2º Juzgado de Letras de Osorno

MUNICIPALIDAD OSORNO/INVERSIONES HUALLIN LIMITADA

Rol

C-4197-2023

Fecha

21 de marzo de 2024

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En los folios 1 y 4 de estos antecedentes digitales del ingreso civil, rol C 4197 2023, comparece don Juan Pablo Labr n Devia, Abogado, ení representaci n de la ó Ilustre Municipalidad de Osorno, legalmente representada por su alcalde don Emeterio Carrillo Torres, todos con domicilio en Avenida Juan Mackenna N° 851, interpone demanda ejecutiva en contra de la sociedad contribuyente Inversiones Huall n Limitadaí del giro de su denominaci n, RUTó 77.288.440-0, representada por don Pedro Pablo Fern ndez Goycolea,á Empresario, RUN 7.016.600-3, ambos domiciliados en calle Hermanos Philippi N°1268, comuna de Osorno, y en contra de don Pedro Pablo Fern ndezá Goycolea, ya individualizado, por la responsabilidad solidaria que le cabe en la deuda cuyo cobro se persigue. Conforme certificado de deuda, de fecha 24 de noviembre de 2023, emanado del Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Osorno, la empresa, adeuda a su representada la suma de $232.849.360.- por concepto de patentes municipales impagas las cuales habr an sido notificadas y requeridas deí pago de forma administrativa, no habi ndose realizado el pago por dichaé empresa, habilitando, seg n lo prescribe el art culo 47 de la Ley 3.063 enú í relaci n al art culo 434 Nº 7 del C digo de Procedimiento Civil para su cobroó í ó judicial ante el tribunal ordinario competente y de conformidad a las normas del juicio ejecutivo establecidas en el C digo de Procedimiento Civil. Agrega que laó Ilustre Municipalidad de Osorno, realiz previamente un requerimientoó administrativo para obtener el cobro de la patente municipal, interrumpiendo de dicha forma la prescripci n. Finalmente, en cuanto a la responsabilidad uó obligaci n al pago de don Pedro Pablo Fern ndez Goycolea, afirma que,ó á conforme a lo establecido en el art culo 31 del DL 3063, sobre rentasí municipales, ser n responsables del pago de la patente, adem s de losá á propietarios de los establecimientos o negocios sujetos a dicho pago, los administra

Fundamentos

CONSIDERANDO: 2 Código: SNFPXMWTJVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones de los numerales 17 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó solicitando sean acogidas, con costas. SEGUNDO: Que la ejecutante acompa en el folio 1, con la debidañó ritualidad procesal la siguiente prueba: 1.- Copia de Certificado de Deuda, de fecha 43 de noviembre de 2023., con firma electr nica del Secretario Municipal.ó 2.- Copia de requerimiento administrativo de cobro N°21/2022, timbrado por inspector de la Ilustre Municipalidad de Osorno, con fecha 14 de octubre de 2022. TERCERO: Que la ejecutada acompa con la debida ritualidad procesalñó en el folio 31, la siguiente prueba: 1.- Correo electr nico, enviado por Cobranza Municipal de Osorno, conó fecha 29 de enero de 2024 a las 12:20 a don Victor Barrientos. 2.- Certificados de la Ilustre Municipalidad de Maip , n meros 192, 191,ú ú 193 y 194, todos de fecha 28 de octubre de 2023. 3.- Certificados emitidos por el Director de Administraci n y Finanzas deó la Ilustre Municipalidad de Cartagena, todos de diciembre de 2023. 4.- Solicitud Certificado para Rebajar Inversiones Formulario N° 1 presentado ante la Ilustre Municipalidad de Osorno, por Inversiones Huallin Limitada respecto de: a) Inversiones Candelaria Ltda, Lican Food Goup S.A. e Inversiones Corporativas Lican S.A., para los a os 2020, 2021 y 2022; y b)ñ respecto de Inversiones Candelaria Ltda y Lican Food Goup S.A. para el a oñ 2023. 5.- Balance Tributario de Inversiones Huallin Limitada respecto de los a os 2019 a 2022.ñ 6.- Determinaci n del Capital Propio Efectivo y Tributario de losó per odos 2019 a 2022 de Inversiones Huallin Limitada.í 7.- Declaraci n de Impuesto a la Renta (Formulario 22) de Inversionesó Huallin Limitada de los a os Tributarios 2020 a 2023.ñ CUARTO: Que respecto a la excepci n contemplada en el ó 464 N° 7 del C digo de Procedimiento Civil, eló ejecutado aleg la falta de alguno de losó requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, pues no ha sido emitido en conformidad a la ley, al no haber considerado para el contribuyente las rebajas que corresponden por concepto del art culo 24 de la Ley de rentas Municipales; pero dí e la revisi n del t tulo seó í observa que este corresponde al certificado de deuda de fecha 23 de noviembre de 2023, firmado electr nicamente por el Secretario Municipal de la Ilustreó Municipalidad de Osorno respecto del cual no se advierte contravenci n a loó dispuesto en el art culo 48 del D.L. N° 3.063, norma que precisamente leí confiere car cter de t tulo ejecutivo; luego, las alegaciones del ejecutado dicená í relaci n con que se considera asimismo, como excluido del pago de patenteó Municipal, debido a la actividad econ mica ó parte del capital propio de Inversiones Huall n Limitada se encuentra invertido en otros negocios af

Fallo

se declaran admisibles las excepciones; acto seguido se recibe la causa a prueba; siendo debidamente notificadas las partes como se desprende de la propia resoluci n.ó En el folio 43, se cita a las partes a oir sentencia CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 2 Código: SNFPXMWTJVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones de los numerales 17 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó solicitando sean acogidas, con costas. SEGUNDO: Que la ejecutante acompa en el folio 1, con la debidañó ritualidad procesal la siguiente prueba: 1.- Copia de Certificado de Deuda, de fecha 43 de noviembre de 2023., con firma electr nica del Secretario Municipal.ó 2.- Copia de requerimiento administrativo de cobro N°21/2022, timbrado por inspector de la Ilustre Municipalidad de Osorno, con fecha 14 de octubre de 2022. TERCERO: Que la ejecutada acompa con la debida ritualidad procesalñó en el folio 31, la siguiente prueba: 1.- Correo electr nico, enviado por Cobranza Municipal de Osorno, conó fecha 29 de enero de 2024 a las 12:20 a don Victor Barrientos. 2.- Certificados de la Ilustre Municipalidad de Maip , n meros 192, 191,ú ú 193 y 194, todos de fecha 28 de octubre de 2023. 3.- Certificados emitidos por el Director de Administraci n y Finanzas deó la Ilustre Municipalidad de Cartagena, todos de diciembre de 2023. 4.- Solicitud Certificado para Rebajar Inversiones Fo

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Osorno, veintiuno de marzo de dos mi veinticuatro.- VISTO: En los folios 1 y 4 de estos antecedentes digitales del ingreso civil, rol C 4197 2023, comparece don Juan Pablo Labr n Devia, Abogado, ení representaci n de la ó Ilustre Municipalidad de Osorno, legalmente representada por su alcalde don Emeterio Carrillo Torres, todos con domicilio en Avenida Juan Mackenna N° 851, interpone demanda ejecu

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