GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/CANCINO
Rol
C-10319-2023
Fecha
19 de marzo de 2024
Materia
PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO, LEY 20.190
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 20 de junio de 2023, comparecen las abogadasó Francisca Ignacia Espejo Figueroa y Michelle Vivianne Menanteaux Chanfreau, mandatarias judiciales en representaci n de General Motorsó Fincial Chile SA, del giro de su denominaci n, representada por Romualdoó Andr s Araos Morales y Leopoldo Andr s Jeldres Ib ez, abogado eé é áñ ingeniero civil respectivamente, todos domiciliados en calle Fanor Velasco N 85, piso 3, comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva de° realizaci n de prenda sin desplazamiento en contra de Roberto Arieló Cancino Rivas, se ignora profesi n, domiciliado en calle Quinta Avenidaó N 1.475, comuna de San Miguel, por la suma de $6.417.981 m s intereses° á y costas. Se ala que su representado es due o del pagar a la orden N 368489ñ ñ é ° suscrito por el ejecutado el 13 de diciembre de 2022, por la suma de $6.417.981, con un inter s mensual de 2,95%, pagadera en 36 cuotasé mensuales con vencimiento los d as 13 de cada mes, venciendo la primera elí 13 de enero de 2023. La obligaci n asumida en el pagar fue caucionada con prenda sinó é desplazamiento, garant a que se constituy sobre autom vil, marcaí ó ó Chevrolet, marca Sail LS 1.5, placa patente KLTC72-2. Es del caso que el pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento,é motivo por el cual la deudora debe la suma se alada, devengando adem s elñ á m ximo inter s convencional que la ley permite estipular para operacionesá é de cr dito de dinero no reajustables en moneda nacional, por todo elé per odo de la mora o simple atraso, m s costas.í á La obligaci n es l quida, actualmente exigible y la acci n ejecutiva noó í ó se encuentra prescrita. La firma del suscriptor del pagar se encuentraé autorizada por notario p blico, seg n lo establecido en el art culo 434 N 4ú ú í ° del C digo de Procedimiento Civil, por lo que constituye t tulo ejecutivo.ó í Código: EZXFXMXWWRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.c
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar a la ordení é N 368489 suscrito por el ejecutado el 13 de diciembre de 2022, por la suma° de $6.417.981, con un inter s mensual de 2.95%, pagadero en 36 cuotasé mensuales con vencimiento los d as 13 de cada mes, venciendo la primera elí 13 de enero de 2023. Código: EZXFXMXWWRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La obligaci n asumida en el pagar fue caucionada con prenda sinó é desplazamiento, garant a que se constituy sobre autom vil, marcaí ó ó Chevrolet, marca Sail LS 1.5, placa patente KLTC72-2. La firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario p blico.ú SEGUNDO: Que atendido al allanamiento de la parte ejecutante, se acoger n las excepciones opuestas. á TERCERO: Que de acuerdo a lo razonado, la ejecuci n seró á desestimada y la ejecutante por haberse allanado, ser eximida del pago deá costas. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 170,á í 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
fallo deló ó ó tribunal, toda vez que, ni de la lectura de la petici n, ni con una simpleó operaci n aritm tica se hace posible determinar el monto de lo queó é pretende cobrar la ejecutante. - La del N 7, La falta de alguno de los requisitos o condiciones° “ establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado . ó ” Es imposible calcular el monto total de la deuda, ni distinguir el inter s aplicable a la deuda principal, por lo que la obligaci n no es l quidaé ó í ni al menos liquidable, por ende, el t tulo del que hace valer la ejecutanteí no cumple con los requisitos exigidos por la ley. En presentaci n de 12 de febrero de 2024, la ejecutante evacu eló ó traslado allan ndose a todas las excepciones opuestas, á solicitando se le exima del pago de las costas de la causa. Por resoluci n de 6 de febrero de 2024 se declararon admisibles lasó excepciones opuestas, se omiti recibir la causa a prueba y se cit a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar a la ordení é N 368489 suscrito por el ejecutado el 13 de diciembre de 2022, por la suma° de $6.417.981, con un inter s mensual de 2.95%, pagadero en 36 cuotasé mensuales con vencimiento los d as 13 de cada mes, venciendo la primera elí 13 de enero de 2023. Código: EZXFXMXWWRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La obligaci n asumida en el pagar fu
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10319-2023 CARATULADO : GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD AN NIMA/CANCINOÓ Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS: En presentaci n de 20 de junio de 2023, comparecen las abogadasó Francisca Ignacia Espejo Figueroa y Michelle Vivianne Menanteaux Chanfreau, mandatarias judiciales en rep
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