TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/TRANSPORTE PUBLICO PASAJEROS LINEA 4 ANTOFAGASTA SA
Rol
C-3660-2023
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 12 de septiembre de 2023 comparece Rodrigo Javier Atal Achelat, Abogado, en representación de Tanner Servicios Financieros S.A, sociedad anónima del giro de su denominación, cuyo gerente general es Derek Sassoon, economista, ambos domiciliados en Huérfanos N° 863, piso 10, comuna y ciudad de Santiago; e interpone demanda ejecutivo por cobro de factura en contra de Transportes Públicos de Pasajeros Línea 4, Antofagasta S.A., explotación de estacionamientos, representada por Juan Humberto Vejar Vargas, del cual ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Juan Bolívar N° 995, Bonilla, comuna de Antofagasta, Segunda región. Individualiza las siguientes facturas: a) Factura N° 39, de fecha 01 de octubre de 2022, por la suma de $11.500.000.-, cuyo cuadruplicado cobro ejecutivo cedible se encuentra acompañado en la causa. b) Factura N° 40, de fecha 31 de octubre de 2022, por la suma de $13.800.000.- cuyo cuadruplicado cobro ejecutivo cedible se encuentra acompañado en la causa. Código: NMYNXMHWBSL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3660-2023 c) Factura N° 42, de fecha 01 de noviembre de 2022, por la suma de $12.650.000.- cuyo cuadruplicado cobro ejecutivo cedible se encuentra acompañado en la causa. Dichas facturas fueron emitidas por Latinsoft SpA, a Transportes Públicos de Pasajeros Línea 4 Antofagasta S.A. Las facturas antes individualizadas no fueron devueltas al momento de la entrega, y tampoco fue reclamado su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción, plazo estipulado en las mismas para dicha gestión, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 19.983 éstas se deben tener por irrevocablemente aceptadas. Lo anterior consta del Registro de Aceptación o Reclamos de un DTE, de fecha 06 de octubre de 2022. Notificada judicialmente la factura, la deudora no la impugnó dentro del plazo establecido en la Ley N° 19.983, lo cual
Fundamentos
fundamentos respecto de dicha alegación o excepción personal se basan en el negocio jurídico causal que sirve de antecedente a dicho documento, por lo que de acuerdo a lo establecido por el inciso final del artículo 3° de la Ley N° 19.983 y la jurisprudencia citada, no es procedente su interposición en contra del cesionario de las facturas ya que al verificarse la cesión, el portador de las facturas ejerce, un derecho propio, distinto e independiente de las relaciones jurídicas existentes entre los anteriores poseedores del título y el deudor.
Fallo
Por lo expuesto y citando los artículos 3, 5 y 10 de la Ley N° 19.983 y artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, solicita tener por presentada demanda ejecutiva en contra de Transportes Públicos de Pasajeros Línea 4 Antofagasta S.A., ya individualizada, por la suma de $37.950.000.-, más intereses, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por dicha suma y ordenar Código: NMYNXMHWBSL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3660-2023 se siga adelante esta ejecución hasta que su representada se haga entero y cumplido pago de dicha cantidad, con costas. Con fecha 06 de octubre de 2023, comparece Gonzalo Carrizo Ríos, abogado, en representación de Empresa de Transportes Público de Pasajeros Línea N° Cuatro Antofagasta, representado por Nelson Seguel González, empresario, ambos con domicilio en calle Juan Bolívar N° 995, de esta ciudad y se opone a la ejecución, interponiendo las siguientes excepciones: 1.- La excepción del artículo 464 N° 9 del Código de Procedimiento Civil, es decir, el pago de la deuda. Indica que se refiere más bien al pago parcial de la deuda, puesto que su representada dio parcialmente cumplimiento a la obligación de pago de la deuda que se mantiene con la empresa cuya factura emitió. En efecto, su representada realizó pagos y abonos parciales directamente a la empresa Latinsoft, quien factorizó las facturas cuyo cobro se pretende, a quien además su conferente d
Texto Completo (Preview)
C-3660-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-3660-2023 CARATULADO : TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/TRANSPORTE PUBLICO PASAJEROS LINEA 4 ANTOFAGASTA SA Antofagasta, diecinueve de Marzo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 12 de septiembre de 2023 comparece Rodrigo Javier Atal Achelat, Abogado, en representación de Tanner Servi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica