2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

MINERA CENTINELA/

Rol

V-728-2023

Fecha

2 de abril de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, Cédula Nacional de Identidad 10.742.018-5, en representación de Minera Centinela, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT 76.727.040-2, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, piso N°18, comuna Las Condes, Santiago, con fecha 16 de noviembre del año 2023, a las 12:33:27 horas, formuló el pedimento de la concesión de exploración denominada “CARABIA E 25”, con una superficie de 200 hectáreas. SEGUNDO: Que con fecha 30 de noviembre del año 2023, el pedimento fue inscrito a fojas 5.417, bajo el Nº2.930, del año 2023, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. TERCERO: Que con fecha, 11 de diciembre del año 2023, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº969, de fecha 6 de marzo del año 2024, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y el plano están conformes con las disposiciones legales. QUINTO: Que las coordenadas U. T. M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y su punto medio son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.416.000,00 477.500,00 V1 7.417.000,00 477.000,00 V2 7.417.000,00 478.000,00 V3 7.415.000,00 478.000,00 V4 7.415.000,00 477.000,00 SEXTO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los Código: XYSXXMQNRNR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “CARABIA E 25” con una superficie de 200 hectáreas, a favor de Minera Centinela representada por don Juan Esteban Poblete Newman, ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Remítase por correo electrónico copia de esta sentencia y plano original al Servicio Nacional de Geología y Minería. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas ejecutoriada la presente sentencia por correo electrónico. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad ARCHIVESE. Dictada por Andrea Przbyszewski Jopia, Jueza Suplente. Antofagasta, dos de Abril del año dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Código: XYSXXMQNRNR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-04-02T12:54:21-0300

Texto Completo (Preview)

ROL : V-728-2023 MATERIA : PEDIMENTO MINERO “CARABIA E 25” CÓDIGO : P02 SOLICITANTE : MINERA CENTINELA FECHA INICIO : 16.11.2023 Antofagasta, dos de Abril del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, casado, abogado, Cédula Nacional de Identidad 10.742.018-5, en representación de Minera Centinela, sociedad chilena del giro de su denom

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