3º Juzgado Civil de Temuco

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, REGION DE LA ARAUCANIA./ATLANT CHILE SEA FOOD SPA

Rol

C-3845-2022

Fecha

2 de abril de 2024

Materia

PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don Rodrigo Palma Flores, funcionario del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, organismo de Derecho P blico, ambos para estos efectos con domicilio en pasajeú Pirineos Nro.- 0830, de la ciudad de Temuco e indica que cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 125 N 1 de la Ley General de Pesca yí º Acuicultura, vengo en formular denuncia en contra de ATLANT CHILE SEA FOOD SpA, RUT Nro.- 77.548.771-2, direcci n Avenida Manueló Recabarren 1374, Temuco, representada legalmente por la do a Anañ Martinez Rivas, C dula de Identidad Nro.- 17.516.159-7, cuya profesi n ué ó oficio desconozco, con domicilio en Calle Guillermo Marconi 02590, Temuco, por haber transgredido la normativa pesquera vigente, en particular: Art culo 121 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura, cuyoí texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto Nº 430, del a o 1991.- Funda la presente denuncia en las consideraciones deñ hecho y argumentos de derecho que a continuaci n se pasan a exponer:ó HECHOS QUE CONSTITUYEN LA INFRACCI N QUE DAÓ ORIGEN A LA DENUNCIA DE AUTOS: l.- El d a 18 de noviembre delí 2022 siendo aproximadamente las 10:00 hrs, en una fiscalizaci nó programada por el departamento de fiscalizaci n, a continuaci n de unaó ó fiscalizaci n de medios de transportes, se inspeccion en conjunto conó ó funcionarios del Servicio y Carabineros de Chile la pescader a Atlan Chileí Sea Food, ubicada en Avenida Manuel Recabarren Nro.- 1374 comuna de Temuco de la denunciada Atlant Chile Sea Food Spa. 2.- AI ingresar al Código: FHXGXMSKXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl local se identificaron como funcionarios del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, con el encargado en ese momento del local, seguido a lo cual se dirigi a la c mara de fr a para inspeccionar los recursos pesquerosó á í almacenados, la c mara estaba con su puerta abierta, ante esto el encargadoá de local se a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 comparece don Rodrigo Palma Flores, funcionario del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA e indica que cumplimiento a lo dispuesto en el art culoí 125 N 1 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, vengo en formularº denuncia en contra de ATLANT CHILE SEA FOOD SpA, representada legalmente por la do a Ana Martinez Rivas, por haber transgredido lañ normativa pesquera vigente, en particular: Art culo 121 bis de la Leyí General de Pesca y Acuicultura, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el decreto N 430, del a o 1991.- Funda laº ñ presente denuncia en las consideraciones de hecho y argumentos de derecho que a continuaci n se pasan a exponer: HECHOS QUE CONSTITUYENó LA INFRACCI N QUE DA ORIGEN A LA DENUNCIA DE AUTOS:Ó l.- El d a 18 de noviembre del 2022 siendo aproximadamente las 10:00 hrs,í en una fiscalizaci n programada por el departamento de fiscalizaci n, aó ó continuaci n de una fiscalizaci n de medios de transportes, se inspeccionó ó ó en conjunto con funcionarios del Servicio y Carabineros de Chile la pescader a Atlan Chile Sea Food, ubicada en Avenida Manuel Recabarrení Nro.- 1374 comuna de Temuco de la denunciada Atlant Chile Sea Food Spa. 2.- AI ingresar al local se identificaron como funcionarios del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, con el encargado en ese momento del Código: FHXGXMSKXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl local, seguido a lo cual se dirigi a la c mara de fr a para inspeccionar losó á í recursos pesqueros almacenados, la c mara estaba con su puerta abierta,á ante esto el encargado de local se apresur y cerr la puerta de la c maraó ó á de fr a y le puso un candado, impidiendo as , el ingreso a la c mara de fr o,í í á í obstaculizando de esta forma la fiscalizaci n. 3.- Se le solicit al encargadoó ó del local que abriera la c mara de fr a, que retire el candado que hab aá í í puesto para cerrar la puerta de acceso. Se le dio a conocer la disposici nó legal otorgada por la Ley General de Pesca y Acuacultura, que faculta al Sernapesca y Carabineros de Chile, para de ingresar a cualquier dependencia de la comercializadora para verificar cumplimiento de la normativa pesquera. 4.- Se convers con el encargado del local, quien noó quiso dar su nombre, haci ndole ver la posibilidad de generar unaé infracci n por obstrucci n a la fiscalizaci n a lo que adujo que el s loó ó ó ó trabaja ah , que su jefe dio esa instrucci n, "El due o tiene la llave" y queí ó ñ lo llamar , se comunic con el due o v a telef nica, esta conducta esá ó ñ í ó reiterativa pues en inspecciones anteriores a otros funcionarios, les ha sucedido lo mismo, cierre de c mara con candado. El funcionario delá servicio don Mauricio Steffen quien ven a a cargo del procedimiento llamí ó por tel fono al Sr. Francisco Javier Dom nguez Ulloa RUT 18.142291-2,é í quien se identific como due o o administrador, adujo que se encontrabaó ñ f

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que NO HA LUGAR a la denuncia formulada a folio 1 por don Rodrigo Palma Flores, funcionario del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA en contra de ATLANT CHILE SEA FOOD SpA, representada legalmente por la do a Ana Mart nez Rivas yñ í en consecuencia SE ABSUELVE a la denunciada de la denuncia se alada.ñ II.- Que cada parte soportar sus costas. á An tese, reg strese, notif quese por carta certificada y arch vese en suó í í í oportunidad.- Rol Nro.- 3845 - 2022 Código: FHXGXMSKXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, dos de abril de dos mil veinticuatro Código: FHXGXMSKXXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-02T13:01:47-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3845-2022 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, REGION DE LA ARAUCANIA./ATLANT CHILE SEA FOOD SPA Temuco, dos de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1 comparece don Rodrigo Palma Flores, funcionario del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, organismo de Derecho P blico, ambos para es

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