2º Juzgado Civil de Chillán

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RETAMAL

Rol

C-4601-2023

Fecha

22 de marzo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece don Maximiliano Jos S nchez Derio, abogado, domiciliadoé á en Chill n, calle Maip n 833, en representaci n del Banco del Estado de Chile, sociedadá ó ó an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó ó general ejecutivo don scar Ra l Antonio Gonz lez Narbona, ingeniero civil,Ó ú á domiciliado para estos efectos en Santiago, Avda. Libertador Bernardo O Higgins N’ ° 1.111, y deduce demanda ejecutiva en contra de don Rafael Sebasti n Retamal Ruiz,á ignora profesi n u oficio, domiciliado en Jacinto Sep lveda N 155, Quill n. Se ala queó ú ° ó ñ su parte es due o de un pagar suscrito el 5 de mayo de 2023, quedando el suscriptorñ é obligado a pagar la suma de $2.425.627.-, por concepto de capital, m s la suma queá resulta al aplicar al capital adeudado una tasa de inter s del 0,7000% mensual, en 72é cuotas mensuales por la suma de $43.318.- excepto la ltima de ellas por la suma deú $43.299.-, con vencimiento la primera el 20 de junio de 2023 y las restantes los d as 20í de cada uno de los meses calendarios siguientes a partir de dicha fecha; pact ndose queá en caso de mora o simple retardo se devengar an intereses penales a raz n de la tasaí ó pactada m s un 50% de la misma, y que el banco podr a hacer de inmediato exigible elá í total del saldo como si fuera de plazo vencido. Se ala que solo se ha pagado una cuota del pagar , estando todas las restantesñ é cuotas insolutas, cuyo capital al 20 de julio de 2023, asciende en total a la suma de $2.382.309.- que el banco pudo exigir a partir del 21 de julio de 2023 y hace exigible con la demanda, de acuerdo a la cl usula de aceleraci n y de capitalizaci n de interesesá ó ó pactada. Indica que la firma del demandado puesta en el pagar se encuentra autorizadaé ante Notario P blico, de modo tal que el pagar tiene m rito ejecutivo. La deuda esú é é l quida, actualmente exigible y est contenida en t tulo ejecutivo no prescrito.í á í Solicita tener por interpuesta de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el ejecutado opuso a la ejecuci n la excepci n del N 11 deló ó ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, se alando que en forma previa a laí ó ñ ejecuci n se acerc a conversar con el acreedor y le propuso un plan de pagos, estando aó ó la espera que se le informe la fecha del primer pago. Solicita acoger la excepci n, conó costas. SEGUNDO: Que se tuvo por evacuado traslado en rebeld a de la ejecutante.í TERCERO: Que se declar admisible la excepci n y se recibi a prueba fijandoó ó ó como hecho sustancial, pertinente y controvertido: Efectividad que la ejecutante otorgó espera o pr rroga del plazo al ejecutado.ó CUARTO: Que el ejecutado no rindi prueba alguna. ó QUINTO: Que el art culo 1698 del C digo Civil dispone Incumbe probar lasí ó “ obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta .ó é ” Conforme a ello correspond a a la demandada acreditar el otorgamiento delí plazo que invoca, respecto de lo cual no rindi prueba algunaó Atendido lo expuesto y lo dispuesto por los art culos 434 y siguientes del C digoí ó de Procedimiento Civil, art culo 1698 del C digo Civil, ley 18.092 y dem s disposicionesí ó á legales pertinentes,

Fallo

se resuelve: Código: XHYXMEWPFN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 I.- Que se rechaza la excepci n de los N mero 11 del art culo 464 del C digoó ú í ó de Procedimiento Civil, opuesta por don Rafael Retamal Ruiz y en consecuencia se ordena seguir adelante la ejecuci n hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado.ó II.- Que conforme lo dispuesto por el art culo 471 del C digo de Procedimientoí ó Civil, se impone el pago de las costas al ejecutado. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chill ná , veintid s de Marzo de dos mil veinticuatro.ó Código: XHYXMEWPFN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-22T08:48:57-0300

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-4601-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/RETAMAL Chillán, veintid s de Marzo de dos mil veinticuatro.ó Vistos: A folio 1 comparece don Maximiliano Jos S nchez Derio, abogado, domiciliadoé á en Chill n, calle Maip n 833, en representaci n del Banco del Estado de Chile, sociedadá ó ó an nima

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