ITAU - CORPBANCA S.A./COMERCIAL SANTIAGONUTS SPA
Rol
C-1639-2023
Fecha
3 de abril de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Comparece con fecha 31 de enero de 2023, don Jaime Gabriel Vel squezá Navarro y do a Macarena Alejandra Mart nez Guajardo, abogados, domiciliados enñ í Compa a 1390, oficina N 2403, comuna de Santiago, en representaci n judicial deñí ° ó ITA CORPBANCAÚ , sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n,ó ó representada legalmente por su Gerente General don Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, ambos con domicilio en Avenida Rosario Norte N 660,° comuna de Las Condes, interponiendo demanda ejecutiva en contra de COMERCIAL SANTIAGONUTS SPA, del giro de su denominaci n, representada legalmente poró don Eduardo Vallejos Jorquera, y en contra de don EDUARDO VALLEJOS JORQUERA, en su calidad de aval y codeudor solidario, ignoran ocupaci n actual,ó todos con domicilio en calle Morand 695, departamento/Casa 16 A, Santiago, y ené Alto Claro 427, Quilicura, Santiago. Exponen que su representada es due a del Pagar suscrito por la parteñ é demandada con fecha 4 de Junio del 2020 por la suma de $9.999.079.- por concepto de capital. La obligaci n devengar a un inter s del 3,48% anual, durante todo el plazoó í é pactado. Seg n lo establecido en el referido pagar , el capital adeudado m s los interesesú é á se pagar an en 42 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, de $257.904.- cada una, coní vencimientos los d as 4 de cada mes, siempre que fueran h biles bancarios,í á correspondiendo la primera de dichas cuotas el 4 de Enero del 2021. Hacen presente que el pagar fue avalado por don Eduardo Vallejos Jorquera,é quien adem s se constituy en codeudor solidario de la suscriptora, estipul ndose adem sá ó á á en el mencionado documento, que el deudor se oblig a destinar los recursos crediticiosó recibidos del Banco a Capital de Trabajo y a facilitar al acreedor el control del destino de dichos recursos. Código: XCDWXMXYWDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1639-2023 Foja: 1 Se alan que la obli
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: XCDWXMXYWDS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1639-2023 Foja: 1 PRIMERO: Que, notificada y requerida legalmente de pago, la parte ejecutada opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones:ó .- La del n mero 2 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laú í ó falta de capacidad del demandante o de personer a o de representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre, manifestando que la ejecutante se limita a se alar queñ acompa a con citaci n, Copia Digital Notarial autorizada, mediante firma Electr nicañ ó ó avanzada, de escritura p blica en que consta su personer a para actuar en representaci nú í ó del Banco Ita -Corpbanca, seg n mandato otorgado por la instituci n Bancaria, a trav sú ú ó é de su Directorio, en escritura p blica. Dicha escritura fue otorgada ante la Notarioú P blico de Santiago Mar a Soledad Lascar Merino, con fecha 17 de noviembre de 2021.ú í Agrega que en la escritura p blica comparece don Danilo Alex Torres Villarroel enú representaci n de la ejecutante, cuya personer a constar a en escritura p blica de fechaó í í ú 26 de octubre de 2016, otorgada en la notar a p blica de don Ren Benavente Cash. Siní ú é embargo, aduce que la sola referencia a dicha escritura no permite acreditar la personer a o poderes a su respecto, ya que no consta que dichos poderes se encuentrení vigentes a la fecha, no existe acreditaci n alguna de que don Danilo Alex Torresó Villarroel mantenga dichas facultades y por cierto act e en representaci n de laú ó ejecutante. .- La del n mero 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento civil, esto es, laú í ó falta de algunos de los requisitos o condiciones establecidas por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente o con relaci n al demandado,í ó mencionando que solo se autoriz la firma por el notario p blico Roberto Puga Pinoó ú suplente del titular don Francisco Javier Leiva Carvajal a don Eduardo Domingo Vallejos Jorquera como persona natural y en ning n caso como representante legal deú Comercial Santiagonuts SpA, debiendo en consecuencia de manera previa haber iniciado una gesti n preparatoria de la v a ejecutiva de notificaci n del pagar en contraó í ó é de Comercial Santiagonuts SpA. .- La del n mero 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es,ú í ó la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, argumentando que no resultaó ó ó efectivo que la ltima cuota pagada fuera la expuesta en la demanda, siendo la fecha deú mora el 22 de junio de 2022, encontr ndose prescrita la acci n al tenor de lo dispuestoá ó en el art culo 98 de la ley 18.092. í SEGUNDO: Que, la parte ejecutante evacuando en tiempo y forma el traslado conferido, se al lo siguiente:ñ ó .- En cuanto a la primera excepci n sostiene que ó en la cl usula sexta de laá escritura p blica de fecha 8 de Julio del 2022, se hace menci n de las facultades deú ó representaci
Fallo
por tanto, si el propio banco no ha terminado laí vigencia del representante legal o revocado, esta se encuentra vigente y, por ende, es suficiente. .- En cuanto a la segunda excepci n, indica que en la autorizaci n notarialó ó contenida en la p gina 4 del pagar se autoriza la firma de Suscriptor y Aval , es decir,á é “ ” se autoriz la firma de Eduardo Vallejos Jorquera tanto por s mismo como enó í representaci n de la empresa deudora.ó .- En lo que dice relaci n con la tercera y ltima excepci n, sostiene que no hayó ú ó respaldo alguno que acredite que la fecha de mora es otra distinta de la se alada en lañ demanda y por ello ni la acci n ni la deuda se encontrar an prescritas.ó í TERCERO: Que, en estos autos rola copia autorizada de la escritura p blica deú fecha 17 de noviembre de 2021, otorgada en la Notar a de Santiago de do a Mar aí ñ í Lascar Merino, en la que comparece don Danilo Alex Torres Villarroel, qui né debidamente facultado confiri mandato judicial entre otros, a donó Jaime Gabriel Vel squez Navarro y a do a Macarena Alejandra Mart nez Guajardoá ñ í , para que represente a su mandante en todos los juicios ante cualquier tribunal, dej ndoseá constancia en la misma escritura de su personer a para actuar en representaci n de Itaí ó ú Corpbanca de fecha 26 de octubre de 2016, otorgada en la Notar a de don Rení é Benavente Cash. De esta manera y en virtud de las reglas del onus probandi contenidas en el art culo 1698 del C digo Civil, le correspond a acreditar a
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C-1639-2023 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1639-2023 CARATULADO : ITAU - CORPBANCA S.A./Comercial Santiagonuts SpA Santiago, tres de Abril de dos mil veinticuatro VISTO: Comparece con fecha 31 de enero de 2023, don Jaime Gabriel Vel squezá Navarro y do a Macarena Alejandra Mart nez Guajardo, abogados, domiciliados enñ í C
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