CONCHA/FERNÁNDEZ
Rol
M-1-2024
Fecha
4 de junio de 2024
Materia
Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, ante la incomparecencia de la demanda, y procediendo en contra de su rebeldía. Resolución del Tribunal: Ha lugar, a lo solicitado procediendo a dictar sentencia en el presente acto. Resolución del Tribunal: Curepto, a veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro Vistos y oídos: Primero: Que se presentó demanda ante este Tribunal con fecha 06 de marzo del año 2024, deducida por don Manuel Jesús Concha Dote en contra de Rodomiro Fernández Matus, en procedimiento monitorio, en que se solicita condenar al demandado por el no pago de remuneraciones que indica y condenarlo además por el pago de prestaciones feriado legal y proporcional que corresponde, haciendo mención la demandante que existe una relación laboral desde el primero de diciembre del 2002 hasta la fecha de la renuncia verbal por parte del trabajador en función de guarda bosques y habiendo quedado impago las remuneraciones de los meses de julio a septiembre del año 2023 y algunos días del mes de octubre de 2023, además de los feriados legales y proporcionales indicados en la demanda. Se solicita en la demanda se reconozca la existencia de la relación laboral, el pago de las remuneraciones impagas, el pago de los feriados que corresponde, todo esto con los reajustes e interés que correspondan y costas de la causa. Segundo: Que la parte demandada no compareció a la audiencia del día de hoy estando válidamente notificada y no contesto la demanda, por lo que el Tribunal por medio de este acto y de la presente sentencia hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 inciso séptimo del numeral 1° del Código del Trabajo, en consecuencia se tiene por tácitamente reconocidos por la parte demandada todos los hechos indicados en la demanda por la parte demandante Tercero: Conforme a ello es procedente hacer lugar a la demanda, declarando la existencia de la relación laboral en los términos solicitados por la demandante y además el pago de cada una de las prestaci
Fallo
por estas consideraciones y por lo dispuesto en los artículo 1,7, 41 y siguientes del Código del Trabajo, artículo 453, 56, 57, 73 y siguientes del mismo cuerpo legal, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda en todas sus partes, en consecuencia y en virtud de la relación laboral existente entre las partes, desde 01 de diciembre del año 2002 hasta el 05 de octubre del año 2023, se condena a la demandada al pago de los montos solicitados, estableciéndose además que el monto de la última remuneración devengada es de $ 587.500 pesos, que la relación laboral era de carácter indefinido y en razón de aquello deberá pagar el demandado la suma de: 1.- 587.500 pesos por concepto de remuneración adeudada del mes de julio del año 2023; 2.- 587.500 pesos por la remuneración adeudada del mes de agosto de 2023; 3.- 587.500 pesos por la remuneración adeudada del mes de septiembre de 2023; 4.- 97.917 pesos por concepto de remuneración impaga por 5 días del mes de octubre del año 2023. 5.- Feriado legal anual correspondiente al periodo 01 de diciembre del año 2020 al 30 de diciembre del año 2021 por la suma de 436.364 pesos. 6.- Feriado legal anual correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de diciembre del año 2021 al 30 de diciembre del año 2022 por la suma de 436.364 pesos. 7.- Feriado proporcional por el periodo correspondiente entre el 01 de diciembre de 2022 hasta el 05 de octubre del año 2023 ascendiente a la suma de 368.482 pesos. II.- Que las sumas deberán pagarse c
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ACTA DE AUDIENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 27/05/2024 RUC 24- 4-0555260-0 RIT O-2-2023 MAGISTRADO CAROLINA ANDREA BECERRA SANTI ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jorge Vivanco Aravena HORA DE INICIO 11:46 horas HORA DE TERMINO 12:05 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440555260-0 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Manuel Jesús Concha Dote, Rut N° 11.133.595-8 ABOGADOS Jhon Alejandro San Mart
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