VERGARA/BOCCHER
Rol
C-2088-2021
Fecha
28 de marzo de 2024
Materia
LESIÓN ENORME, ACCIÓN DE RESCISIÓN POR
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2021, comparece do a Yazna Barrerañ Cesareo, abogada, en representaci n de do a Cecilia Ver nica Vergara Ramos, chilena,ó ñ ó viuda, contadora, c dula nacional de identidad N 7.704.172-1, de do a J ssica del Pilaré ° ñ é V squez Vergara, chilena, divorciada, comerciante, c dula nacional de identidadá é N 13.101.469-4, y de don Hugo Orlando Vergara Ramos, chileno, casado, pensionado,° c dula nacional de identidad N 6.903.086-6; quienes, a su vez, representan a do a Claraé ° ñ Elena Vergara Ramos, chilena, viuda, due a de casa, c dula nacional de identidadñ é N 5.480.640-K, a do a Mar a In s Vergara Ramos, chilena, pensionada, soltera, c dula° ñ í é é nacional de identidad N 6.309.793-4, a don Pedro Miguel Vergara Ramos, chileno,° pensionado, c dula nacional de identidad N 6.820.489-5, a do a Mar a Antonietaé ° ñ í Vergara Ramos, chilena, casada, pensionada, c dula nacional de identidad N 8.528.187-é ° 9, a do a Mar a Eliana Vergara Salas, chilena, viuda, pensionada, c dula nacional deñ í é identidad N 11.894.567-0, a do a Mar a Raquel del Carmen Vergara Basoalto, chilena,° ñ í casada, due a de casa, c dula nacional de identidad N 11.893.056-8, a don Juan Luisñ é ° Vergara Basoalto, chileno, soltero, empleado, c dula nacional de identidadé N 12.296.275-K, y a don Segundo Nicol s V squez Vergara, chileno, casado,° á á contratista, c dula nacional de identidad N 11.321.145-8; todos domiciliados para estosé ° efectos en calle 1 Sur N 649, quinto piso, oficina 510, edificio Plaza, de la ciudad de° Talca; quien viene en deducir demanda de rescisi n por lesi n enorme, en contra de donó ó Nicol s Esteban Boccher Bustamante, chileno, soltero, m dico veterinario, c dulaá é é nacional de identidad N 17.794.901-9, domiciliado en calle 5 Poniente N 1673, villa° ° Do a Ignacia II, comuna de Maule.ñ Inicia contextualizando que do a Elba Julia Vergara Ramos falleci el d a 17 deñ ó í julio de 2021, a la edad de 85 a os, quedando sus repr
Fundamentos
considerando: En cuanto a la objeci n de documentos del otros de folio 20:ó í Primero: Que, en el otros de folio 20, con fecha 21 de abril de 2022, elí demandado objet los documentos acompa ados por la parte demandante a folio 1, yó ñ signados con los n meros 2 y 3.ú Comienza alegando la falsedad ideol gica del documento denominado: ó “Tasaci nó comercial del Lote 50, materia de autos, elaborado por la arquitecta do a Claudiañ Reveco Ram rezí , hip tesis sustentada en que el instrumento contiene un apartado” ó se alado como declaraci n del tasador, en la p gina 4, secci n inferior derecha, en elñ ó á ó cual la profesional encargada sostuvo haber inspeccionado personalmente la propiedad, presupuesto que niega absolutamente, toda vez que nunca ha permitido el ingreso de un tasador al inmueble, por lo que dif cilmente podr a haber ingresado. í í Código: RYXXXMGQXXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2088-2021 Foja: 1 Finalmente, objet por falta de integridad el documento singularizado como:ó “Copias de escritura p blica de fecha 30 de abril de 2021 ante el Notario P blico donú ú Jaime Silva Sciberras Repertorio N 1076-2021° , en raz n de observar que el” ó instrumento aparece entre cortado en cada una de las p ginas, alcanzando mayorá relevancia en la p gina 6, ya que termina de manera abrupta, sin que contenga la firmaá de los suscribientes. Segundo: Que a folio 22, con fecha 28 de abril de 2022, la parte demandante evacu el traslado, solicitando el rechazo de lasó objeciones impetradas, por falta de fundamento. Seguidamente, sobre la causal de falsedad ideol gica alegada por el demandadoó sobre el documento signado con el n mero 2 de folio 1, arguye que la afirmaci n de laú ó profesional es del todo cierta, ya que el lote se encuentra sin construcciones, ni cerramientos de ning n tipo, con excepci n de un port n hechizo,ú ó ó por donde puede entrar cualquier persona a pie y recorrer el cerro. Luego, sostiene que el informe de tasaci n fue realizado por una profesional especialista en la materia, a quien se leó encarg un completo estudio del fundo Bellavista, existiendo un levantamiento completoó de la propiedad con t cnicas satelitales y trabajo en terreno, debido a que existené distintos temas que se deben regularizar respecto del patrimonio de la causante y, afirma que, incluso, la tasadora informante junto a un top grafo, recorrieron todo el loteo,ó encontr ndose actualmente en la fase final de instalaci n de estacas para demarcar cadaá ó lote. En cuanto a la tasaci n, asevera que existen predios cercanos que han estado enó venta, teni ndose en cuenta en el informe sus caracter sticas para hacer el comparativo yé í establecer el precio mercado. Finalmente, en relaci n a la objeci n por falta de integridad del documentoó ó signado con el n mero 3 de folio 1, refiere que ni las partes ni las condiciones de laú compraventa han sido controvertidas por el demandado, sin embargo
Fallo
fallo dictado por la Excma. Corte Suprema que confirma la postura que ha indicado en relaci n a la legitimaci n activaó ó (Sentencia de 11 de agosto de 2016, en causa Rol N 3763-2016).° En subsidio, niega la concurrencia de los elementos de procedencia de la acci nó de rescisi n por lesi n enorme, aduciendo que el valor de la propiedad objeto de autos,ó ó fue razonable a la poca de la operaci n, de acuerdo a las caracter sticas,é ó í emplazamiento, equipamiento y dem s condiciones que determinan el valor comercial deá la propiedad. Asimismo, a ade que el Lote N 50 result de la subdivisi n de unañ ° ó ó propiedad mayor, el que, asegura, no cuenta con obras de urbanizaci n ni otrosó adicionales. Arguye que el derecho de opci n contemplado en el art culo 1980 del C digoó í ó Civil, se verifica una vez que se establezca, por sentencia ejecutoriada, la existencia de lesi n enorme, por lo que, en la especie, s lo existe una probabilidad de lesi n.ó ó ó Finalmente, advierte que la parte demandante omiti en su parte petitoria que,ó junto con la restituci n del inmueble, se debe hacer previamente la restituci n del pagoó ó dado por dicho inmueble, cuyo origen radica en la obligaci n de restituciones mutuas. ó A folio 22, con fecha 28 de abril de 2022, la parte demandante evacu el tr miteó á de la r plica, agregando que la sucesi n de do a Elba Vergara Ramos est compuestaé ó ñ á por 12 herederos, de los cuales 11 son parte de la demanda de autos, quedando fuera solamente do a Luz Isna
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C-2088-2021 Foja: 1 FOJA: 96 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-2088-2021 CARATULADO : VERGARA/BOCCHER Talca, veintiocho de Marzo de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2021, comparece do a Yazna Barrerañ Cesareo, abogada, en representaci n de do a Cecilia Ver nica Vergara Ramos, chilena,ó ñ ó viuda, contado
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