2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VICENCIO/TRANSPORTES E INVERSIONES BERMAL SPA

Rol

M-696-2024

Fecha

4 de junio de 2024

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1.- DOCUMENTAL DEMANDANTE X 2.- CONFESIONAL A SOLICITUD DEMANDANTE X 3.- TESTIMONIAL DEMANDANTE X 4.- DOCUMENTAL DEMANDADA X 5.- CONFESIONAL A SOLICITUD DEMANDADA X · DESISTIMIENTO RESPECTO DEMANDADA SOLIDARIA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · DICTACIÓN DE SENTENCIA X Al escrito acompaña documentos y acompaña medios de prueba presentados por las demandadas: Por digitalizados los documentos sin perjuicio de su ofrecimiento e incorporación en su oportunidad. Al escrito tenga presente presentado por la parte demandada: A lo principal y al otrosí, por digitalizados los documentos, téngase presente sin perjuicio de lo que se resuelva en la audiencia. Al escrito cumple lo ordenado presentado por la parte demandante: A lo principal y al otrosí, téngase presente, por digitalizados los documentos sin perjuicios de su ofrecimiento e incorporación en su oportunidad. Llamado a Conciliación: Llamadas las partes a conciliación esta no se produce, la demandada principal propone la suma de $600.000.-, la demandante no señala monto. Hechos a Probar: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1. Fecha de inicio de la relación laboral entre demandante y demandada principal, funciones desempeñadas, remuneración pactada y percibida por el demandante. 2. Fecha de término de los servicios del demandante. Pormenores y circunstancias, en especial si fue por despido de la demandada principal o mutuo acuerdo. 3. Prestaciones adeudadas al demandante al término de los servicios referida a feriado proporcional. 4. Si entre las partes se firmó finiquito con pleno poder liberatorio. 5. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del demandante. 6. Si a la demandada EMPRESAS GASCO S.A. le asiste re

Fundamentos

Fundamentos íntegros constan en registro de audio. Confesional: Absuelve posiciones don BERNARDO ABDÓN MALDONADO VERDUGO en su calidad de representante legal de la demandada Transportes e Inversiones Bermal Spa, cuya declaración consta en audio.- Testimonial: Declaran legalmente juramentados los siguientes testigos, según consta en audio.- 1. Pamela del Pilar Díaz Carrasco, cédula de identidad Nº 15.406.111-8. LA PARTE DEMANDADA OFRECE E INCORPORA LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Finiquito suscrito por don Patricio Andrés Vicencio Zamorano.- 2. Contrato de trabajo suscrito por don Patricio Andrés Vicencio Zamorano.- 3. Certificado de Cotizaciones previsionales de don Patricio Andrés Vicencio Zamorano.- 4. Liquidaciones de sueldo del periodo trabajado por don Patricio Andrés Vicencio Zamorano.- Se deja constancia que no hay objeciones ni de fondo ni de pertinencia respecto de los documentos ofrecidos.- Confesional: Absuelve posiciones el demandante don PATRICIO ANDRÉS VICENCIO ZAMORANO, cuya declaración consta en audio.- Observaciones a la prueba: Las partes realizaron sus respectivas observaciones a la prueba, según constan en registro de audio. Sentencia Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 10, 41, 42, 162, 159 Nª1, 177, 420 y siguientes, 453, 454 y siguientes, 496 y siguientes, se resuelve: I. Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por don PATRICIO ANDRÉS VICENCIO ZAMORANO, en contra de TRANSPORTES E INVERSIONES BERMAL SPA, representada legalmente por don Bernardo Maldonado Verdugo en todas sus partes, al haberse suscrito finiquito con pleno poder liberatorio. II. Que se condena en costas al demandante por haber resultado totalmente vencido, regulándose las costas personales en la suma de $50.000 (cincuenta mil pesos).- III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo. Asimismo, ejecutoriada la sentencia devuélvanse los documentos a las partes a sola petición verbal. Regístrese, archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas en este acto de la presente sentencia y de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia. Dirigió doña LORENA FLORES CANEVARO, Jueza Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cuatro de junio de dos mil veinticuatro.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 04 DE JUNIO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 24-4-0550116-K RIT M-696-2024 SALA 17 N° DE CUSTODIA 1374-2024 MAGISTRADO LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAROLINA HAPETTE OLIVERA HORA DE INICIO 10:25 HORAS HORA DE TERMINO 11:50 HOR

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