CAMPILLAY/
Rol
V-181-2023
Fecha
1 de abril de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1, comparece don JOSE NARVAEZ ARMAZAN, abogado, chileno, cédula nacional de identidad número 15.002.615-6, en representación de doña GUILLERMINA DE LAS MERCEDES CAMPILLAY AHUMADA, labores domésticas, chilena, cédula de identidad número 3.727.372-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Simón Bolívar N°202, Oficina N°1302, Edificio Finanzas, comuna de Iquique, indicando que en su calidad de hija de doña NATIVIDAD DEL CARMEN AHUMADA TORREBLANCA, cédula de identidad número 2.603.605-4, fallecida con fecha 21 de enero del 2019, quien viene en presentar solicitud de anotación marginal en los siguientes términos: Señala que con fecha 28 de abril de 1997 se suscribió por doña Natividad Del Carmen Ahumada Torreblanca, escritura pública de compraventa en la notaria de don Néstor Araya Blazina, bajo el repertorio N°1658, consignándose erróneamente, como estado civil de la referida, el de soltera, en circunstancias en que a la fecha de celebración del contrato, se encontraba casada bajo el régimen de sociedad conyugal. Dicha escritura fue inscrita a fojas 1362 número 2472 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 1997. Agrega que dicho error, fue advertido el año 2023, al momento en que al intentar los herederos de doña Natividad Ahumada Torreblanca, inscribir la posesión efectiva ante el Conservador de Bienes Raíces, son informados por el Sr. Conservador, que el estado civil de casada que figura en el documento presentado a inscripción, no se condice con el estado civil de soltera que refiere el registro. Código: KVBJXMXHDVQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Manifestando que el error resulta evidente, se solicitó al Sr. Archivero Judicial que practicara una anotación marginal en la escritura pública referida, enmendando el mismo. A lo que este se rehusó, argumentando que esta responsabilidad corresponde al Notario Públ
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 411 del Código Orgánico de Tribunales; y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: I.- SE ACOGE la solicitud formulada por doña Guillermina De Las Mercedes Campillay Ahumada, SOLO EN CUANTO se ordena al Notario Público Titular de Iquique don Néstor Araya Blazina, se constituya en las dependencias del Archivo Judicial de Iquique, y proceda a practicar la anotación rectificatoria al margen de la escritura pública repertorio N° 1658, de fecha 28 de abril de 1997, en la que se individualizó el estado civil de doña Natividad Del Carmen Ahumada Torreblanca como “soltera”, en circunstancias que debió consignarse estado civil como “casada”, RECHAZÁNDOSE EN LO DEMÁS. II.- Cumplido lo anterior, el Conservador de Bienes Raíces de Iquique, Sr. Enzo Redolfi González, deberá rectificar la inscripción de la escritura pública de compraventa repertorio N°1658, de fecha 28 de abril de 1997 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, mediante la subinscripción pertinente, dejando constancia que el estado civil de la compareciente doña Natividad Del Carmen Ahumada Torreblanca es el de “casada”, así como cualquier otra subinscripción o anotación marginal que sea pertinente, a fin de dar cumplimiento al presente fallo. III.- Comuníquese al Sr. Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Iquique, y al Sr. Conservador y Archivero Judicial de esta ciudad. Notifíquese,
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FOJA: 22 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : V-181-2023 CARATULADO : CAMPILLAY/ Iquique, uno de abril de dos mil veinticuatro VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: A folio 1, comparece don JOSE NARVAEZ ARMAZAN, abogado, chileno, cédula nacional de identidad número 15.002.615-6, en representación de doña GUILLERMINA DE LAS MERCEDES CAMPILLAY AHUMAD
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