DURÁN/ROBERTO ALVARADO MANSILLA EIRL
Rol
C-332-2023
Fecha
28 de marzo de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 31 de mayo del a o 2023, comparece ñ ELISA DUR NÁ SEP LVEDA, RUT N 3.459.545-3Ú ° , pensionada, domiciliada en Eusebio Ibar N 807° de Villa Ma ihuales, quien deduce demanda de incumplimiento de contrato eñ indemnizaci n por da os y perjuicios en contra de ó ñ Roberto Alvarado Mansilla EIRL, de su giro, representada por Roberto Alvarado Mansilla, factor de comercio, domiciliado en Carrera N 1443 de Puerto Ays n, conforme a los siguientes antecedentes de hecho y° é de Derecho: Refiere que el 11 de octubre de 2019 suscribi contrato de ejecuci n de obraó ó material con Roberto Alvarado Mansilla EIRL, representada por Roberto Alvarado Mansilla, factor de comercio, domiciliado en Carrera 1443 de Puerto Ays n, y laé Entidad de gesti n Rural Ilustre Municipalidad de Ays n, entidad p blica, domiciliadaó é ú en Esmeralda N 607 de Puerto Ays n, representada por su Alcalde Julio Uribe Alvarado.° é A ade que en virtud de ese contrato la empresa deb a construirle una viviendañ í individual social en su terreno de calle Eusebio Ibar N 807, cuyas caracter sticas, planos° í y especificaciones t cnicas, se integraron al contrato.é Se ala que el valor total del Proyecto de Construcci n de Vivienda se especificñ ó ó as :í Indica que las obligaciones de la empresa contratista quedaron claramente delimitadas en el mismo contrato, e incluso se establecieron garant as de ejecuci ní ó debida de la obra, tanto en cuanto a eventuales reparaciones como tambi n sancionesé pecuniarias por atrasos o incumplimientos, pero que ninguna de ellas qued entregada aó su persona para su cumplimiento sino que al SERVIU (quien ni siquiera suscribi eló contrato), o bien al Municipio. Código: PXBMXMFXEZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Manifiesta que el contrato referido incluye un error al expresar la ubicaci n de suó vivienda, pues se le asigna el N 418.° Refiere que el inmueble fue entregado, siendo recibido por el Mun
Fundamentos
CONSIDERANDO: En cuanto a la objeci nó documental. PRIMERO: Que con fecha 13 de julio de 2023, el demandado objet el documentoó acompa ado por la parte demandante en su presentaci n de fecha 31 de mayo de 2023,ñ ó consistente en Presupuesto de reparaci n .“ ó ” Que en cuanto a la objeci n planteada, cabe se alar que sta se desechar desdeó ñ é á ya, como se dir en lo resolutivo de esta sentencia, desde que trat ndose de uná á instrumento privado, las causales de impugnaci n a su respecto corresponden a suó posible falsedad o falta de integridad , en circunstancias que dichas causales no han“ ” “ ” sido esgrimidas por el demandado, sino que ste discute la pertinencia, conducencia y/oé valor probatorio de dicho instrumento, lo cual est fuera de sus competencias en tantoá ello corresponde al ejercicio propio de valoraci n que es privativo del Juez en estaó materia. En cuanto al fondo. SEGUNDO: Que acorde a lo consignado en la parte expositiva de esta sentencia, en resumen, la acci n principal intentada por la demandante apunta a hacer efectiva laó supuesta responsabilidad contractual en que habr a incurrido el demandado, con motivoí del incumplimiento del contrato celebrado entre las partes del juicio, con el objetivo de obtener de parte del demandado el resarcimiento de los perjuicios que dicho incumplimiento le habr a ocasionado.í Que el demandado, al contestar, rechaza todas las imputaciones efectuadas por la demandante, se alando, en s ntesis, queñ í l cumpli con los t rminos del contrato, puesé ó é se sujet a las especificaciones t cnicas del inmueble, garantizando condiciones de plazoó é de edificaci n y habitabilidad de ste, siendo esta obra nueva recepcionadaó é Código: PXBMXMFXEZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl definitivamente, seg n certificado de fecha 17 de noviembre de 2020.ú Asimismo, se alañ que hizo oportunamente las rectificaciones estructurales que garantizan en lo espec ficoí la habitabilidad del inmueble en relaci n a las observaciones efectuadas.ó TERCERO: Que a fin de acreditar sus pretensiones, la parte demandante rindi laó siguiente prueba: I.- Documental. 1.- Contrato de ejecuci n de obra de 11 de octubre de 2019;ó 2.- Presupuesto de reparaci n;ó 3.- Informe T cnico de habitabilidad, suscrito por Andr s L pez Jara;é é ó 4.- Especificaciones t cnicas de vivienda unifamiliar, de agosto de 2019, a nombre de la demandante;é 5.- Modificaci n de contrato de la demandante, de fecha 10 de octubre de 2020; yó 6.- Oficio E118254/2021, de la Contralor a General de la Rep blica, de fecha 05 de julio de 2021.í ú II.- Testimonial. Con fecha 02 de enero de 2024, se lleva a cabo audiencia de prueba, en la que deponen los siguientes testigos presentados por la parte demandante, todos legalmente juramentados y sin tacha: 1.- SANDRA SOLEDAD CANDIA MU OZ, c dula de identidad 10.636.564-4, 50 a os, soltera,Ñ é ñ instructor deportivo, domiciliada en calle Cerro Sombrero N
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1545 yá í siguientes del c digo Civil; art culos 253, 698 y siguientes del C digo de Procedimientoó í ó Civil, y dem s normas legales pertinentes, á se resuelve: En cuanto a la objeci n documental:ó I.- Que SE RECHAZA, sin costas, la objeci n documental planteada por la parteó demandada respecto del documento individualizado en el considerando primero de esta sentencia. En cuanto al fondo: II.- Que SE ACOGE la demanda deducida por ELISA DUR N SEP LVEDA,Á Ú RUT c dula de identidad 3.459.545-3, ya individualizada, en contra deé ROBERTO ALVARADO MANSILLA EIRL representada por Roberto Alvarado Mansilla, ya individualizados, en cuanto se declara que el demandado incumpli el contrato deó ejecuci n de obra de 11 de octubre de 2019 y, en consecuencia, este ltimo debe pagaró ú a la demandante, a t tulo de indemnizaci n, las siguientes sumas:í ó Código: PXBMXMFXEZP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) La suma de $16.198.165.- (diecis is millones ciento noventa y ocho mil ciento sesentaé y cinco pesos), m s reajustes e intereses legales, por concepto de da o material oá ñ emergente. b) La suma de $1.500.000.- (un mill n quinientos mil pesos), m s reajustes e interesesó á legales, por concepto de da o moral.ñ III.- Que no se condena en costas al demandado, por estimar el tribunal que tuvo motivos plausibles para litigar. An tese, reg strese, noti
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de pto.Aysen CAUSA ROL : C-332-2023 CARATULADO : DUR N/ROBERTO ALVARADO MANSILLA EIRLÁ Puerto Ays n,é veintiocho de marzo del a o dos mil veinticuatro.ñ VISTOS: Con fecha 31 de mayo del a o 2023, comparece ñ ELISA DUR NÁ SEP LVEDA, RUT N 3.459.545-3Ú ° , pensionada, domiciliada en Eusebio Ibar N 807° de Villa Ma ihuales, quien deduc
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica