SALINAS/
Rol
V-618-2023
Fecha
27 de marzo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En autos V-618-2023 se presentan don PEDRO JESÚS SALINAS LÓPEZ, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad N° 13.328.550-4, con domicilio en Chehueque 1216, Villa el Edén, solicitando la autorización de cambio de segundo apellido de su hija JOYDE SARELLA DE JESÚS SALINAS YENKIS, en Inscripción N° 2.267, del año 2021, inscrito ante el Oficial del Registro Civil de la circunscripción de La Serena, a fin de sustituir su apellido “YENKIS”, por “MIRANDA”, quedando en definitiva: JOYDE SARELLA DE JESÚS SALINAS MIRANDA conforme a los siguientes antecedentes: Que su hija Joyde, ya individualizada precedentemente, nació producto de una relación fuera del vínculo matrimonial, debido a ciertas desavenencias que existían en aquel entonces para con su cónyuge, las cuales con el pasar del tiempo fueron superadas, decidiendo retomar y recomponer mutuamente, su vínculo matrimonial. Así las cosas para ese entonces, ya había nacido su primogénita Joyde, quién desde el día uno, fue criada por ambos, pues, su hija, fue determinante para la reconstrucción del vínculo matrimonial de ambos. En ese mismo sentido, Joyde Cecilia de Jesús Miranda Araya, su cónyuge y quien ha ejercido la maternidad de la niña a quien se alude en el libelo, siempre ha estado presente en la crianza y desarrollo de su hija, siendo aquella, quien al día de hoy, asiste, junto con él, a los controles médicos de la niña, encargándose en lo fáctico de sus cuidados, y labores de crianza y educación, por mencionar algunas de sus labores, entre otras, que son de vital importancia en el desarrollo cognitivo- social de Joyde (hija), siendo en consecuencia, la verdadera figura materna, significativa, en la vida de su pequeña. Hace presente, que la madre biológica de su hija, doña Ana Ociela Jenkins Martínez, ha sido una figura ausente en el desarrollo y crecimiento de esta, pues, de ello se puede dar cuenta en subinscripción que consta en certificado de nacimiento de Joyde, donde con fecha 27 de octub
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, rola en autos partida de nacimiento de Joyde Sarella De Jesús Salinas Miranda, cédula de identidad N° 27.621.429-2, nacida el 15 de septiembre de 2021, nacimiento inscrito bajo el N° 2.267, del año 2021, del Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de La Serena, donde consta que el padre es don Pedro Jesús Salinas López y la madre es doña Ana Ociela Yenkis Martínez. Rola además certificado de matrimonio contraído entre don Pedro Jesús Salinas López y doña Joyde Cecilia de Jesús Miranda Araya, matrimonio celebrado el 07 de mayo de 2015, inscrito bajo el N° 66 del año 2015, del Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de Vallenar. SEGUNDO: Que, la parte solicitante rindió información sumaria de testigos, Comparece doña JOYDE CECILIA DE JESUS MIRANDA ARAYA, casada, dueña de casa, natural de Vallenar, C.I N°15.745.613-k, domiciliada calle Chehueque 1216 Villa El Edén, quien debidamente juramentada expone: que conoce a Joyde Sarella, desde que nació, esto porque está al cuidado con su esposo Pedro Salinas, ya que él es el padre biológico y ella representa a su madre, la cual del día que ella nació nunca ha tenido algún contacto con su hija, al señalar que su hija Joyde, nació dentro de una separación que tuvo con su esposo y por el motivo que ella no podía tener hijos, pero al pasar el tiempo se volvieron a dar una nueva oportunidad y en el tiempo que ellos estuvieron separados él tuvo un encuentro casual con la madre biológica de Joyde, al momento que él le dice que va a tener un hijo con otra mujer y esta mujer le dice que ella no se quiere hacer cargo de la bebe, y en una conversación que tuvimos, ella le dijo que se haría cargo y cumpliría el rol de ser su madre, esto fue fundamental en su relación como Código: XSBXXMGMXLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 matrimonio, el que llegara Joyde a sus vidas, , porque al año siguiente ella quedó esperando bebe. Joyde ha sido una linda bendición que llego a su hogar, por eso, ella se encuentro solicitando este trámite para que su hija Joyde, lleve el apellido Miranda y no el apellido Yankis, por el efecto que no exista diferencia alguna con su otra hija, puede decir, que en el trato que tienen como familia, no existe ninguna diferencia entre las dos hermanas, puede agregar que su marido Pedro tiene la custodia legal y total, la cual fue otorgada por el tribunal de familia de Vallenar. Dice, que dentro de estos dos años que tiene a Joyde, siempre han estado al cuidado y protección de ella, es decir, llevarla a los controles médicos, a sus vacunas, comprar vestuario, alimentarla, esto lo hace casi siempre ella , ya que su marido Pedro trabaja siete por siete fuera de la ciudad. Como señaló que este cambio de apellido es beneficiosos para ella, debido que así podrán evitar el menoscabo y las burlas que puede conllevar esto a futuro y las preguntas que se p
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Nº 17.344, modificada por la Ley 21.334 que autoriza cambio de nombres y apellidos y artículo 817 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: Que se ACOGE la solicitud presentada por don Pedro Jesús Salinas López y se ordena al Señor Oficial del Registro Civil e Identificación de la Código: XSBXXMGMXLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Circunscripción de La Serena, rectificar el nacimiento inscrito bajo el N° 2.267, del año 2021, en el sentido de dejar establecido que la niña Joyde Sarella De Jesús SalinasYenkis queda en definitiva como JOYDE SARELLA DE JESÚS SALINAS MIRANDA. Practíquese las inscripciones y subinscripciones correspondientes, oficiándose para tal efecto, Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de La Serena en su oportunidad. Regístrese, anótese y archívese en su oportunidad. Notifíquese. ROL: V-618-2023.- Sentencia dictada por doña María Catalina López Werner, Jueza titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vallenar, veintisiete de Marzo de dos mil veinticuatro. GF./. Código: XSBXXMGMXLP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-27T10:48:47-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-618-2023 CARATULADO : SALINAS/ Vallenar, veintisiete de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: En autos V-618-2023 se presentan don PEDRO JESÚS SALINAS LÓPEZ, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad N° 13.328.550-4, con domicilio en Chehueque 1216, Villa el Edén, solicitan
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