra a) del Código del Trabajo. d. $1.393.376 por devolución de la cantidad retenida por aporte a su Seguro de Cesantía. II. Que las sumas antes señaladas se reajustarán y devengarán intereses conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III. Que se condena en costas a la demandada, fijándose las personales en la suma de $300.000 respecto de cada actora. Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella, dentro

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ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada de manera Semipresencial) FECHA 04 de junio de 2024 Registro de audio en remoto SALA 3 RUC 24-4-0563253-1 RIT M-409-2024 y acumulada M-425-2024 MAGISTRADO JOSE GABRIEL HERNANDEZ SILVA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carol San Martin Contreras HORA DE INICIO 08:35 horas HORA DE TÉRMINO 12:03 ho

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