Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

SEJEM SEGURIDAD PRIVADA SPA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE TEMUCO

Rol

I-49-2024

Fecha

31 de mayo de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don José Alfredo García Molina, abogado, en representación judicial de SEJEM SEGURIDAD PRIVADA SPA, RUT 77.095.529-7, sociedad del giro de su denominación, representada por don Jorge Ramiro Espinoza Muñoz, interpone reclamación en procedimiento Monitorio en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO, RUT 61.502.000-1, organismo gubernamental, representada por don Víctor García Guíñez, Inspector Provincial, ambos con domicilio en Arturo Prat 841, Temuco. LOS HECHOS: 1.- Que, con fecha 18 de diciembre del año 2023, fue notificada de la Resolución de Multa N° 1754/23/85, de fecha 10 de noviembre de 2023 la que reproduce. Respecto de la Multa 1754/23/85 N° 1: Con relación a no contener el contrato de trabajo del otrora colaborador don Fernando Andrés Palma Molina, cédula nacional de identidad N° 17.585.381-2, la estipulación referida a pago de la remuneración por turnos de 12 horas, se acompañó anexo de contrato del aludido ex trabajador, mediante el cual se acreditó que se modificó la relación contractual del trabajador desde la modalidad jornada parcial a la modalidad jornada completa, esto es de 45 horas semanales. Respecto de la Multa 1754/23/85 N° 2: En relación con la infracción de no proporcionar libres de todo costo los elementos de protección personal, al otrora colaborador don Fernando Andrés Palma Molina, se acreditó al fiscalizador, que al antiguo trabajador se le entregó todo su uniforme, el que no quiso recibir por quedarle demasiado ajustado, una vez recepcionado y luego de probarse las tenidas delante del Supervisor. En esta ocasión se hizo presente que el antiguo trabajador tiene una talla de ropa 3XL, esto es, que equivale a 3 veces la talla XL, vestimenta que en el caso de los uniformes para Guardias de Seguridad no existe en el mercado local. Respecto de la Multa 1754/23/85 N° 3: Respecto de la infracción de no llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas toda vez que el trabajador Sergio Orlando Ketterer Astudillo, no había consignado su firma a la salida de su jornada los días 16 de junio de 2023 y 29 de julio de 2023, se acompañó registro de asistencia en que se acreditó la corrección de la infracción, toda vez que, incluyendo esas fechas, el Registro de Asistencia del aludido colaborador no presenta dichas inadvertencias en lo sucesivo. Respecto de la Multa 1754/23/85 N° 4: Por no otorgar un día de descanso semanal en compensación por las actividades desarrolladas en días domingo o festivos respecto del antiguo trabajador don Fernando Andrés Palma Molina, en el periodo del 12 al 24 de septiembre de 2023, se acreditó que se otorgó descanso compensatorio y se acreditó mediante registro de asistencia en que consta el otorgamiento de dicho beneficio. Respecto de la Multa 1754/23/85 N° 5: No otorgar al menos dos de los días de descanso en el respectivo mes calendario en día domingo, respecto del antiguo trabajador don Fernando Andrés Palma Molina, habiéndose constatado q

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la Reclamación deducida por la empresa SEJEM SEGURIDAD PRIVADA SpA, en contra de la Resolución N°901/8380/2024 de fecha 2 de abril de 2024, solo en cuanto se rebajan las multas impuestas de la siguiente forma: MULTA N°2: SE REBAJA DE 10 A 5 UTM. MULTA N°3: SE REBAJA DE 10 A 5 UTM. MULTA N°4: SE REBAJA DE 10 A 5 UTM. MULTA N°5: SE REBAJA DE 10 A 5 UTM. II.- Que cada parte pagará sus propias costas. Ofíciese a Tesorería General de la República para los fines pertinentes. Regístrese. RIT RUC 24-4-0568887-1 Sentencia redactada por don CHRISTIAN OSSES CARES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA RIT I-49-2024 Temuco, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don José Alfredo García Molina, abogado, en representación judicial de SEJEM SEGURIDAD PRIVADA SPA, RUT 77.095.529-7, sociedad del giro de su denominación, representada por don Jorge Ramiro Espinoza Muñoz, interpone reclamación en procedimiento Monitorio en contra de la INSPECCIÓN PR

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