MENARES/GÓMEZ
Rol
O-7494-2022
Fecha
31 de mayo de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Subterfugio
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1º) Comparecen María Fernanda Rivera Lozano, diseñadora industrial, cédula de identidad N° 15.777.037-3 y doña Marisol Andrea Menares Reyes, diseñadora de interiores y mobiliario, cédula de identidad N° 13.686.296-0, domiciliadas para estos efectos en Padre Mariano N° 272, oficina 301, comuna de Providencia, quienes interponen demanda por despido injustificado, nulidad del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, declaración de unidad económica y de subterfugios, contra: A) Como ex empleadora y demandada principal, GR Asesorías y Consultoría SpA, RUT N° 77.125.379-2, del giro de fabricación de muebles, instalación de maquinaria y equipos industriales, venta al por mayor de artículos de papelería y escritorio, venta al por menor de computadores, equipo periférico, programas de información y otros, representada por don Sergio David Gómez Rocha, cédula de identidad N° 14.642.923-8, domiciliados en Los Conquistadores N° 2635, comuna de Providencia; B) Rocha S.A., RUT N° 77.003.680-1, del giro de fabricación de muebles principalmente de madre, fabricación de colchones, fabricación de otros muebles N.C.P., instalaciones eléctricas, terminación y acabado de edificios, venta al por mayor de productos textiles y otros, representada legalmente por don Jhon Jairo Gómez Correa, cédula de identidad N° 14.642.921-1; C) Muebles y Diseños S.A., RUT N° 99.543.470-9, del giro de fabricación de muebles principalmente de madera, colchones, otros muebles N.C.P., instalaciones eléctricas, terminación y acabado de edificios, venta al por mayor de otros enseres domésticos N.C.P. y otros, representada por don Jhon Jairo Gómez Correa, domiciliados en Los Conquistadores N° 2635, comuna de Providencia; D) Sillas y Sillas S.A., RUT 76.038.442-9, del giro de fabricación de muebles principalmente de madera, venta al por mayor de artículos de papelería y escritorio, venta al por mayor de otros enseres domésticos N.C.P., alquiler de maquinaria y equipo de oficina, sin ope
Fundamentos
fundamentos fácticos que justificarían la causal invocada en cada una. A su vez, reclaman que dichos despidos son nulos, ya que se les adeudaban sus cotizaciones previsionales devengadas entre febrero y hasta agosto de 2022.
Fallo
Por lo expuesto, solicitan declarar que sus despidos fueron injustificados y nulos, además de la existencia de la unidad económica y la comisión de los subterfugios por parte de las demandadas, o, en subsidio, se declare que prestaron servicios en regímenes de subcontratación. Asimismo, solicitan el pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: I.- Respecto a doña María Fernanda Rivera Lozano: “1. INDEMNIZACIÓN DE AVISO PREVIO: $1.135.495. 2. INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO: Teniendo en cuenta que la relación laboral comenzó el 04 de marzo de 2019 y terminó con fecha 18 de agosto de 2022, le corresponde un pago por este concepto de $4.541.980. 3. FERIADO LEGAL: A la fecha de término de la relación laboral, se le adeuda un total de 30 días, correspondiente a la suma de $1.135.495. 4. FERIADO PROPORCIONAL: A la fecha de término de la relación laboral, se le adeuda un total de 29 días por este concepto, correspondiente a la suma de $1.097.645. 5. FERIADO PROGRESIVO: A la fecha de término de la relación laboral, se le adeuda un total de 1 día por este concepto, correspondiente a la suma de $37.850. 6. REMUNERACION DEL MES DE JULIO DE 2022: A la fecha de término de la relación, se adeuda la remuneración del mes de julio de 2022, por la suma de $1.135.495. 7. REMUNERACION DEL MES DE AGOSTO DE 2022: A la fecha de término de la relación, se adeuda la remuneración del mes de agosto de 2022, por la suma de $618.297. 8. RECARGO LEGAL DEL 30%: En virtud del artículo 16
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: 1º) Comparecen María Fernanda Rivera Lozano, diseñadora industrial, cédula de identidad N° 15.777.037-3 y doña Marisol Andrea Menares Reyes, diseñadora de interiores y mobiliario, cédula de identidad N° 13.686.296-0, domiciliadas para estos efectos en Padre Mariano N° 272, oficina 301, comuna de Providencia, quienes interponen deman
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