ITURRIETA/AB SECURITY SPA
Rol
O-3521-2023
Fecha
29 de mayo de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7 9, 1,0 63, 160, 162, 163, 168, 171, 173, 453, 454 del Código del Trabajo; SE DECLARA: I. Que, se acoge parcialmente la demanda deducida por don JOSÉ IGNACIO ITURRIETA MORALES en contra de AB SECURITY SPA, representada por Sebastián Antonio Delgado Orbenes, todos ya individualizados, en cuanto se declara que el auto despido del trabajador se ajustó a derecho y que se condena a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $851.933.- 2. Indemnización por años de servicios, por la suma de $2.555.799.- 3. Feriado proporcional, por la suma de $352.842.- II. Que, se rechaza entonces la demanda en cuanto a la Ley Bustos, y asimismo, en cuanto al pago de las diferencias de cotizaciones previsionales por cuanto el artículo 41 del Código del Trabajo señala como una cantidad que no constituye remuneración las asignaciones de movilización y colación y los viáticos, y por lo tanto, no puede entenderse la existencia de una diferencia en el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social. III. Que, se rechaza en todo lo demás la demanda. IV. Que, no se condena en costas a la demandada, por no haber resultado completamente vencida. V. Las sumas indicadas se pagarán con reajustes e intereses, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. RIT: O-3521-2023 RUC: 23-4-0483898-9 Sentencia dictada por don Mario Henríquez Contreras, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7 9, 1,0 63, 160, 162, 163, 168, 171, 173, 453, 454 del Código del Trabajo; SE DECLARA: I. Que, se acoge parcialmente la demanda deducida por don JOSÉ IGNACIO ITURRIETA MORALES en contra de AB SECURITY SPA, representada por Sebastián Antonio Delgado Orbenes, todos ya individualizados, en cuanto se declara que el auto despido del trabajador se ajustó a derecho y que se condena a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $851.933.- 2. Indemnización por años de servicios, por la suma de $2.555.799.- 3. Feriado proporcional, por la suma de $352.842.- II. Que, se rechaza entonces la demanda en cuanto a la Ley Bustos, y asimismo, en cuanto al pago de las diferencias de cotizaciones previsionales por cuanto el artículo 41 del Código del Trabajo señala como una cantidad que no constituye remuneración las asignaciones de movilización y colación y los viáticos, y por lo tanto, no puede entenderse la existencia de una diferencia en el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social. III. Que, se rechaza en todo lo demás la demanda. IV. Que, no se condena en costas a la demandada, por no haber resultado completamente vencida. V. Las sumas indicadas se pagarán con reajustes e intereses, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. RIT: O-3521-2023 RUC: 23-4-0483898-9 Sentencia dictada por do
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE MAYO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 RUC 23-4-0483898-9 RIT O-3521-2023 MAGISTRADO MARIO HENRÍQUEZ CONTRERAS ADMINISTRATIVA DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 11:27 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:52 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340483898-9-1349-240529-00 Nº CUSTODIA ASIG
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