DÍAZ/
Rol
V-2230-2023
Fecha
21 de marzo de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Edgardo Daniel Díaz Luoni, chileno, divorciado, ingeniero civil industrial, R.U.N. N° 12.441.501-2, domiciliado en Avenida Bernardo O’Higgins N° 1650, departamento 2504, comuna y ciudad de Antofagasta, el que por presentación de fecha 16 de septiembre de 2023, solicita una concesión de exploración de 200 hectáreas, a la que denomina “FORTUNA 4”, cuyo punto medio se sitúa en la Comuna y Provincia de Copiapó, Región de Atacama. 2º) Que dicho pedimento se publica en el Boletín Oficial de Minería N° 43.674 de fecha 12 de octubre de 2023 y se inscribe en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó a fojas 4.054 Vta. N° 2.517 con fecha 26 de septiembre de 2023. 3º) Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 1.000 metros en sentido norte-sur, por 2.000 metros en sentido este-oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) V1 6.891.600,00 364.300,00 V2 6.891.600,00 366.300,00 V3 6.890.600,00 366.300,00 V4 6.890.600,00 364.300,00 Y correspondiendo su punto medio a la intersección de las coordenadas 6.891.100,00 metros norte con la abscisa 365.300,00 metros este. 4º) Que a folio 9 consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordinario N° 574 de fecha 20 de febrero de 2024. 5º) Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Por tales consideraciones y de acuerdo además con los artículos 1º, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: Código: BNQGXMBELHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl V-2230-2023 Declárase constituida la concesión de exploración “FORTUNA 4” sobre una superficie de 200 hectáreas, ubicada en la Comuna y Provincia de Copiapó, Región de Atacama, a favor de don Edgardo Daniel Díaz Luoni, antes individualizado y apruébase su plano. Publíquese esta sentencia y al efecto dese y hágase entrega al titular de la concesión de autos o a quien este autorice del extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería. Inscríbase. Archívese los planos en el Conservador de Minas de Copiapó. Regístrese, notifíquese, dése copias y practíquese cada una de las diligencias una vez ejecutoriada. Hecho, archívese. Pronunciada por doña Alejandra Orellana Negrez, Jueza Titular del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veintiuno de Marzo de dos mil veinticuatro amc Código: BNQGXMBELHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-03-21T12:51:13-0300
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V-2230-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-2230-2023 CARATULADO : DÍAZ/ Copiapó, veintiuno de Marzo de dos mil veinticuatro Vistos y considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Edgardo Daniel Díaz Luoni, chileno, divorciado, ingeniero civil industrial, R.U.N. N° 12.441.501-2, domiciliado en Avenida Bernardo O’Higgins N° 1650, departamento
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