23º Juzgado Civil de Santiago

CONTRERAS/HENRÍQUEZ

Rol

C-9344-2023

Fecha

2 de abril de 2024

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Compareci ó Sergio Alfredo Contreras Candia, chileno, ingeniero, domiciliado en calle Parque Puyehue Sur N 9075, comuna de Pe alol n de° ñ é esta ciudad, quien en procedimiento sumario entabl demanda de precarioó en contra de Gloria Amparo Del Carmen Henr quez Palaciosí , ignora profesi n u oficio, con domicilio en calle An bal Pinto N 4269, comuna deó í ° Macul de esta ciudad. A folio 5 se dio curso a la demanda. A folio 13 consta haberse practicado la notificaci n de la demanda aó la parte demandada. A folio 14 compareci la parte demandada contestando la demanda,ó solicitando el rechazo de la misma. A folio 18 consta haberse celebrado la audiencia de contestaci n yó conciliaci n. En ella se ratific el contenido de la demanda, se tuvo poró ó contestada la demanda mediante la minuta escrita presentada a folio 14 y efectuado el llamado a conciliaci n aquel no prosper .ó ó A folio 19 se recibi la causa a prueba, que consta debidamenteó notificada a ambas partes a folios 21 y 23. A folio 27 consta haberse celebrado la audiencia de prueba testimonial rendida por la parte demandante. A folio 30 se cit a las partes a o r sentencia.ó í Código: XHSPXMYWXGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9344-2023 Foja: 1 Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la parte demandante sostuvo que es due o de lañ propiedad ubicada en calle An bal Pinto N 4269 de la comuna de Macul deí ° esta ciudad, que adquiri por compra a la sociedad Asesor as e Inversionesó í Santa Florencia SpA, ignorando al momento de su adquisici n lasó condiciones en las que se encontraba, tomando conocimiento con posterioridad que ten a moradores.í Desde la fecha de adquisici n el inmueble se encuentra ocupado poró la demandada por mera tolerancia y sin mediar t tulo alguno que loí justifique, habi ndose negado reiteradamente la demandada a su restituci n,é ó pese a las peticiones formuladas en tal sentido, solicitando en definitiva se declare su derecho a que se le restituya el inmueble y se disponga el lanzamiento de la demandada y de otros moradores que all se encuentren.í Segundo: Que la parte demandada cuestion la mala fe procesal deló actor, aduciendo que adquiri el inmueble mediante compraventa el a oó ñ 2004- 30 de noviembre- efectuada Humberto Reimundo Arratia Villas, habiendo pagado el precio mediante un cr dito hipotecario contra do en elé í Banco de Cr dito e Inversiones.é Si bien inicialmente pag las primeras cuotas le fue imposibleó continuar haci ndolo, por lo que dicha entidad bancaria embarg elé ó inmueble, para finalmente adjudic rselo y vend rselo a la sociedad Asesor asá é í e Inversiones Santa Florencia SpA, precisando que esta ltima demand aú ó su parte en procedimiento sumario seguido ante el 18 Juzgado Civil de esta° ciudad bajo el rol N 30659-2018, que se encuentra vigente y con° tramitaci n de una incidencia de abandono del procedimiento.ó As las cosas, prosigui , la mencionada sociedad vendi el inmueble alí ó ó actor, sin haber solicitado autorizaci n alguna para enajenar el inmueble oó que dicho tribunal la haya concedido. Finalmente cuestion y refut la mera tolerancia del actor y que aqueló ó haya pedido la restituci n de la propiedad, solicitando en definitiva seó desestime la demanda en todas sus partes. Código: XHSPXMYWXGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9344-2023 Foja: 1 Tercero: Que recibida la causa a prueba la parte demandante incorpor la siguiente prueba instrumental: 1.- certificado de dominioó vigente y de hipotecas y grav menes de la propiedad; 2.- ebook y laá resoluci n dictada por el 12 Juzgado Civil de esta ciudad en causa roló ° 1007-2023; 3.- certificado de aval o fiscal del inmueble.ú Cuarto: Que igualmente la parte demandante rindi pruebaó testimonial, consistente en la declaraci n de Miguel ngel Mu oz Mart nezó Á ñ í y de Marcela Andrea Silva Guti rrez, seg n consta a folio 27.é ú Quinto: Que a su turno la parte demandada rindi la siguienteó prueba documental: copia de inscripci n de dominio de inmueble.ó Sexto: Que en relaci n con la titularidad en la posesi n del inmuebleó ó cuya restituci n se pide, con el m rito de la copia de inscripci n de dominioó é ó acompa ada a la demanda, el c

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda, conden ndose a la parte demandada aá restituir dentro de 3 d a° í desde que la presente sentencia cause ejecutoria la propiedad de calle An bal Pinto N 4269 de la comuna de Macul de estaí ° ciudad, bajo apercibimiento de ser lanzada con auxilio de la fuerza p blica junto a todos quienes habiten en ella y sus enseres en caso deú oposici n. ó II.- Que resultando totalmente vencida se condena a la parte demandada al pago de costas. Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Suplente.Á Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Abril de dos mil veinticuatro. Código: XHSPXMYWXGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9344-2023 Foja: 1 Código: XHSPXMYWXGR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-02T08:04:06-0300

Texto Completo (Preview)

C-9344-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9344-2023 CARATULADO : CONTRERAS/HENR QUEZÍ Santiago, dos de Abril de dos mil veinticuatro. Visto: Compareci ó Sergio Alfredo Contreras Candia, chileno, ingeniero, domiciliado en calle Parque Puyehue Sur N 9075, comuna de Pe alol n de° ñ é esta ciudad, quien en procedimiento sumario entabl de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica