1º Juzgado de Letras de Quilpue

COBRA MONTAJES SERVICIOS Y AGUA LTDA/BERMÚDEZ

Rol

I-15-2024

Fecha

29 de mayo de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos infraccionales que son objeto de sanción a través de la resolución de multas que se reclama, a saber, por incumplimiento al contrato de trabajo, no pagar remuneraciones, no declarar cotizaciones, no consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo, no pagar asignaciones de movilización y otras, entre otras infracciones. Que en este contexto a partir del mes de agosto de 2023, la Inspección Provincial del Trabajo Marga Marga, a través de la fiscalizadora doña Katherine Gianella Bailey Bergamin, ha concurrido a fiscalizar en las dependencias de la empresa de forma reiterada, cursando previamente, entre otras, las resoluciones de multas N°1558/23/64, N°1558/23/65, N°1558/23/68, N°1558/23/75, N°1558/23/83 y N°1558/23/91, N°1558/23/92, N° 1558/23/97, N° 1558/23/98, y luego en el año 2024 a través de la fiscalizadora doña Daniela Andrea Segeur Silva que ha cursado las resoluciones de multas N° 1750/24/3, N° 1750/24/5 y N° 1750/24/17 y el fiscalizador don Marcelino Muñoz Orrego, que cursó la resolución de multas N° 1731/24/36 que se reclama en autos, todas por materias tales como: no dar cumplimiento al contrato de trabajo, no consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo, no pago de remuneraciones, no pago de asignaciones, entre otras. Que en contra de las resoluciones de multas previamente individualizadas su representada ha presentado las respectivas reclamaciones judiciales, que se encuentran actualmente en tramitación ante el 1º Juzgado de Letras de Quilpué, de acuerdo con la siguiente tabla: N° Resolución de Multa RIT Reclamación Judicial N°1558/23/64 I-34-2023 N°1558/23/65 I-33-2023 N°1558/23/68 I-37-2023 N°1558/23/91 I-42-2023 N°1558/23/92 I-43-2023 N° 1558/23/97 I-2-2024 N° 1558/23/98 I-4-2024 N° 1750/24/3 I-6-2024 N° 1750/24/5 I-7-2024 N° 1731/24/36 Reclamación de autos Añade que en las causas Rit I-33-2023, I-37-2023, I-4-2024 e I-6-2024, de este tribunal ha dictado sentencia que acoge las respectiv

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Primer Juzgado de Letras de Quilpué compareció don Pedro Matamala Souper, abogado, en representación convencional de Cobra Montajes Servicios y Agua Ltda., sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Bellet Nº444, piso 14, oficina 1401, comuna de Providencia, Santiago, quien viene en deducir reclamación judicial en juicio del trabajo regido por el procedimiento monitorio, dirigida en contra de doña Viviana Soledad Bermúdez Ighnaim, Jefa de la Inspección Provincial del Trabajo de Marga Marga (Quilpué), superior jerárquico del fiscalizador que dictó la resolución número 1731/24/36, que motiva este recurso, domiciliada en Freire N°835, Paradero 14 ½ Belloto, solicitando que la Resolución de multas se deje sin efecto, en subsidio, se rebaje la cuantía de la multa por infracción al principio de proporcionalidad y falta de fundamentación. Funda su reclamo, señalando que la reclamada ha instruido diversos procedimientos de fiscalización y cursado diversas resoluciones de multas por los hechos infraccionales que son objeto de sanción a través de la resolución de multas que se reclama, a saber, por incumplimiento al contrato de trabajo, no pagar remuneraciones, no declarar cotizaciones, no consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo, no pagar asignaciones de movilización y otras, entre otras infracciones. Que en este contexto a partir del mes de agosto de 2023, la Inspección Provincial del Trabajo Marga Marga, a través de la fiscalizadora doña Katherine Gianella Bailey Bergamin, ha concurrido a fiscalizar en las dependencias de la empresa de forma reiterada, cursando previamente, entre otras, las resoluciones de multas N°1558/23/64, N°1558/23/65, N°1558/23/68, N°1558/23/75, N°1558/23/83 y N°1558/23/91, N°1558/23/92, N° 1558/23/97, N° 1558/23/98, y luego en el año 2024 a través de la fiscalizadora doña Daniela Andrea Segeur Silva que ha cursado las resoluciones de multas N° 1750/24/3, N° 1750/24/5 y N° 1750/24/17 y el fiscalizador don Marcelino Muñoz Orrego, que cursó la resolución de multas N° 1731/24/36 que se reclama en autos, todas por materias tales como: no dar cumplimiento al contrato de trabajo, no consignar por escrito las modificaciones del contrato de trabajo, no pago de remuneraciones, no pago de asignaciones, entre otras. Que en contra de las resoluciones de multas previamente individualizadas su representada ha presentado las respectivas reclamaciones judiciales, que se encuentran actualmente en tramitación ante el 1º Juzgado de Letras de Quilpué, de acuerdo con la siguiente tabla: N° Resolución de Multa RIT Reclamación Judicial N°1558/23/64 I-34-2023 N°1558/23/65 I-33-2023 N°1558/23/68 I-37-2023 N°1558/23/91 I-42-2023 N°1558/23/92 I-43-2023 N° 1558/23/97 I-2-2024 N° 1558/23/98 I-4-2024 N° 1750/24/3 I-6-2024 N° 1750/24/5 I-7-2024 N° 1731/24/36 Reclamación de autos Añade que en las causas Rit I-33-2023, I-37-2023, I-4-202

Fallo

se resuelve aplicar a su representada, la medida de clausura por un lapso de 10 días, en contra de la cual su representada interpuso reclamación judicial que actualmente se tramita en causa Rit I-7-2024 ante el 2º Juzgado de Letras de Quilpué. Con fecha 12 de marzo de 2024, el tribunal decretó la medida cautelar solicitada de la suspensión de la orden de clausura. Agrega que con fecha 19 de marzo de 2024, la reclamada en un nuevo procedimiento de fiscalización en contra de su representada, cursó la resolución de multa N°1731/24/36, sancionando a su representada por los siguientes hechos: 4.1. Resolución de multa N°1731/24/36-1: “No pagar las remuneraciones consistentes en sueldo base y bonos con la periodicidad estipulada en el contrato de trabajo, del trabajador Mauricio Sepúlveda Inostroza respecto de los meses de enero de 2024 y febrero de 2024” Se enuncia la infracción de “no pagar remuneraciones” y considera infringido el artículo 55 inciso 1°, en relación con el artículo 506 del Código del Trabajo. Se aplica una multa de 60 U.T.M. equivalente a $3.879.960. 4.2. Resolución de multa N°1731/24/36-2 “No declarar oportunamente las cotizaciones previsionales en la AFP Provida por el mes de enero de 2024 por el monto imponible de $1.512.079 respecto del trabajador Mauricio Sepúlveda Inostroza”. Se enuncia la infracción de “no declarar oportunamente las cotizaciones previsionales en AFP” y considera infringido el artículo 19 incisos 1°, 5°, 6° y 7° del D.L. N° 3500 de 1980. S

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Quilpué, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Primer Juzgado de Letras de Quilpué compareció don Pedro Matamala Souper, abogado, en representación convencional de Cobra Montajes Servicios y Agua Ltda., sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Antonio Bellet Nº444, piso 14, oficina 1401, comuna de Pr

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