BUENO/
Rol
V-24-2024
Fecha
27 de marzo de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 30 de enero de 2024, comparece ERNESTINA MARGARITA BUENO CATAL N, pensionada, domiciliada en calle Pe uelas 00,Á ñ comuna de Yerbas Buenas, Regi n del Maule, quien solicita que se ordene aló Conservador de Bienes Ra ces de Santiago que inscriba la DECLARACI N DEí Ó PATRIMONIO RESERVADO, en el sentido de anotar al margen de inscripci n aó Fojas 3249 N° 2307 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesí de Santiago del a o 1990; e inscripci n a Fojas 22.998 N° 33.310 del a o 2022ñ ó ñ del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, el hechoí de que esta fue adquirida bajo el patrimonio reservado de la mujer casada en sociedad conyugal, a que hace referencia art culo 150 del C digo Civilí ó Indica que el d a 30 de noviembre del a o 1989, adquiri a COMANDO DEí ñ ó APOYO ADMINISTRATIVO DEL EJ RCITO, el inmueble ubicado en PasajeÉ Sangra n mero 512, comuna de Pudahuel, Regi n Metropolitana, el que rolaú ó inscrito a Fojas 3249 N° 2307 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 1990.í ñ Afirma que adquiri dicho inmueble producto de sus labores remuneradas enó el Ej rcito de Chile, acompa ando para acreditar sus dichos certificado de calidadé ñ emitido por CAPREDENA y certificado de servicio emitido por Departamento Cultural Hist rico y de Extensi n del Ej rcito de Chile. ó ó é Asegura que en la cl usula tercera letra “D” del contrato deá compraventa se indica que se paga parte del precio “mediante Subsidio Habitacional seg n D.S. N°235 de 1985 (Vivienda y Urbanismo”), si ndoleú é aplicable art culo 41 de Ley 18.196 que detalla í “La mujer casada beneficiaria del subsidio habitacional del Estado, se presumir separada de bienes para laá celebraci n de los contratos de compraventa, mutuo e hipotecas relacionadosó exclusivamente con la adquisici n de la vivienda para la cual se les haya otorgadoó dicho subsidio”. Se ala que la disposici n legal antedicha establece una presunci n deñ ó ó derecho, debiendo entenderse que por una ficci n legal que adquiri separada deó ó bienes de su marido, y, por consiguiente, el bien adquirido con el subsidio Código: KXNXXMFZLTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl habitacional del Estado, tiene la naturaleza de bien propio de su persona, no ingresando al haber de la sociedad conyugal. Arguye que el art culo 150, inciso 3° establece que la existencia deí Patrimonio Reservado se puede acreditar por cualquier medio de prueba: “Incumbe a la mujer acreditar, tanto respecto del marido como de terceros, el origen y dominio de los bienes adquiridos en conformidad a este art culo. Para esteí efecto podr servirse de todos los medios de prueba establecidos por la ley”.á Asimismo, indica que , art culo 11 de la Ley 16.392 publicada en el Diarioí Oficial de 16 de diciembre de 1965 dispone: “La mujer casada que adquiera, hipoteque o grave en la Corporaci n de la
Fallo
se declara: Que se rechaza en todas sus partes la solicitud planteada en lo principal de la presentaci nó de fecha 30 de enero de 2024. Reg strese y, en su oportunidad, arch vense los antecedentes.í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro Código: KXNXXMFZLTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: KXNXXMFZLTP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-27T18:58:07-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-24-2024 CARATULADO : BUENO/ Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro Visto y Considerando: Primero: Que, con fecha 30 de enero de 2024, comparece ERNESTINA MARGARITA BUENO CATAL N, pensionada, domiciliada en calle Pe uelas 00,Á ñ comuna de Yerbas Buenas, Regi n del Maule, quien solicita que se ordene
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