1º Juzgado de Letras de Linares

MINERA PEÑOLES DE CHILE LIMITADA/

Rol

V-153-2023

Fecha

2 de abril de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, comparece don MARCELO OLIVARES CABRERA, abogado, chileno, casado, cédula nacional de identidad Nº10.703.661-K, correo electrónico molivares@quinzio.cl, en representación de MINERA PEÑOLES DE CHILE LIMITADA, sociedad chilena, del giro de su denominación, RUT Nº76.670.380-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova 5151 Of. 902, comuna de Las Condes, Santiago, a SS respetuosamente dice: Que deseando constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos, ubicados en la Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule, viene en presentar un pedimento minero que denominará "CISTERNAS 5B". Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio son las siguientes: 5.974.500,00 metros Norte y 316.500,00 metros Este referidos al Elipsoide Internacional 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956, Huso 19. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el Punto Medio ya indicado y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Dos de los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas. POR TANTO, En mérito de lo expuesto y de acuerdo a los artículos treinta y cuatro y siguientes del Código de Minería, RUEGA A US.: se sirva tener por presentado este pedimento, ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, ordenando dar copia autorizada al efecto, conforme lo dispuesto en el artículo 47 del Código de Minería y en definitiva, declarar constituida la concesión minera de exploración pedida otorgándola a su representada. A folio 13, rola informe técnico favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería del Maule. A folio 19, estando la causa en estado, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don MARCELO OLIVARES CABRERA, abogado, chileno, casado, cédula nacional de identidad Nº10.703.661-K, correo electrónico molivares@quinzio.cl, en representación de MINERA PEÑOLES DE CHILE LIMITADA, sociedad chilena, del giro de su denominación, RUT Nº76.670.380-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova 5151 Of. 902, comuna de Las Condes, Santiago, a SS respetuosamente dice: Que deseando constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos, ubicados en la Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule, viene en presentar un pedimento minero que denominará "CISTERNAS 5B". Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio son las siguientes: 5.974.500,00 metros Norte y 316.500,00 metros Este referidos al Elipsoide Internacional 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956, Huso 19. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el Punto Medio ya indicado y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Dos de los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas.

Fallo

POR TANTO, En mérito de lo expuesto y de acuerdo a los artículos treinta y cuatro y siguientes del Código de Minería, RUEGA A US.: se sirva tener por presentado este pedimento, ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, ordenando dar copia autorizada al efecto, conforme lo dispuesto en el artículo 47 del Código de Minería y en definitiva, declarar constituida la concesión minera de exploración pedida otorgándola a su representada. A folio 13, rola informe técnico favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería del Maule. A folio 19, estando la causa en estado, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don MARCELO OLIVARES CABRERA, abogado, chileno, casado, cédula nacional de identidad Nº10.703.661-K, correo electrónico molivares@quinzio.cl, en representación de MINERA PEÑOLES DE CHILE LIMITADA, sociedad chilena, del giro de su denominación, RUT Nº76.670.380-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova 5151 Of. 902, comuna de Las Condes, Santiago, a SS respetuosamente dice: Que deseando constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos, ubicados en la Comuna de Colbún, Provincia de Linares, Región del Maule, viene en presentar un pedimento minero que denominará "CISTERNAS 5B". Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio son las siguientes: 5.974.500,00 metros Norte y 316.500,00 metros Este referidos al Elipsoide Internacional 1924, Datum Sud

Texto Completo (Preview)

CAUSA : V-153-2023 SOLICITANTE : MINERA PEÑOLES DE CHILE LIMITADA. RUT : 76.670.380-1. MATERIA : PEDIMENTO MINERO ABOGADO : KARLA ANDREA CASTRO MARTÍNEZ. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Linares, dos de Abril de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, comparece don MARCELO OLIVARES CABRERA, abogad

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