QUIROGA/QUIROGA
Rol
C-13517-2023
Fecha
21 de marzo de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 8 de agosto de 2023, a folio 1, don Marcos Alfredo Quiroga Muñoz, trabajador independiente, con domicilio en Granados N°1543, comuna de Quilpué, deduce demanda en juicio sumario de cese de uso gratuito de bien común en contra de doña María Nancy Quiroga Muñoz, diseñadora en vestuario, domiciliada en calle Nueva N°3061 departamento 12, comuna de Macul. Funda su demanda en que es dueño de acciones y derechos en el inmueble ubicado en la comuna de Santiago, Población Alberto Risopatrón Sección Uno-B, calle Cinco de Abril N°4851-F, el cual se encuentra inscrito a fojas 82435 número 120969 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, los cuales adquirió por sucesión por causa de muerte intestada quedada al fallecimiento de mi padre, don Luis Alberto Quiroga Jiménez, según consta en la resolución administrativa exenta N° 49160 dictada por Director Regional correspondiente a la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 31 de julio de 2015 y publicada en día 3 de agosto del mismo año en diario www.cooperativa.cl que concedió posesión efectiva al actor y a sus dos hermanas: doña María Nancy Quiroga Muñoz y doña Verónica Andrea Quiroga Garrido. Refiere que una vez fallecido su padre, la demandada le pidió que se llevara a la madre de los herederos a vivir con él, período que se extendió hasta el día del fallecimiento de la madre el 8 de junio del año 2018, fecha hasta la que estuvo habitando el inmueble acompañándola y cuidándola. Añade que durante el año 2020, se fue de dicho domicilio siendo su objetivo para el inmueble de autos, realizar la mantención para venderlo a un precio más atractivo en el mercado, sin embargo, durante el año 2020, la demandada le pidió el inmueble porque lo quería arrendar a unos conocidos, a lo cual no se opuso. Expone que luego del quiebre en su relación de pareja, intentó volver al inmueble del cual es comunero, pero que las personas que ahí se encuentran arrendando el
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 8 de agosto de 2023, a folio 1, Marcos Alfredo Quiroga Muñoz, trabajador independiente, con domicilio en Granados 1543, comuna de Quilpué, deduce demanda en juicio sumario de cese de uso gratuito de bien común en contra de doña María Nancy Quiroga Muñoz, diseñadora en vestuario, domiciliada en calle Nueva N° 3061 departamento 12, comuna de Macul, solicitando en definitiva, acoger la acción deducida, ordenar el cese del goce gratuito del bien común, ordenando a la demandada el pago proporcional por el goce exclusivo de la propiedad a los demás comuneros, teniendo en consideración el valor del canon correspondiente a un inmueble de tales características, todo ello con costas, por las consideraciones de hecho y de derecho ya reseñadas. SEGUNDO: Que con fecha 22 de septiembre de 2023, se lleva a efecto la audiencia de contestación y conciliación, compareciendo ambas partes y contestando la demandada la demanda mediante minuta escrita rolante a folio 11, solicitando en definitiva, rechazar la demanda en todas sus partes, con costas, por los argumentos de hecho y de derecho ya señalados. TERCERO: Que incumbe probar las obligaciones o su extinción a quien alega aquéllas o éstas, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil. CUARTO: Que a objeto de acreditar sus dichos, la parte demandante acompañó los siguientes documentos: Certificado de Defunción de don Luis Quiroga Jiménez; Certificado Código: CHLBXMCXNWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-13517-2023 de Posesión Efectiva; Certificado de Registro de Propiedad Referente al inmueble ubicado en calle Cinco de Abril N° 4851-F emitido por Conservador de Bienes Raíces de Santiago; Certificado de Avalúo Fiscal emitido por Servicio de Impuestos Internos correspondiente al inmueble; Denuncia ante Carabineros de Chile, N° del Parte: 291, 61° Comisaria, Pref. Santiago Cordillera; Captura de imagen correspondiente a oferta de arriendos en similares características página web “portalinmobiliario” a la fecha de 3 de agosto de 2023; Captura de imagen correspondiente a oferta de arriendos en similares características página web “houm” a la fecha de 3 de agosto de 2023; Copia Informe de Tasación, realizado por arquitecta doña Marcela Gomez M., con fecha 5 de agosto de 2023, Transcripción de conversación, todos documentos debidamente acompañados y que no fueron objetados por la contraria. QUINTO: Que la parte demandada acompañó los siguientes documentos: Copia de certificado otorgado por el Conservador de Bienes Raíces de Santiago de la inscripción de fojas 32442 número 19999 del año 1988, del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar; Copia de certificado otorgado por el Conservador de Bienes Raíces de Santiago de la inscripción de fojas 6906 número 10776 del año 1983 del Registro de interdicciones y prohibiciones de Enajenar, los que debidamente acompañados no fueron obje
Fallo
Por estas consideraciones, visto, además, lo prevenido en los artículos 1698, 1700 y 2081 y 2305 del Código Civil; y, artículos 144, 160, 170, 341, 342, 384, 655, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I. Que se rechaza en todas sus partes la demanda deducida a folio 1. II. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Marzo de dos mil veinticuatro Código: CHLBXMCXNWM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-21T14:09:38-0300
Texto Completo (Preview)
C-13517-2023 FOJA: 26 .- veintis is.-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13517-2023 CARATULADO : QUIROGA/QUIROGA Santiago, veintiuno de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 8 de agosto de 2023, a folio 1, don Marcos Alfredo Quiroga Muñoz, trabajador independiente, con domicilio en Granados N°1543, comuna de Quilpué, deduce demanda en j
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