URIBE/BOBRENTAL S.A.
Rol
O-5574-2023
Fecha
3 de junio de 2024
Materia
Despido indirecto, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece HANS ERARDO URIBE HENRÍQUEZ, cédula de identidad número 15.700.428-K, domiciliada para estos efectos en Avenida Líbano N° 4960, Block C, Depto. 12, comuna de Macul, región Metropolitana y deduce demanda de despido indirecto, despido injustificado, indebido e improcedente y cobro de prestaciones, en contra de BOB RENTAL S.A., rol único tributario número 86.136.700-2, representada legalmente VICENTE ANTONIO BASCUÑAN FERRER, cédula nacional de identidad 9.378.672-6, ambos domiciliados para estos efectos en Camino El Alba 2, Sitio 1, Parcela 31, comuna de Colina, región Metropolitana, debido a los siguientes argumentos de hecho y de derecho: Refiere que con fecha 10 de agosto del año 2018, ingresó a prestar servicios, bajo subordinación y dependencia, para la demandada, desempeñando las labores indicadas en el contrato de trabajo de operador de maquinaria, contrato que pasaría a tener duración indefinida por firma de anexo de contrato de trabajo de fecha 01 de marzo de 2019. El lugar de prestación de los servicios sería la comuna de Colina, específicamente en Los Algarrobos IV A, sitio 36, ubicado en la región Metropolitana. La jornada laboral pactada en el contrato de trabajo era de lunes a viernes con un horario de 08:00 a 18:00, con una hora correspondiente a colación no imputable a la jornada de trabajo. En lo que se refiere a las remuneraciones por las labores y según lo estipulado en el artículo 172 del Código del Trabajo, percibía una remuneración mensual base equivalente a un ingreso mínimo, más asignaciones correspondientes a la máquina que le fuera asignada por la empresa durante la jornada de trabajo de acuerdo a lo establecido en la cláusula decimotercera del contrato colectivo firmado con fecha 30 de diciembre del año 2020. De conformidad con lo anteriormente expuesto, sumado a que durante el último tiempo de la relación laboral se encontraba con reiteradas licencias médicas, para la base de cálculo se deberán considerar los últimos meses trabajados íntegramente, estos son: enero 2022, septiembre 2021 y octubre 2021, meses que reajustados al ingreso mínimo actual dan un promedio de $990.618.- Explica que con fecha 07 de julio del año 2023, puso término a la relación laboral debido a que el ex empleador incurrió en la causal contemplada en el artículo 160 N°1 letra f) del Código del Trabajo, de conformidad a los hechos descritos en la carta y dio cumplimiento a lo previsto en el artículo 162 del mismo cuerpo legal, la carta fue remitida por correo certificado a al empleador. Refiere que los hechos que motivaron la terminación del contrato de trabajo, de acuerdo a lo expresado en la carta de despido indirecto son: - En primer lugar, durante la duración de la relación laboral, nunca fue objeto de amonestaciones y mantuve siempre una buena actitud en el trabajo, por su parte el empleador ha incurrido en incumplimientos graves de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo y las leyes laborales
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 67, 160 N°1, letra f), 171, 420, 423, 425 a 432, 434 a 439, 440 a 462 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se RECHAZA, en todas sus partes, la demanda de despido indirecto o autodespido interpuesta por el trabajador HANS ERARDO URIBE HENRIQUEZ, C.I. 15.700.428-K en contra del empleador BOB RENTAL S.A. RUT: 86.136.700-2, representado legalmente por don Vicente Antonio Bascuñán Ferrer, C.I. 9.378.672-6 y se declara que la relación habida entre las partes terminó con fecha 7 de julio de 2023, por la causal prevista en el artículo 159 N°2 del Código del Trabajo, esto es, por renuncia voluntaria del trabajador. II.- Cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada la presente sentencia, devuélvase la custodia a las partes a sólo requerimiento verbal. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: O-5574-2023 RUC: 23-4-0504967-8 Dictada por doña Maritza Regina Vásquez Díaz, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece HANS ERARDO URIBE HENRÍQUEZ, cédula de identidad número 15.700.428-K, domiciliada para estos efectos en Avenida Líbano N° 4960, Block C, Depto. 12, comuna de Macul, región Metropolitana y deduce demanda de despido indirecto, despido injustificado, indebido e improcedente y cobro de prestaciones, en cont
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