STYL/
Rol
V-78-2023
Fecha
27 de marzo de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : V-78-2023 CARATULADO : STYL/ Pucon, veintisiete de Marzo de dos mil veinticuatro Vistos. A folio 1, comparece MIRNA STELLA STYL JARA, jubilada, CI. 4.546.529-2, domiciliada en Calle El Manantial S/N, parcela N 8, sitio cinco, sector El Minigolf de laº comuna de Puc n quien mediante el presente acto y de conformidad con lo dispuesto enó el art culo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Ra ces, interponeí í reclamo de negativa en contra del Conservador de Bienes Ra ces de Puc n doní ó SERGIO ENRIQUE ROSSEL RICCI, el que en el ejercicio de su investidura, se ha reusado a dar lugar a la solicitud que est interesada ha formulado mediante lasá OT257200, OT257186, OT257188, OT257189, OT257190, OT257191, OT257193, OT257195, OT257196, OT257202, cuya negativa se funda en que el acto celebrado“ no ser a inscribible , solicitando tener por presentado reclamo ante la negativa se alada,í ” ñ y corridas las formalidades legales, ordenar en definitiva a dicho Registro de Conservador de Bienes Ra ces de Puc n; suscribir los t tulos individualizadosí ó í precedentemente, acumulando los derechos en una sola persona, la solicitante, sin m sá tr mite.á A folio 9, con fecha 30 de agosto de 2023 rola informe del Conservador de Bienes Ra ces de Puc n. í ó A folio 11, la parte demandante realiz una presentaci n del siguiente tenor:ó ó Que, frente al informe evacuado por el SR. CONSERVADOR DE BIENES RAICES“ DE PUCON con fecha 30 de agosto de 2023, folio 9, quisiera evidenciar a SS. que, si bien, en la solicitud no se acompa aron las escrituras correspondientes a los herederosñ JOSE RAMON, DIEGO IVAN y CHRISTIAN GUSTAVO, todos STYL QUINTANA, esto se debe a un error de digitalizaci n, por cuanto, a mi mandanteó tambi n le fueron cedidos los derechos hereditarios de los referidos comuneros. Ahoraé bien, es importante se alar que en la solicitud de inscripci n que luego fue rechazada yñ ó que
Fundamentos
motivos del rechazo del Se or Conservador de Bienesñ Ra ces de Puc n OT - OT-257195 - OT-257196 - OT-257202 - í ó OT-257200 - OT- 257186 - OT-257188 - OT-257189 - OT-257190 - OT-257191 Escritura p blica“ ú contiene un acto no inscribible ,” respecto de la OT-257200 el motivo del rechazo “Escritura no indica ninguna inscripci n de dominio de un inmueble. 2.-ó Escritura describe un acto no inscribible . ” QUINTO: Que, resulta necesario dejar asentado que al regular las funciones del Conservador de Bienes Ra ces, la ley establece como regla general que dichoí Conservador est obligado a inscribir sin retardo los t tulos que se le presenten, lo que seá í desprende de los art culos 12, 13, 14, 25 y 70 del Reglamento del Registroí Conservatorio de Bienes Ra ces, pudiendo, excepcionalmente podr negarse por lasí á causales taxativamente indicadas en los art culos 13 y 14.í Ahora bien, el art culo 13 del referido reglamento establece que El Conservadorí ‘‘ no podr rehusar ni retardar las inscripciones: deber , no obstante, negarse, si laá á inscripci n es en alg n sentido legalmente inadmisible; por ejemplo, si no es aut ntica oó ú é no est en el papel competente la copia que se le presenta; si no est situada en elá á departamento o no es inmueble la cosa a que se refiere; si no se ha dado al p blico elú aviso prescrito en el art culo 58; si es visible en el t tulo alg n vicio o defecto que loí í ú anule absolutamente, o si no contiene las designaciones legales para la inscripci n. Enó ’’ este orden de ideas, el examen que debe efectuar el Conservador, en caso de considerar que la inscripci n fuere legalmente inadmisible, es procedente. Sin perjuicio de que,ó puesto los antecedentes bajo la esfera de conocimiento del Tribunal se deba razonar acerca de los eventuales vicios de fondo que afecten a los t tulos que se pretendení inscribir, toda vez que es el Juez quien est obligado a verificar si la inscripci n que seá ó desecha por el Conservador se ajusta o no a derecho. S XTO: É Que, es menester aclarar que la solicitud de marras dice relaci n conó un requerimiento de inscripci n de escrituras p blicas de compraventa de cesi nó ú ó de derechos de cuota hereditaria, cuyos instrumentos fueron suscritos en la comuna de Puc n ante el Sr. Notario P blico Luis Enrique Espinoza Garrido yó ú constan en los siguientes repertorios: 1) 1755- 2021 de fecha 29 de junio de 2021 2) 1756-2021 de fecha 29 de junio de 2021 3) 2309-2021 de fecha 22 de abril de 2022 4) 2308-2021 de fecha 22 de abril de 2022 5) 1344-2021 de fecha 12 de mayo de 2021 6) 1757-2021 de fecha 29 de junio de 2021 7) 2310-2021 de fecha 22 de abril de 2022 8) 261-2022 de fecha 28 de enero de 2022 9) 245-2022 de fecha 28 de enero de 2022 10) 244-2022 de fecha 27 de enero de 2022. Que, a continuaci n se detallan estosó . 1) 1755- 2021 de fecha 29 de junio de 2021 2) 1756-2021 de fecha 29 de junio de 2021 3) 2309-2021 de fecha 22 de abril de 2022 4) 2308-2021 de fecha 22 de abril de 2022 5) 1344-2021 de
Fallo
Por tanto pide, tenerlo presente al momento de resolver. Acompa ando a este mismo escrito las siguientes escrituras p blicas: Cesi n de Derechosñ ú ó Rep. 230-2022 - Cesi n de Derechos Rep.231-2022 - Cesi n de Derechos Rep. 232-ó ó 2022. A folio 14, con fecha 20 de febrero de 2024 quedan los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con ocasi n del fallecimiento de su madre ó ELBA ERNESTINA JARA FLORES, CI. 3.207.320-4, se forma la comunidad hereditaria compuesta por; 1.- MIRNA STELLA STYL JARA, CI. 4.546.529-2, 2.- JOSE MIGUEL STYL JARA, CI. 5.146.555.-5, 3.- CHRISTIAN IVAN MORENO STYL, CI. 10.909.271-1 4.- GINA MARUZZELA MORENO STYL, CI. 8.684.255-6 5.- JAIME HORACIO EDUARDO, CI. 10.025.924-9 6.- ALVARO MARCELO ARRATIA STYL, CI. 11.410.647-K 7.- MIGUEL ANGEL ARRATIA STYL, CI.12.990.851-3 8.- CARLOS EDUARDO STYL VERGARA, CI. 8.838.969-7 9.- ALICIA MARIA STYL VERGARA, CI. 8.883.509-3 10.- JOSE LUIS STYL Código: MWBXXMCVLSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VERGARA, CI.8.839.120-9 11.- JOSE RAMON STYL QUINTANA, CI. 13.092.919- 2 12.- DIEGO IVAN STYL QUINTANA, CI. 13.491.869-1 13.- CHRISTIAN GUSTAVO STYL QUINTANA, CI. 15.334.119-2 14.- CARLOS ALBERTO ARRATIA STYL, CI. 14.496.336-0. De dicha comunidad, MIRNA STELLA STYL JARA y JOSE MIGUEL STYL JARA suceden en calidad de hijos de la causante, mientras que CARLOS EDUARDO STYL VERGARA, ALICIA MARIA STYL VERGARA, JOSE LUIS STYL VERGARA, JO
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : V-78-2023 CARATULADO : STYL/ Pucon, veintisiete de Marzo de dos mil veinticuatro Vistos. A folio 1, comparece MIRNA STELLA STYL JARA, jubilada, CI. 4.546.529-2, domiciliada en Calle El Manantial S/N, parcela N 8, sitio cinco, sector El Minigolf de laº comuna de Puc n quien mediante el presente acto y de conform
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