TAO INVERSIONES SPA/
Rol
V-113-2024
Fecha
21 de marzo de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 30 de enero de 2024, siendo las 13:49 horas, don PABLO TOMAS GENOVESE GALVEZ, chileno, soltero, Ingeniero en Diseño de Productos, Rut N°16.938.4179- 8, en representación de TAO INVERSIONES SPA, Rut N° 76.532.288-K, ambos domiciliados en Av. Valparaíso 1055, block 2,oficina 21, Viña del Mar, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “VERDE 8” cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, Comuna de San Pedro de Atacama, Región de Antofagasta y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.422.500,00 metros; AL ESTE 674.500,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 08 de febrero de 2024, a fojas 895 bajo el Nº 620, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.024. TERCERO: Que con fecha 19 de febrero de 2024, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 43.780,CVE 2455099 de la Segunda Región, Antofagasta, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 1.000 metros en sentido norte-sur, por 3.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.422.500,00 674.500,00 V1 7.423.000,00 673.000,00 V2 7.423.000,00 676.000,00 V3 7.422.000,00 676.000,00 V4 7.422.000,00 673.000,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 1111, de fecha 18 de marzo de 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano están Código: EJYVXMDJSXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl correctos, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “VERDE 8”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de TAO INVERSIONES SPA, antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III. Una vez certificada -a petición de la interesada la ejecutoriedad de la presente sentencia, remítase -por este Juzgado- dicha certificación, junto a la sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al
Texto Completo (Preview)
FOJA: 9 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-113-2024 CARATULADO : TAO INVERSIONES SPA/ Calama, veintiuno de marzo del dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 30 de enero de 2024, siendo las 13:49 horas, don PABLO TOMAS GENOVESE GALVEZ, chileno, soltero, Ingeniero en Diseño de Productos, Rut N°16.938.4179- 8, en repr
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