1º Juzgado de Letras de la Serena

COMPAÑÍA MINERA RINCONADA SPA/

Rol

V-35-2022

Fecha

26 de marzo de 2024

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1°.- Que con fecha 02 de marzo de 2022 (folio 1), don JUAN PAULO BAMBACH SALVATORE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 7.010.465-2, en representación de COMPAÑIA MINERA RINCONADA SPA., sociedad del giro de su denominación, RUT Nº 77.060.502-4, ambos domiciliados en Av. Américo Vespucio Norte N° 2.700, Oficina 903, comuna de Vitacura, Santiago, solicitó la concesión de explotación de 300 pertenencias mineras , con una superficie de 1 hectárea cada una, con el nombre de “TIBU 3, 1 AL 300”, con una superficie total de 300 hectáreas. 2°.- Que con fecha 16 de marzo de 2022, se inscribió la manifestación a fojas 231, N° 85, Repertorio fojas 56 N° 165, del Registro de Descubrimientos de Minas de La Serena, correspondiente al año 2022. 3°.- Que con fecha 24 de Marzo de 2022, se publicó la manifestación en el Diario Oficial, Boletín Oficial de Minería. 4°.- Que con fecha 28 de septiembre de 2022 (folio 5), el peticionario solicitó la mensura de las pertenencias mencionadas, lo que publicó con fecha 14 de Noviembre de 2022, en el boletín antes mencionado. 5°.- Que con fecha 25 de mayo de 2023 (folio 18), el peticionario acompañó acta y plano de mensura de dichas pertenencias, señalando que las coordenadas U.T.M. del punto de interés y de cada uno de los vértices del perímetro de las pertenencias son las siguientes: LINDERO N O R T E (m) E S T E (m) 1 6.667.505,000 299.000,00 4 6.667.505,000 299.300,00 84 6.665.505,000 299.300,00 Código: LCLWXMXRYWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 91 6.665.505,000 300.000,00 201 6.664.505,000 300.000,00 191 6.664.505,000 299.000,00 6°.- Que mediante ORD N° 3124, de fecha 27 de septiembre de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que de la revisión de los antecedentes, tanto de terreno como de gabinete se desprende que el acta infringe Art 37 Inciso 4 Letra C N° 1 del Reglamento del Código de Minería; debe corregir Capítul

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: LCLWXMXRYWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero: Que no existen ilegalidades o faltas sobre las que este Tribunal debe pronunciarse, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Minería. Segundo: Que no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento ni en caducidades que lo anulen. Tercero: Que se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas en tiempo y forma. Cuarto: Que conforme lo dispuesto en los artículos 81, 85 y 87 del Código de Minería, existiendo informe técnico favorable y no habiéndose deducido oposición, procede declarar constituida la concesión de explotación solicitada. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 81, 85 y 87 del Código de Minería y 817 del Código de Procedimiento Civil, SE APRUEBA EL PLANO Y

Fallo

SE DECLARA CONSTITUIDA LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DENOMINADA “TIBU 3 1 AL 160”, Rol Nacional 04101-2817-9, con una superficie total de 160 hectáreas, ubicadas en SECTOR LOS MAITENES, comuna de LA SERENA, provincia de ELQUI, región de COQUIMBO, a favor de COMPAÑÍA MINERA RINCONADA SPA, representada en autos por don JUAN PAULO BAMBACH SALVATORE, ambos ya individualizados. Téngase por aprobados el acta y plano de mensura de las pertenencias de autos. Extráctese la presente sentencia en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase copia autorizada de la presente sentencia y del Acta en el Conservador de Minas de esta ciudad y archívese una copia del plano de mensura respectivo. Remítase el original del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería, conjuntamente con copia autorizada de la presente resolución. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. ROL V-35-2022. Código: LCLWXMXRYWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por doña KARLA MALEBRÁN TORRES, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notific por el estado diario la sentencia precedente, enó La Serena, veintis is de Marzo de dos mil veinticuatroé Código: LCLWXMXRYWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pj

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-35-2022 CARATULADO : COMPA A MINERA RINCONADA SPA/ÑÍ La Serena, veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1°.- Que con fecha 02 de marzo de 2022 (folio 1), don JUAN PAULO BAMBACH SALVATORE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 7.010.465-2, en representación de COMPAÑIA MINERA

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