PEARSON/
Rol
V-209-2023
Fecha
28 de marzo de 2024
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece do a ANDREA DEL CARMEN PE A CORT S,ñ Ñ É abogada, domiciliada en Compa a N 1390, oficina N 1304, comuna de Santiago, enñí ° ° representaci n de don MICHAEL PETER PEARSON SIMON, empresario,ó domiciliado en Cacique Blanco, Comuna Lago Verde, Regi n de Ays n, solicitandoó é autorizaci n para donar a su c nyuge, CORNELIA HILDEGART HUBERT, losó ó inmuebles correspondientes al departamento N 242, del vig simo cuarto piso, la Bodega° é N 63 del segundo subterr neo y de los Estacionamientos N 161 y N 162 del segundo° á ° ° subterr neo, todos del Edificio los Andes, por acceso de calle Brasilia N 750, comuna deá ° Las Condes, los cuales figuran inscritos en el Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí a fojas 34.143, n mero 51.819 correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2013;ú ñ avaluados en la suma de $228.558.317. Expone que la donaci n a su c nyuge se realiza por mera liberalidad, de formaó ó gratuita e irrevocable. Se ala que el donante dispone de bienes suficientes para llevar a cabo lañ donaci n, sin afectar su subsistencia, ni generar ning n tipo de detrimento econ micoó ú ó significativo en su patrimonio. Adem s, agrega no tener cargas familiares, ya que susá hijas son adultas, capaces de mantenerse y de subsistir de forma independiente con sus actividades profesionales que ejercen en el extranjero. Previas citas legales, solicita tener por presentada solicitud de insinuaci n deó donaci n, admitir a tramitaci n y cumpli ndose los requisitos legales para que seaó ó é procedente, autorizar la donaci n objeto de autos.ó A folio 8, se agreg informaci n sumaria de testigos ante Receptor Judicial.ó ó A folio 10, se orden extraer por v a interconexi n certificado de matrimonio deló í ó donante. A folio 11, se incorpor certificado de matrimonio de don MICHAEL PETERó PEARSON SIMON. A folio 14, se acompa Certificado de Pago del Impuesto a las Donaciones,ñó Folio N 5261657, emitido por el Servicio de Impuestos Internos.° A folio 17, se
Fundamentos
fundamentos de su petici n, el solicitanteó acompa a la carpeta digital, los siguientes instrumentos que a continuaci n señó ó individualizan. 1.- Copia con vigencia del Registro de Propiedad de la inscripci n de fojasó 34.143, n mero 51.819 correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2013.ú ñ 2.- Certificado de Hipotecas, Grav menes, Interdicciones y Prohibiciones deá Enajenar, emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del inmuebleí inscrito a fojas 34.143, n mero 51.819 del Registro de Propiedad del a o 2013.ú ñ 3.- Certificado de nacimiento del donante, don MICHAEL PETER PEARSON SIMON, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, con fecha 7 de julioó de 2023. 4.- Certificados de Aval o Fiscal. Aval os en pesos del Primer Semestre de 2023,ú ú emitido por el Servicio de Impuestos Internos, con fecha 20 de junio de 2023. 5.- Declaraciones sobre Enajenaci n e Inscripci n de Bienes Ra ces del Serviciosó ó í de Impuestos Internos. TERCERO: Que, con 29 de noviembre de 2023, rola informaci n sumaria deó los testigos, don LUIS HERN N MU OZ ROMERO y do a XIMENA ANDREAÁ Ñ ñ BARRERA MAULEN, quienes siendo legalmente interrogados y contestes en sus dichos, manifestaron que la donaci n que pretende efectuar a su c nyuge consiste en un bienó ó ra z ubicado en la comuna de Las Condes, la cual se compone de un departamento, coní dos estacionamiento y una bodega y aquella no perjudicar de modo alguno los derechosá de terceros sobre el patrimonio del donante, toda vez que goza de una buena situaci nó econ mica, cuyo patrimonio es superior a los dos mil millones de pesos, por lo que suó situaci n econ mica y solvencia no se ver menoscabada en absoluto por la donaci nó ó á ó solicitada, pues su patrimonio permite al donante una c moda subsistencia.ó CUARTO: Que, con el m rito de la prueba rendida y antes rese ada, seé ñ acredita que don MICHAEL PETER PEARSON SIMON, cuenta en su patrimonio con la solvencia suficiente para proceder a la donaci n cuya insinuaci n se ha impetrado yó ó ello no le causa un menoscabo en el mismo. QUINTO: Que el art culo 1368 del C digo Civil se ala que í ó ñ “La donaci n entreó vivos es un acto por el cual una persona transfiere gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona, que la acepta . Al tenor del art culo 1136 del C digo de” í ó Bello, es una donaci n revocable ó “aquella que el donante puede revocar a su arbitrio , y” por su parte el art culo 1138 del mismo texto legal en su inciso final se ala que í ñ “Sin embargo, las donaciones entre c nyuges valen como donaciones revocablesó .” Que de la lectura de las disposiciones precedentemente se aladas, es posibleñ colegir que las donaciones entre c nyuges est n sometidas a limitaciones, siendo posibleó á su verificaci n nicamente en los casos que sean revocables.ó ú Código: XHXXXMXBBXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que, se encuentra incorporado a f
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo previsto en los art culos 1138,í 1386 y 1401 del C digo Civil; 889 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, SEó ó DECLARA: - Que se autoriza a don MICHAEL PETER PEARSON SIMON, empresario, R.U.N. N 4.556.332-4, a donar a su c nyuge, do a CORNELIA HILDEGART° ó ñ HUBERT, ingeniero comercial, R.U.N. N 24.198.238-6, ° de forma revocable, a t tuloí gratuito y por mera liberalidad, el inmueble correspondiente al departamento N 242 del° vig simo cuarto piso, la bodega N 73 del segundo subterr neo y los estacionamientosé ° á N 171 y N 172 del segundo subterr neo, todos del Edificio Los Andes, por acceso de° ° á calle Brasilia N 750, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana e inscritos en el° ó Conservador de Bienes Ra ces de Santiago rolante fojas 34.143, n mero 51.819í ú correspondiente al Registro de Propiedad del a o 2013ñ del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í Notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad. í í í ROL: V-209-2023 Sentencia dictada por Rodrigo Cartes Pino, Juez Suplente del Sexto Juzgado Civil de Santiago. Autoriza por Mar a Elena Moya G mera, Secretar a Subrogante del Sextoí ú í Juzgado Civil de Santiago. En Santiago, a veintiocho de Marzo de dos mil veinticuatro, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XHXXXMXBBXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-28T17:37:48-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-209-2023 CARATULADO : PEARSON/ Santiago, veintiocho de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, comparece do a ANDREA DEL CARMEN PE A CORT S,ñ Ñ É abogada, domiciliada en Compa a N 1390, oficina N 1304, comuna de Santiago, enñí ° ° representaci n de don MICHAEL PETER PEARSON SIMON, empresari
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