SERVICIOS FINANCIEROS PROGRESO S.A./EMPRESA DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SAN JOSE SPA
Rol
C-6466-2023
Fecha
1 de abril de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 19 de enero de 2024 comparece el abogado don Carlos Arturo Elgueta Rojas, domiciliado en calle Diagonal Travesía, 0586, Pudahuel, en representación convencional de Servicios Financieros Progreso S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por su gerente general don Cristian Álvarez Inostroza, ingeniero Civil, ambos domiciliados en calle Miraflores N°222, piso 25°, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Empresa de Ingeniería y Construcciones San José Spa, sociedad del giro terminación y acabado de edificios, RUT 76.028.652-4, representada legalmente por don Bryan Victor Schneeberger Mackay, ignoro profesión u oficio, todos con domicilio en Camino Huichahue Km 3,8, ruta S-51, Sector Lorena, Padre de Las Casas, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 31 de enero de 2024 la demandada es notificada de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente requerida de pago con fecha 01 de febrero de 2024. Con fecha 10 de febrero de 2024 la ejecutada opone excepciones a la ejecución. Con fecha 16 de febrero de 2024 el ejecutante evacúa el traslado de las excepciones, solicitando el rechazo de las mismas, con costas. Con fecha 19 de febrero de 2024 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba Con fecha 19 de marzo de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de enero de 2024 comparece el abogado don Carlos Arturo Elgueta Rojas, domiciliado en calle Diagonal Travesía, 0586, Pudahuel, en representación convencional de Servicios Financieros Progreso S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por su gerente general don Cristian Álvarez Inostroza, ingeniero Civil, ambos domiciliados en calle Miraflores N°222, piso 25°, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Empresa de Ingeniería y Construcciones San José Spa, sociedad del giro terminación y acabado de edificios, RUT 76.028.652-4, representada legalmente por don Bryan Victor Schneeberger Mackay, ignoro profesión u oficio, todos con domicilio en Camino Huichahue Km 3,8, ruta S-51, Sector Lorena, Padre de Las Casas, al siguiente tenor: “Consta del mérito del proceso que el demandado - ejecutado de autos, esto es, la Empresa de Ingeniería y Construcciones San José SpA., fue notificada judicialmente del cobro de las siguientes facturas de la cual mi representada es dueña en calidad de cesionaria de los créditos contenidos en ellas: 1.- Factura electrónica cedible N°89, emitida el día 26 de Mayo de 2023, por la suma de $5.928.000.- iva incluido, con fecha de vencimiento y pago a 30 días, emitida por Constructora J&J SpA.. 2.- Factura electrónica cedible N°93, emitida el día 04 de Julio de 2023, por la suma de $8.605.683.- iva incluido, con fecha de vencimiento y pago a 30 días, emitida por RYR Constructora SpA. La factura singularizada al ser electrónica fue recepcionada electrónicamente por su destinatario. Código: GTXVXMCNMDR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6466-2023 Tal cual consta de la gestión de protesto de las referidas facturas, una vez notificado judicialmente de su obligación al pago de las facturas aludidas, el demandado no alegó en el mismo acto o bien dentro de tercero día la falsificación material de la factura o guía o guías de despacho respectivas, o del recibo al que refiere la letra c) del artículo 5 de la ley 19.983.-, adquiriendo la factura todos los requisitos copulativos contenidos en el artículo 5° de la Ley 19.983, que le otorgan mérito ejecutivo para perseguir el cobro del crédito contenido en dichas facturas, crédito respecto del cual mi representada es su única dueña. Bien, conforme lo expuesto el crédito cuyo cobro se sigue en autos, consta de título ejecutivo, pues como vemos se encuentra preparada la vía ejecutiva por la notificación de las facturas individualizadas, adeudando la ejecutada a mi representada la suma total de $14.533.683.- (catorce millones quinientos treinta y tres mil seiscientos ochenta y tres pesos), más los intereses corrientes los cuales se deben calcular desde el primer día de la mora hasta la fecha de su pago efectivo, ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° bis de la Ley 19.983, y además una comisión de cobranza correspondiente al 1% del imp
Fallo
se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba Con fecha 19 de marzo de 2024 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de enero de 2024 comparece el abogado don Carlos Arturo Elgueta Rojas, domiciliado en calle Diagonal Travesía, 0586, Pudahuel, en representación convencional de Servicios Financieros Progreso S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por su gerente general don Cristian Álvarez Inostroza, ingeniero Civil, ambos domiciliados en calle Miraflores N°222, piso 25°, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Empresa de Ingeniería y Construcciones San José Spa, sociedad del giro terminación y acabado de edificios, RUT 76.028.652-4, representada legalmente por don Bryan Victor Schneeberger Mackay, ignoro profesión u oficio, todos con domicilio en Camino Huichahue Km 3,8, ruta S-51, Sector Lorena, Padre de Las Casas, al siguiente tenor: “Consta del mérito del proceso que el demandado - ejecutado de autos, esto es, la Empresa de Ingeniería y Construcciones San José SpA., fue notificada judicialmente del cobro de las siguientes facturas de la cual mi representada es dueña en calidad de cesionaria de los créditos contenidos en ellas: 1.- Factura electrónica cedible N°89, emitida el día 26 de Mayo de 2023, por la suma de $5.928.000.- iva incluido, con fecha de vencimiento y pago a 30 días, emitida por Constructora J&J SpA.. 2.- Factura electrónica cedible
Texto Completo (Preview)
C-6466-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-6466-2023 CARATULADO : SERVICIOS FINANCIEROS PROGRESO S.A./EMPRESA DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES SAN JOSE SPA Temuco, uno de Abril de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 19 de enero de 2024 comparece el abogado don Carlos Arturo Elgueta Rojas, domiciliado en calle Diagonal Travesía, 0586, Pudahuel, e
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